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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2011 (09/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 109

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de julio de 2011 446193 GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en los meses de febrero y marzo de 2011 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 063-2011-GR-HUANUCO/DREMH Huánuco, 20 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejercerán funciones específi cas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas, asumir las funciones en materia de minas, que específi camente resulta: Otorgar concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; conforme lo señala el inciso f) del artículo 59° de la referida Ley; Que, por Resolución Ministerial N° 550–2006-MEM/ DM, publicada con fecha 18 de noviembre de 2006, se declaró que el Gobierno Regional de Huánuco, concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de las mismas; Que por Ordenanza Regional Nº 005-2003-CRH, reformulado mediante Ordenanza Regional Nº 059-2006- CR-GRH,se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Huánuco, estableciendo en su Artículo 55º las funciones de la Dirección Regional de Energía Minas e Hidrocarburos de Huánuco entre ellas la facultad de Otorgar Títulos de Concesiones Mineras; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, se publicará mensualmente en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 755-2011- GRH/PR de fecha 08 de junio de 2011, el Presidente del Gobierno Regional Huánuco DELEGA la función prevista en el literal f) del artículo 59ª de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, a la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional Huánuco. Con la aprobación de la Dirección Regional y la Ofi cina Técnica de la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de Huánuco; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM; y, el artículo 24° del Decreto Supremo N° 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en los meses de Febrero y Marzo de 2011 de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124° del Decreto Supremo N° 014-92-EM y 24° del Decreto Supremo N° 018-92-EM. Regístrese y publíquese. JESÚS ALFONSO GUEVARA BERNAL Director Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de la Región Huánuco. DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA, MINAS E HIDROCARBUROS DE HUANUCO DISPONEN PUBLICAR CONCESIONES MINERAS CUYOS TITULOS FUERON APROBADOS EN LOS MESES DE FEBRERO Y MARZO DEL AÑO 2011 RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 063-2011-GR-HUANUCO/DREMH 1) CHAMLLAM YANACOCHA: Cod.600001710: Coord. UTM: V1: N 9 013 000 00 E 277 000 00, V2: N 9 012 000 00 E 277 000 00, V3: N 9 012 000 00 E 276 000 00, V4: N 9 013 000 00 E 276 000 00; TIT. JOSUE YUMA HERRRA MORALES; R.D.R. Nº 011-2011-GR-HUANUCO/DREMH, 2) SANPER 3: Cod.60003110: Coord. UTM: V1: N 8 906 000 00 E 329 000 00, V2: N 8 904 000 00 E 329 000 00, V3: N 8 904 000 00 E 330 000 00, V4: N 8 902 000 00 E 330 000 00, V5: N 8 902 000 00 E 329 000 00, V6: N 8 901 000 00 E 329 000 00, V7: N 8 901 000 00 E 328 000 00, V8: N 8 903 000 00 E 328 000 00, V9: N 8 903 000 00 E 325 000 00, V10: N 8 904 000 00 E 325 000 00, V11: N 8 904 000 00 E 328 000 00, V12: N 8 906 000 00 E 328 000 00, TIT. RAYMUNDO MELGAREJO MORENO; R.D.R. Nº 038-2011-GR-HUANUCO/DREMH. 662288-1 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Unidad Ejecutora “Institutos Superiores de Educación Pública Regional de Piura” ORDENANZA REGIONAL Nº 213-2011/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modifi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el Artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el Artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modifi cada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c), que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; asimismo, en el inciso a) del Artículo 15º establece como atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2010”, en la Cuadragésima Novena Disposición Final, se crea la Unidad Ejecutora INSTITUTOS SUPERIORES DE EDUCACIÓN PÚBLICA REGIONAL DE PIURA, con sede en el Instituto Superior Tecnológico “Luciano Castillo Colonna” en la provincia de Talara, la cual tiene a su cargo los Recursos Directamente Recaudados dispuestos en el artículo 2, literal c), de la Ley Nº 27763, Ley Complementaria de Legislación del Canon y Sobrecanon para Petróleo y Gas en Piura y Tumbes; Que, con Ley Nº 29626 Ley de Presupuesto para el Sector Público para el año Fiscal 2011, en la Cuadragésima