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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de julio de 2011 446192 3. Empresa de Seguros y Reaseguros. 15,591,453 4. Empresa de Reaseguros. 9,467,236 E. Empresas de Servicios Complementarios y Conexos 1. Almacén General de Depósito. 4,008,339 2. Empresa de Transporte, Custodia y Administración de Numerario. 16,427,618 3. Empresa Emisora de Tarjetas de Crédito y/o Débito. 1,113,793 4. Empresa de Transferencia de Fondos. 1,113,793 Índice Base: Octubre 1996, factor IPM octubre 1996 – junio 2011: 1.6427618 * Las actualizaciones se realizan respecto del Índice de Precios al Por Mayor (IPM) base de octubre de 1996, artículo 18º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modifi catorias. Atentamente, JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 663441-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Autorizan viaje de Presidente y Directores de Salud y Educación a la República de Cuba, en comisión de servicios ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 034-2011-GR.CAJ-CR Cajamarca, 6 de julio de 2011 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Ordinaria de fecha 04 de julio del año 2011; VISTO Y DEBATIDO el Ofi cio Nº 0265-2011-GR-CAJ/ P, remitido por la Presidencia del Gobierno Regional Cajamarca, con el que solicita la autorización en comisión de servicios del Presidente Regional Prof. Gregorio Santos Guerrero y a los Directores de Salud y Educación Dr. Reinaldo Núñez Campos y Lic. Cesar Alberto Flores Berrios, a la República de Cuba, del 11 al 24 de julio del presente año; con el voto mayoritario del Pleno, dispensa del Dictamen correspondiente, y; CONSIDERANDO: - Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 010-2011-GRCAJ-CR, en el artículo 47º in fi ne, referido a los Dictámenes, establece que “se exceptúa de dictamen aquellos Acuerdos de Consejo Regional cuyos efectos son intuito persona (permisos debidamente justifi cados por los Consejeros Regionales de asistir a las Sesiones de Consejo Regional) o que estén referidos a saludos que se realizan a otras instituciones o pedidos que por su propia naturaleza y complejidad no ameriten informes técnicos, quedando a criterio de la Mesa Directiva determinarlo”; - Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2011, en su artículo 10, numeral 10.1 literal a) prescribe “Los viajes que se efectué en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú”. Asimismo, en la parte in fi ne del mismo numeral señala que el requerimiento como para el caso de los organismos constitucionales autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad; y en los gobiernos regionales y los gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo de consejo regional o consejo municipal, respectivamente. En todos los casos, la resolución o acuerdo de excepción es publicada en el diario ofi cial El Peruano; - Que, con Ofi cio Nº 0265-2011-GR-CAJ/P de fecha 04 de julio del año 2011, remitido por la presidencia del Gobierno Regional Cajamarca, con el que solicita autorización en comisión de servicios del Presidente Regional Prof. Gregorio Santos Guerrero y a los Directores de Salud y Educación Dr. Reinaldo Núñez Campos y Lic. Cesar Alberto Flores Berrios, a la República de Cuba, del 11 al 24 de julio del presente año, a fi n de fi rmar posibles convenios con médicos cubanos especialistas en diferentes ramas de la salud, así como lo relacionado a educación, de necesidad e interés para la Región de Cajamarca; - Que, la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su artículo 5º establece “Los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográfi cas, de la escala siguiente”: ESCALA DE VIÁTICOS POR ZONAS GEOGRÁFICAS – (En US$) África 200 América Central 200 América del Norte 220 América del Sur 200 Asía 260 Caribe 240 Europa 260 Oceanía 240, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentaria sobre autorización de viajes al exterior se servidores y funcionarios públicos, señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al tesoro público; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 010-2011-GR.CAJ- CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- AUTORIZAR al Presidente del Gobierno Regional Cajamarca Prof. Gregorio Santos Guerrero, a los Directores de Salud y Educación Dr. Reinaldo Núñez Campos y Lic. Cesar Alberto Flores Berrios, en comisión de servicios a la República de Cuba, del 11 al 24 de julio del presente año, a fi n de fi rmar convenios para contar con médicos cubanos especialistas en diferentes ramas de la salud, así como lo relacionado a educación, de necesidad e interés para la Región de Cajamarca. Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ELZER ELERA LÓPEZ Consejero Delegado Pdte. Consejo Regional 662848-1