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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de julio de 2011 446057 Proceso Tradicional de Liquidación: Es el proceso mediante el que se liquidan las operaciones en forma individual, operación por operación. Reglamento: Reglamento de Instituciones de Compensación y Liquidación de Valores. Reglamento Interno: Reglamento Interno de CAVALI. Registro Contable: Es el sistema electrónico de CAVALI en el cual se efectúan las inscripciones de los Valores Anotados en Cuenta. Registro de Matrícula: Registro electrónico de CAVALI que contiene la información de la matrícula de acciones de aquellos Emisores que hayan contratado el Servicio de Matrícula. REPOS: Operación de Reporte Secundario. R.U.T.: Registro Único de Titulares, en el cual se consignan los datos personales de los Titulares. S.A.B.: Sociedad(es) Agente(s) de Bolsa o Agente de Bolsa. SBS: Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. Servicio de Custodia: El servicio que presta CAVALI de acuerdo a las disposiciones del Capítulo XVI Del Servicio de Custodia del presente Reglamento Interno. Servicio de Matrícula: El servicio que presta CAVALI a los Emisores de acuerdo a las disposiciones del Capítulo XIV Del Servicio de Matrícula del presente Reglamento Interno. Sistema: Acceso remoto al computador central de CAVALI. Titular(es): Aquel(los) que en forma individual o bajo el régimen de copropiedad, mantenga a su nombre Valores Anotados en Cuenta, ya sea dentro de una Cuenta Matriz o de una Cuenta de Emisores. Tipo de Cambio: Tipo de Cambio promedio de compra y venta, establecido por la BVL. TRE: Tasa Efectiva de Rendimiento Esperada Anual. TVR: Tabla de Valores Referenciales elaborada por la BVL. Usuarios: Participantes, Emisores, Titulares, quienes tengan legítimo derecho o interés y en general toda aquella persona natural o jurídica que acceda a los servicios que presta CAVALI. Valor(es) Nacional(es): Los emitidos en el país por Emisores constituidos en el país. Valor(es) Extranjero(s): Los emitidos en el extranjero por Emisores constituidos en el extranjero. Valores Anotados en Cuenta: Comprende a los Valores Representados Mediante Anotaciones en Cuenta y a los OVAC. Valores Representados Mediante Anotaciones en Cuenta: Valores desmaterializados o valores a ser desmaterializados, cuya forma de representación es su inscripción en el Registro Contable, supone la anulación del título físico en caso exista. Asimismo, son de aplicación al Reglamento Interno, los términos contenidos en el artículo 8º de la Ley y en el artículo 2º del Reglamento, en lo que fuere aplicable. (...) Artículo 8º.- Funciones de CAVALI (...) v) Prestar el Servicio de Custodia, el mismo que incluye la liquidación de operaciones por encargo y el traspaso de valores. w) Otras actividades contempladas en la Ley, el Reglamento, las normas que dicte CONASEV. (...) CAPÍTULO V: DE LAS CUENTAS Artículo 1º.- Defi nición El presente Capítulo defi ne los tipos de cuentas que CAVALI asigna a los distintos partícipes del mercado, describe las características de tales cuentas, y regula los traspasos de Valores Anotados en Cuenta entre las mismas. Dichos tipos de cuentas, son las siguientes: (...) 7. Cuenta de Custodia (...) Artículo 7º.- Cuenta de Custodia Es una Cuenta asignada a CAVALI, en la cual se registrará a aquellos titulares que hayan contratado el Servicio de Custodia que presta CAVALI, así como sus respectivas tenencias, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo XVI del presente Reglamento Interno. Artículo 8º.- Traspaso de Valores Los Titulares de Valores Anotados en Cuenta inscritos en una Cuenta Matriz, podrán solicitar el traspaso de los mismos a la Cuenta Matriz de otro Participante, a la Cuenta de Emisor, del Emisor de los valores objeto del traspaso, o a la Cuenta de Custodia. No se podrán efectuar traspasos a las Cuentas Matrices de los Participantes, que por efectos de la legislación que los regulan, no les fuera permitido el registro de otros Titulares que no se encuentren vinculados a ellos. Para el caso de traspasos que se generen como parte del Encargo de Liquidación por el Servicio de Custodia, será de aplicación lo establecido en el Capítulo XVI del presente Reglamento Interno. Los Titulares de Valores Anotados en Cuenta inscritos en una Cuenta de Emisor, podrán solicitar el traspaso de los mismos a la Cuenta Matriz de un Participante o a la Cuenta Especial de la AFP, en caso se trate de un BdR. (...) CAPÍTULO VII: DE LA COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN (...) Artículo 8º.- Mecanismos de Cobertura de Riesgos para la Liquidación de Operaciones (...) 3. Mecanismos de Cobertura: (...) a) Línea de crédito o dinero en efectivo exigible Los Participantes Directos deberán mantener con su Banco Liquidador acuerdos de crédito que les permitan contar con fondos de disponibilidad inmediata, a efectos de cumplir con las obligaciones de pago exigidas por CAVALI en el proceso de liquidación. Esta línea de crédito puede sustituirse o complementarse con la constitución de fondos en efectivo a favor de CAVALI. En caso el Participante opte por constituir fondos en efectivo, éstos serán depositados en una cuenta que para tal efecto destine CAVALI. La administración de tales