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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2011 (15/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de julio de 2011 446571 VISTOS: El Expediente Nº 2011-006992 y Partes Diarios Nºs 067483 y 067474, mediante los cuales la Escuela de Conductores Integrales denominada CORPORACION JOVE ANDINA INGENIEROS S.A.C., solicita ampliación de local en la ciudad de Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención de la autorización y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el artículo 43º que establece las condiciones de acceso, así como el artículo 51º que señala los requisitos documentales; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2837-2009- MTC/15, de fecha 28 de agosto del 2009 se autorizó a la empresa denominada CORPORACION JOVE ANDINA INGENIEROS S.A.C., como Escuela de Conductores Integrales a efectos de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III, en la Región Puno, en adelante La Escuela; Que, mediante el Expediente Nº 2011-006992, de fecha 20 de abril del 2011, La escuela, solicita ampliación de local en la ciudad del Cusco y mediante el Ofi cio Nº 4671-2011-MTC/15.03 de fecha 26 de mayo del 2011 y notifi cado el mismo día, se comunica a La Escuela las observaciones encontradas en su solicitud y se le concede 10 días hábiles para subsanarlas; Que, mediante los Partes Diario Nº 067483 y 067474, ambos de fecha 09 de junio del 2011, La Escuela presenta diversa documentación en respuesta al ofi cio indicado en el considerando que antecede; Que, el segundo párrafo del artículo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedición de la resolución de autorización respectiva, la Dirección General de Transporte Terrestre realizará la inspección con el objeto de verifi car el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, del Informe Nº 008-2011-MTC/15.wce, sobre la inspección ocular realizada a La Escuela el 17 de junio del 2011, se advierte que la misma ha pasado la referida Inspección sin ninguna observación; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 284- 2011-MTC/15.03.EC.mql, que concluye que la Empresa cumple con presentar los requisitos establecidos en El Reglamento, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Escuela de Conductores Integrales denominada CORPORACION JOVE ANDINA INGENIEROS S.A.C., la ampliación de su sede principal, autorizado mediante Resolución Directoral Nº 2837-2009-MTC/15, a su nuevo local en la ciudad de Cusco, por el periodo indicado en la referida Resolución, a efectos de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoría II y III; procediéndose a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela : CORPORACION JOVE ANDINA INGENIEROS S.A.C. Ubicación del Establecimiento : O F I C I N A S ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSEÑANZA Y TALLER DE INSTRUCCIÓN TEÓRICO – PRÁCTICO DE MECÁNICA Av. Micaela Bastidas Nº 327- 4to piso- Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento del Cusco. CIRCUITO DE MANEJO Ollachayoc – Pampa, parte integrante del Sector Rayampata- Distrito de Poroy, Provincia y Departamento de Cusco (Ref. Km. 13 de la carretera Cusco Abancay). FLOTA VEHICULAR: Nº Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa 1 TOYOTA VITZ AUTOMOVIL M1 SCP100427140 1SZ1088028 2003 X1B-331 2 HYUNDAI H-1 M/BUS CMTA. RURAL M2 KMJWAH7HP8U096462 D4BH8047236 2008 LGT-519 3 HYUNDAI COUNTY OMNIBUS M3 KMJHD17BPAC046691 D4DB9418184 2010 X1B-799 4 MITSUBISHI FUSO FUSO FK 750 CAMION N2 JLBFK617JBKU00101 6D16A37306 2010 B9Y-909 5 MITSUBISHI CANTER CAMION N2 FE639EV520119 4D34E37060 1995 Z2B-922 6 VOLVO NL12(6X4)54 TH IC LH CAMION N3 9BVN2B4DXSG201255 TD122FS187221951 1995 V2C-815 7 HYUNDAI H100 TRUCK CMTA. PICKUP N1 KMFZAX7HAAU703803 D4BHA069211 2010 X2D-835 CARACTERISTICAS DEL SIMULADOR DE MANEJO MARCA : LOGITECH G27 Nº DE SERIE Nº : 631323-0420 PALANCA DE CAMBIOS : 6 VELOCIDADES PEDAL DE CLUTCH : DOS MOTORES DE RETROALIMENTACION VOLANTE : 11 PULGADAS, 900 GRADOS DE ROTACION. USO : A CATEGORIA III (AIII a ó AIIIb: 48 Hs y AIIIc: 60 horas) HORARIO DE ATENCION: Lunes a Sábado de 08:00a.m. a 13:00p.m. – 14:00 a 18:00 p.m.