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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de julio de 2011 445898 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LURIN Disponen levantar la carga establecida sobre predio materia de habilitación urbana a que se refiere la Res. Nº 044- 2007-GDU-ML (Se publica la Resolución de la referencia a solicitud de la Municipalidad Distrital de Lurín mediante Ofi cio Nº 194-2011-SG/ML, recibido el 4 de julio de 2011) RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 059-2010-GDU/ML Lurín, 22 de noviembre de 2010 LA GERENCIA DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN Visto; El Expediente Nº 9637-2007, seguido por la empresa UNIQUE S.A. representado por el Sr. Jesús Armando Lema Hanke identifi cado con D.N.I. Nº 07838261, mediante el cual solicitan el levantamiento de carga inscrito en el Artículo Cuarto de la Resolución Gerencial Nº 044-2007- GDU-ML el cual aprueba la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único para Uso Industrial. CONSIDERANDO; Que, mediante Resolución Gerencial Nº 044-2007- GDU/ML de fecha 16 de noviembre del 2007, emitida por la Gerencia de Desarrollo Urbano, se aprueba la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único para uso Industrial, del terreno de 98,300.00 m2, constituido por los predios acumulados de las parcelas B-57, B-58, B-59, ubicado con frente a la Autopista Panamericana Sur en el ex Fundo San Vicente, del distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima. Que, mediante Artículo cuarto se DISPONE, que quede como carga el lote único, materia de la presente Habilitación Urbana, hasta que el propietario del predio cumpla con efectuar el pago del défi cit de aportes, correspondiente a Parques Zonales y Renovación Urbana. Que, de la revisión del Expediente Nº 9637-2007 se verifi ca que se ha cumplido con realizar los pagos correspondiente a Parques Zonales y Renovación Urbana, adjuntándose la Constancia de Cancelación de Aporte por Renovación Urbana de fecha 22.05.08 y Recibo de ingresos Nº 0065658 de fecha 04.08.09 por concepto de pago a SERPAR. Estando al Informe Nº 186 -2010-SGOPHU/ML de la Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, contando con el Informe Nº 2213-2010-OAJ/ML de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Lurín y; De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, la Ley Nº 26878 – Ley General de Habilitaciones Urbanas y su Texto Único Ordenado del Reglamento modifi cado por Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 011-2005-VIVIENDA la Ordenanza Nº 026-2000/ML, Decreto de Alcaldía Nº 079 MML y Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 y; considerando las facultades conferidas en la Ordenanza Municipal Nº 081/ ML del 30 de enero del 2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- LEVANTAR, la carga inscrita en la Resolución Gerencial Nº 044-2007-GDU-ML, en mérito a los pagos realizados. Artículo Segundo.- ESTABLECER, que quedan consentidos en todos sus extremos las especificaciones técnicas descritas en la Resolución Gerencial Nº 044- 2007-GDU/ML de fecha 16 de noviembre del 2007. Artículo Tercero.- DISPONGASE, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de la parte interesada en un plazo no mayor de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución Gerencial. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Obras Privadas, Sub Gerencia de Catastro y Control Urbano, Sub Gerencia de Transporte, a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su conocimiento y a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP para su inscripción correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS ALVA GAMARRA Gerente de Desarrollo Urbano Gerencia de Desarrollo Urbano 660863-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Disponen el abanderamiento general de inmuebles del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2011-ALC/MSI San Isidro, 1 de julio de 2011 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO VISTO, el Informe Nº 00101-2011-0110-OCIM/MSI de la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen; CONSIDERANDO: Que, el próximo día 28 de Julio se conmemora el Centésimo Nonagésimo Aniversario de la Independencia Nacional del Perú; Que, en consecuencia, es deber del gobierno local incentivar la participación cívica del vecindario, a fin de ostentar el símbolo patrio del Pabellón Nacional en la fachada de los inmuebles de la jurisdicción distrital; En uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º y el Artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el abanderamiento general, de todos los inmuebles del distrito de San Isidro, del 15 al 31 de Julio del año en curso, con carácter obligatorio. Artículo Segundo.- RECOMENDAR, a los vecinos del distrito de San Isidro, la limpieza y embellecimiento de las fachadas de sus predios. Artículo Tercero.- ENCARGAR a las Gerencias de Fiscalización y Seguridad Ciudadana, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAUL CANTELLA SALAVERRY Alcalde 661306-1