Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2011 (08/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

446053

ORGANISMOS EJECUTORES ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
Modifican el articulo 48º del "Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas por Infracciones contra el Patrimonio Documental Archivistico y Cultural de la Nacion"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 231-2011-AGN/J MORDAZA, 10 de junio de 2011 VISTO, el Informe Nº 261-2011-AGN/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Jefatural Nº 076-2008-AGN/J de fecha 14 de febrero de 2008 (publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de febrero de 2008), se aprobo el "Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas por Infracciones contra el Patrimonio Documental Archivistico y Cultural de la Nacion" (en adelante El Reglamento); Que, los articulos 48º, 49º y 50º de El Reglamento regulan los aspectos correspondientes a los recursos impugnativos que pueden interponerse contra los actos administrativos que emite el Archivo General de la Nacion en el ejercicio de su facultad sancionadora ante la comision de infracciones contra el Patrimonio Documental Archivistico y Cultural de la Nacion; Que, la Oficina General de Asesoria Juridica, a traves del Informe Nº ....-2011-AGN/OGAJ, senala que es necesario adecuar las disposiciones contenidas en los articulos 48º, 49º y 50º de El Reglamento a las normas establecidas en el Capitulo II del Titulo III de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, por lo que recomienda modificar el articulo 48º y derogar los articulos 49º y 50º; De conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Archivo General de la Nacion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 197-93-JUS; Con los visados de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el articulo 48º del "Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas por Infracciones contra el Patrimonio Documental Archivistico y Cultural de la Nacion", quedando redactado de la siguiente manera: "Articulo 48º.- Recursos Impugnatorios Lo referente a los recursos impugnatorios que se interpongan contra las resoluciones sancionadoras que emita el Archivo General de la Nacion en el ejercicio de su facultad sancionadora, se rige por las disposiciones previstas en el Capitulo II del Titulo III de la Ley Nº 27444. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Las disposiciones de la presente Resolucion seran de aplicacion a los recursos impugnativos que se encuentren pendientes de resolver.

Articulo Cuarto.- La Oficina Tecnica Administrativa publicara inmediatamente la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA DAGER MORDAZA Jefe Institucional 661840-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban adjudicacion en venta directa de predio a favor de personas naturales, ubicado en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao
SUBDIRECCION DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCION Nº 050-2011/SBN-DGPE-SDDI MORDAZA, 22 de junio de 2011. Visto, el Expediente Nº 036-2011/SBNSDDI, que contiene la solicitud de adjudicacion en venta directa promovida por el senor MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA del predio de propiedad del Estado, independizado con un area de registral de 247,41 m², ubicado al Este del Asentamiento Humano Asociacion de Pobladores de Ventanilla Alta, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es un organismo publico, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, siendo el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, responsable de normar los actos de disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion estan a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 0022009-VIVIENDA, asi como el Decreto Supremo Nº 0042007-VIVIENDA; Que, el Estado es propietario del predio independizado de un area de 247.41 m², signado como Terreno Eriazo Parcela AA3, ubicado al Este de la Asociacion de Pobladores de Ventanilla Alta, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao e inscrito en la Partida Nº 70367888 del Registro de Predios del Callao y anotado en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes Estatales ­ SINABIP con el Registro Nº 2136 del Libro del Callao; Que, el senor MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante Carta del 21 de octubre de 2009, solicita la adjudicacion en venta directa de una area mayor al predio descrito en el punto precedente, toda vez que el unico acceso a esta es a traves del predio colindante de su propiedad constituido por el Lote 19 de la Manzana C del Asentamiento Humano Asociacion de Pobladores de Ventanilla Alta; Que, segun el Informe Nº 00754-2010/SBN-GO-JAD, de fecha 12 de octubre de 2010, con la conformidad de la Jefatura de Adjudicaciones, se considera factible dar inicio al tramite de adjudicacion en venta directa del predio sub materia a favor del senor MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debido a que su solicitud se encuentra enmarcada en la causal dispuesta por el literal a) del articulo 77º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA,

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