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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de julio de 2011 445897 de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cado por la Leyes N° 27902, N° 28968, Nº 29053 y demás normas complementarias en Sesión Extraordinaria de fecha 08 de abril del 2011, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 0574- 2005-GR-UCAYALI-P, de fecha 16 de Mayo de 2005, se aprueba la actualización del Reglamento de Organización y Funciones ROF, de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Ucayali, que consta de 07 títulos, 40 artículos y tres disposiciones complementarias y fi nales. Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene las atribuciones de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional. Que, de conformidad con lo prescrito en el Artículo 35°, inciso c) de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional. Del mismo modo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión, Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las instituciones públicas del Gobierno Regional, en concordancia con el 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, de fecha 18 de Junio de 2004, aprueban lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP por parte de las entidades de la Administración Pública, establece los requisitos mínimos para la elaboración de los instrumentos de gestión, que se ha cumplido estrictamente. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículos 9° y 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, modificado por la Leyes N° 27902, N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali en Sesión Extraordinaria de fecha 08 de abril del 2011, con el voto unánime de sus Consejeros aprobó la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Ucayali que contiene seis (06) títulos siete (07) capítulos, veintisiete (27) artículos y tres (03) Disposiciones complementarias y Finales, según anexo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional Nº 574-2005-GR UCAYALI, de fecha 16 de mayo del 2005. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional Sectorial de Trabajo y Promoción del Empleo de Ucayali la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en un diario de circulación regional y a la Ofi cina de Sistemas su difusión a través del Portal Institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Ucayali, a los ocho días del mes de abril del año dos mil once. NILO D. MAGUIÑA VASQUEZ Consejero Delegado Consejo Regional POR LO TANTO: Mando se Publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los catorce días del mes de abril del año dos mil once. CARLOS F. HENDERSON LIMA Presidente Regional (e) 660540-1 Respaldan plena vigencia de la Ley Nº 27037 y felicitan la promulgación de la Ley Nº 29693, Ley que Homologa el Canon y Sobrecanon por la explotación del petróleo y gas ACUERDO Nº 089-2011-GRU/CR Pucallpa, 31 de mayo del 2011 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Extraordinaria de fecha 31 de mayo del 2011, con el voto unánime del Consejo Regional, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: Primero.- RESPALDAR la plena vigencia de la Ley Nº 27037 – Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía con sus respectivos incentivos y exoneraciones tributarias, con excepción del reintegro tributario al impuesto general a las ventas a los comerciantes de la selva, conforme lo establece la sentencia del Tribunal Constitucional Segundo.- REMIITIR el presente Acuerdo Regional, al señor Presidente del Congreso de la República, Sr. César Zumaeta Flores para su conocimiento y demás fines. Tercero.- FELICITAR al Congreso de la República por la promulgación de la Ley Nº 29693, Ley que Homologa el Canon y Sobrecanon por la explotación del petróleo y gas como un acto de justicia al desarrollo de nuestra región. Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina Regional de Administración la publicación del presente acuerdo regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de circulación regional y su difusión en el portal Institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali. gob.pe). POR TANTO: Mando se registre y cumpla. NILO D. MAGUIÑA VÁSQUEZ Consejero Delegado Consejo Regional 659919-1