Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2011 (07/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2011

formulada por la Fiscalia de Apelacion de Gdansk, V Seccion de Asuntos de Delincuencia Organizada y Corrupcion, 80-853 Gdansk, de la Republica de MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision delito tipificado en el apartado 1 y 3 del articulo 55º de la Ley sobre Proteccion contra la Toxicomania, en agravio del Estado polaco, y disponer su entrega a la Republica de MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 662276-15 RESOLUCION SUPREMA N° 136-2011-JUS MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2011 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 089-2011/ COE-TC, del 28 de junio de 2011, sobre la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano peruano FREY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 6 de la MORDAZA de Buenos Aires de la Republica MORDAZA y por el Juzgado de Control Nº 4 de la provincia de MORDAZA de la Republica Argentina; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 05 de MORDAZA de 2011, declaro procedente la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano peruano FREY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del Delito de falsificacion de documentos publicos, en concurso real con el Delito de estafa mediante uso de documento falso, y del Delito de homicidio con ocasion de robo (Expediente Nº 46-2011); Que, el literal "b" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion pasiva formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 089-2011/COE-TC, del 28 de junio de 2011; Que, acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradicion, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica MORDAZA, suscrito en la MORDAZA de Buenos Aires con fecha 11 de junio de 2004;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano peruano FREY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 6 de la MORDAZA de Buenos Aires de la Republica MORDAZA y por el Juzgado de Control Nº 4 de la provincia de MORDAZA de la Republica MORDAZA, y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito de falsificacion de documentos publicos, en concurso real con el Delito de estafa mediante uso de documento falso, y del Delito de homicidio con ocasion de robo, y disponer su entrega a la Republica MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 662276-16 RESOLUCION SUPREMA N° 137-2011-JUS MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2011 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 085-2011/ COE-TC, del 23 de junio de 2011, sobre la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano estadounidense JEFFERY MORDAZA LOWRANCE, requerido por la Corte de los Estados Unidos del Distrito Norte de Illinois - Chicago de los Estados Unidos de America; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 11 de MORDAZA de 2011, declaro procedente la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano estadounidense JEFFERY MORDAZA LOWRANCE, por la presunta comision de los delitos de fraude por correspondencia, fraude por medios electronicos y MORDAZA de recursos monetarios (Expediente Nº 48-2011); Que, el literal "b" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion pasiva formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 085-2011/COE-TC, del 23 de MORDAZA de 2011; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado

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