Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2011 (07/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, la Resolucion Ministerial Nº 607-2010-MTC/03 fue notificada el 30 de diciembre de 2010, por lo tanto la solicitud para la emision de una nueva resolucion ministerial otorgando a la empresa TV CABLE MORDAZA S.A.C. concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones ha sido presentada a este Ministerio, dentro del plazo de seis (6) meses de notificada dicha resolucion ministerial; Que, conforme a lo senalado por el representante legal de la empresa TV CABLE MORDAZA S.A.C. mediante escrito registrado con P/D Nº 053300 del 6 de MORDAZA de 2011, indico que por motivos de salud no le fue posible suscribir el contrato de concesion dentro del plazo legal establecido, ya que no pudo tramitar oportunamente la carta fianza que asegure el inicio de operaciones, ni realizar el pago por derecho de concesion; Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el 18 de MORDAZA de 2006, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 28737, Ley que establece la concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, la cual modifica diversos articulos del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC; Que, el articulo 53º del citado cuerpo legal, indica que en un mismo contrato de concesion el Ministerio otorgara el derecho a prestar todos los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, en caso la empresa solicitante requiera prestar servicios adicionales al servicio de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, debera cumplir con lo establecido en el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; y solicitar al Ministerio la inscripcion de dichos servicios en el registro habilitado para tal fin, los mismos que se sujetaran a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesion unica y la ficha de inscripcion en el registro que forma parte de el; Que, mediante el Informe Nº 1534-2010-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, en el tramite del procedimiento iniciado con Expediente Nº 2010-036439, senalo que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la Republica del Peru, precisando que el primer servicio a prestar es el de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa TV CABLE MORDAZA S.A.C.; Que, asimismo mediante Informe Nº 686-2011-MTC/27 la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, concluye que corresponde emitir una nueva resolucion ministerial otorgando concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru; precisando que el primer servicio a prestar es el de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, en aplicacion de lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; Que, de acuerdo a la evaluacion favorable efectuada por la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones sobre el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento de la concesion unica solicitada por la empresa TV CABLE MORDAZA S.A.C., y habiendo cumplido esta con las condiciones establecidas en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, corresponde emitir una nueva resolucion ministerial otorgando la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por

Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modificatoria, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC y sus modificatorias; Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa TV CABLE MORDAZA S.A.C., concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru; estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa TV CABLE MORDAZA S.A.C., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2º de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Dicho plazo es otorgado nuevamente y por unica vez, en aplicacion de lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion, asi como la MORDAZA de la carta fianza que asegure el inicio de la prestacion del servicio. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 661643-1

Autorizan viajes de inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., MORDAZA y Rusia, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 448-2011-MTC/02 MORDAZA, 30 de junio de 2011 VISTOS: El Informe Nº 360-2011-MTC/12.04, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil, y el Informe Nº 199-2011-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-

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