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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de julio de 2011 445933 función de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 036-2011/COE-TC, del 16 de febrero de 2011; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradición, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Denegar la solicitud de ampliación de extradición activa del ciudadano peruano ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI o ALBERTO KENYA FUJIMORI FUJIMORI, formulada por el Tercer Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 662276-21 Aprueban la Reformulación del Plan Operativo Institucional 2011 del Ministerio de Justicia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0099-2011-JUS Lima, 20 de mayo de 2011 Visto el Informe Nº 023-2011-JUS/OGED-ODCT, de fecha 5 de mayo de 2011, de la Ofi cina General de Economía y Desarrollo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0048- 2011-JUS de 28 de febrero de 2011, se aprobó el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Justicia para el Año Fiscal 2011; Que, el Decreto de Urgencia Nº 012-2011, dicta medidas extraordinarias para fortalecer el Fondo de Estabilización Fiscal y generar mayor ahorro público, con el fi n de asegurar la transición del gobierno y prevenir los peligros de una crisis externa; Que, con el fi n de cumplir con el citado Decreto de Urgencia, se reformuló las Subtareas correspondientes al período abril - diciembre 2011 que forman parte del Plan Operativo Institucional (POI) 2011 del Ministerio de Justicia; Que, la Ofi cina General de Economía y Desarrollo ha revisado y consolidado las propuestas de reformulación de Subtareas 2011 que cuentan con disponibilidad presupuestal para su aprobación, así como elaboró el Cuadro Comparativo de Subtareas aprobadas con respecto a las reformuladas; Que, con el Informe Nº 023-2011-JUS/OGED-ODCT, la Ofi cina General de Economía y Desarrollo ha presentado el proyecto de Reformulación del Plan Operativo Institucional 2011 del Ministerio de Justicia; Con las visaciones de las Ofi cinas Generales de Economía y Desarrollo y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, Artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, artículos 7º y 71º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el Decreto de Urgencia Nº 012-2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Reformulación del Plan Operativo Institucional 2011 del Ministerio de Justicia, documento que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El cumplimiento de la Reprogramación de las Subtareas consideradas en la Reformulación del Plan Operativo Institucional 2011 del Ministerio de Justicia, será de responsabilidad de los Directores y/o Jefes de los órganos de dicha Entidad, debiendo informar los logros y avances a Secretaría General. Artículo 3º.- La Ofi cina General de Economía y Desarrollo, elaborará los informes evaluativos semestral y anual de la Reformulación del Plan Operativo Institucional del Ministerio de Justicia 2011, lo difundirá y brindará las orientaciones técnicas que faciliten su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 661351-1 Otorgan el Reconocimiento de carácter nacional denominado “Fortalecimiento del Estado Constitucional de Derecho y del Acceso a la Justicia: Ministerio de Justicia” a diversas personas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0116-2011-JUS Lima, 30 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0215-2009- JUS se instituyó el reconocimiento de carácter nacional denominado “Fortalecimiento del Estado Constitucional de Derecho y del Acceso a la Justicia: Ministerio de Justicia” cuyas Bases constituyen parte de la acotada Resolución, conformando además el Comité encargado de evaluar y proponer a los candidatos que se harán acreedores de tal reconocimiento; Que, el citado reconocimiento tiene como objetivo afi anzar las acciones que realiza el Ministerio de Justicia en pro de la inclusión social mediante el reconocimiento del esfuerzo de los diferentes actores sociales en pro del Estado Constitucional de Derecho y el Acceso a la Justicia en el país; Que, en el numeral 3 del punto III del Anexo Bases del Reconocimiento de carácter nacional “Fortalecimiento del Estado Constitucional de Derecho y Acceso a la Justicia: Ministerio de Justicia” se establece como requisito de los postulantes que en caso de personas naturales deben contar con una trayectoria reconocida en el campo del Derecho o Acceso a la Justicia; Que, el precitado Comité, luego de evaluar y califi car la propuesta presentada para la entrega del reconocimiento de carácter nacional decidió por unanimidad otorgar dicho reconocimiento a las personalidades que se mencionan en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, por su destacada labor jurisdiccional, educativa y social como elemento sustantivo para la construcción de un Estado Constitucional de Derecho; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; y, el Decreto