Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2011 (07/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2011

los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresa Lan Peru S.A. ha presentado ante la autoridad aeronautica civil, sus solicitudes para ser atendidas durante el mes de MORDAZA de 2011, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa Lan Peru S.A. ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, dicha solicitud ha sido calificada y aprobada por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de la respectiva Orden de Inspeccion y referida en los Informes Nº 376-2011MTC/12.04 y Nº 205-2011-MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29626, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara del 17 al 24 de MORDAZA de 2011, a la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nº 376-2011MTC/12.04 y Nº 205-2011-MTC/12.04. Articulo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa Lan Peru S.A., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Codigo: F-DSA-P&C-002 Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 17 AL 24 DE MORDAZA DE 2011 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 205-2011-MTC/12.04 Y Nº 376-2011-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION Nº VIATICOS (US$) RECIBOS DE ACOTACION Nºs. Revision: Original Fecha: 30.08.10

INICIO

FIN

SOLICITANTE

INSPECTOR

MORDAZA MORDAZA

DETALLE

1570-2011-MTC/12.04 17-Jul

24-Jul

Chequeo anual en ruta, chequeo tecnico Inicial por expedicion de habilitacion a piloto TLA como MORDAZA MORDAZA, US$ 1,600.00 LAN PERU S.A. Comandante y chequeo para 8854-10811-10812-11731 MORDAZA MORDAZA MORDAZA habilitacion de Categoria II/III en simulador de vuelo del equipo A319 a su personal aeronautico

661653-1

Autorizan a Red Car Peru S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales y disponen su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1937-2011-MTC/15 MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2011 VISTOS: Los Expedientes con Reg. SII. Nº 2011-0006306 y 2011-0008238 presentados por la empresa denominada RED CAR PERU S.A.C., que solicita autorizacion como Escuela de Conductores Integrales, y;

CONSIDERANDO: Que, mediante expediente con Reg. SII. Nº 20110006306, de fecha 07 de MORDAZA de 2011, la empresa denominada RED CAR PERU S.A.C., en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la clase A categorias II y III y Clase B II- c, en la MORDAZA Trujillo; Que, con Oficio Nº 4331-2011-MTC/15.03 esta administracion requirio a La Empresa la subsanacion de las observaciones a la solicitud presentada; y dentro del plazo legal, mediante expediente con Reg. SII. Nº 20110008238 de fecha 19 de MORDAZA de 2011, La Empresa

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