Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2011 (08/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2011

teniendo en cuenta que de acuerdo a las inspecciones realizadas, a la revision de los documentos adjunto y de los antecedentes que obran en esta Superintendencia se ha verificado que el predio del Estado descrito en el MORDAZA considerando, denominado Parcela AA3, de 247.41 m², se encuentra ubicado en la parte posterior del Lote 19 de la Manzana C del Asentamiento Humano Asociacion de Pobladores de Ventanilla Alta ­ Sector Primero, cuya titularidad registral corresponde a los senores MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA, siendo su unico acceso normal y regular a traves del citado lote colindante, no teniendo acceso directo a traves de via publica, asimismo se aprecia que el area solicitada corresponde a ladera de cerro, el cual se encuentra en posesion y custodia del recurrente MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su familia, quien ha realizado obras de nivelado con la finalidad de reforestarlo; Que, el Articulo 75º.2 del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa debera ser presentada ante la entidad propietaria del bien o el Gobierno Regional, segun corresponda y sera aprobada por Resolucion sustentada en el respectivo Informe Tecnico ­ Legal, previa opinion tecnica de la SBN; Que, mediante carta de fecha 28 de marzo de 2011, la empresa CONMEL S.R.L., remitio el informe de la valuacion comercial del predio MORDAZA descrito, cuyo valor asciende a la suma de US $ 3,241.07 (Tres Mil Doscientos Cuarenta y Uno con 07/100 Dolares Americanos); Que, el senor MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante carta recibida por esta Superintendencia con fecha 13 de MORDAZA del 2011, ha manifestado su aceptacion respecto del valor de la tasacion del predio materia de venta; Que, en merito a lo dispuesto por el articulo 78º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y a lo senalado en la Directiva Nº 003-2011/SBN "Procedimientos para la aprobacion de la venta directa por causal de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad", con fecha 20 de MORDAZA de 2011 se publico en el Diario Oficial "El Peruano" y el Diario "La Nacion", asi como en la pagina Web de esta Superintendencia, el aviso que publicita el valor de tasacion comercial del predio MORDAZA descrito, con la finalidad de que cualquier interesado pueda por unica vez y dentro del plazo de diez (10) dias utiles, presentar una mejor oferta para la compra, sin embargo transcurrido dicho plazo no se recibio oferta alguna; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 02662011/SBN-DGPE-SDDI de fecha 14 de junio de 2011, la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario opina favorablemente por la adjudicacion en venta directa del citado predio a favor de los senores MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, dado que su solicitud se enmarca en el supuesto contemplado en el literal a) del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA; Que, conforme al Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, corresponde a la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario sustentar y aprobar la venta directa, previa conformidad del Superintendente Nacional de Bienes Estatales de acuerdo a lo dispuesto en el literal a) del Articulo 48º del citado Reglamento; Que, mediante Memorando Nº 07504-2011/SBNDGPE de fecha 14 de junio de 2011, la Direccion de Gestion del Patrimonio Estatal ha dado su conformidad respecto a la venta por causal del predio que se describe en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, mediante Memorandum Nº 07710-2011/SBNSG-OAJ de fecha 20 de junio de 2011, la Oficina de Asesoria Juridica emite la conformidad a la venta por causal del predio descrito en el MORDAZA considerando de la presente resolucion; Que, mediante Memorando Nº 7850-2011/SBN de fecha 21 de junio de 2011, con el visado de la Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica, el

Superintendente Nacional de Bienes Estatales ha dado su conformidad a la venta por causal de conformidad a lo dispuesto en el literal n) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones-ROF de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA y sus modificatorias, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, la Directiva Nº 003-2011/SBN, Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA y Resolucion Nº 0352011/SBN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la adjudicacion en venta directa a favor de los senores don MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, respecto del predio de 247.41 m², signado como Terreno Eriazo Parcela AA3, ubicado al Este de la Asociacion de Pobladores de Ventanilla Alta, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao e inscrito en la Partida Nº 70367888 del Registro de Predios del Callao y anotado en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes Estatales ­ SINABIP con el Registro Nº 2136 del Libro del Callao, por encontrarse en la causal prevista en el literal a) del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151. Articulo 2º.- El valor comercial del predio cuya venta se aprueba asciende a la suma de US $ 3,241.07 (Tres Mil Doscientos Cuarenta y Uno con 07/100 Dolares Americanos) conforme a la valorizacion actualizada efectuada por la empresa CONMEL S.R.L., suma que debera ser cancelada en el plazo de 30 dias habiles a partir de la publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Los ingresos que se obtengan de la venta del predio constituiran recursos del Tesoro Publico y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Articulo 4º.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en nombre y representacion del Estado, otorgara la Escritura Publica de transferencia respectiva a favor de los senores MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA de Yarleque. Articulo 5º.- La MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, inscribira en el Registro de Predios del Callao, el acto a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, por el merito de la presente y de la correspondiente escritura publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subdirector de Desarrollo Inmobiliario 661991-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
Modifican Reglamento Cavali S.A. ICLV Interno de

RESOLUCION CONASEV Nº 051-2011-EF/94.01.1 MORDAZA, 30 de junio de 2011

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