Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2011 (15/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2011

regula que el equipo tecnico esta presidido por el Jefe del area de Planeamiento e integrado por los profesionales y tecnicos de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional y profesionales con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto provenientes de la sociedad civil. Que, el numeral 1 "Fase de Preparacion", del Capitulo II "Fases y Particularidades del MORDAZA de Presupuesto Participativo", del Instructivo Nº 001-2010EF/76.01 para el MORDAZA de Presupuesto Participativo aprobado por Resolucion Directoral Nº 007-2010EF/76.01, precisa que MORDAZA del inicio de las acciones de comunicacion, sensibilizacion, convocatoria, identificacion y capacitacion de los agentes participantes es necesaria la aprobacion de la Ordenanza, que reglamente el MORDAZA de Presupuesto Participativo del Ano Fiscal, la misma que precisa el cronograma del MORDAZA, la conformacion del Equipo Tecnico y los mecanismos de registro de los agentes participantes, entre otros que considere el Pliego. Y en el numeral 5, Particularidades del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales, se precisa que los Gobiernos Regionales adecuan sus procesos participativos, de acuerdo a las necesidades y caracteristicas de la situacion financiera regional, pudiendo estos ser multianuales; Que, en el articulo 5º de la Ley Nº 29298, Ley que modifica la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, se establece que, es responsabilidad del Presidente del Consejo de Coordinacion Regional informar y promover la articulacion y coordinacion de los presupuestos participativos formulados por los Consejo de Coordinacion Local. Por lo que; el Consejo Regional de MORDAZA, en uso de la facultad conferida por el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno de Organizacion y Funciones. Ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo Multianual Basado en Resultados y Programas de Desarrollo 2012 ­ 2014 del Gobierno Regional del MORDAZA, documento tecnico que constituye el MORDAZA orientador para la implementacion del MORDAZA, que en Anexo adjunto de 19 folios, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion conforme a Ley. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional del MORDAZA para su promulgacion. Dado en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de junio del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional del MORDAZA, a los veintidos dias del mes de junio del ano dos mil once. MORDAZA ISAACS MORDAZA MORDAZA Presidente Regional del Gobierno Regional del MORDAZA 665093-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban Ordenanza que regula las nuevas habilitaciones por incremento de flota vehicular para prestar servicio de transporte, dispone especificaciones tecnicas de vehiculos y regula otros aspectos en materia de transporte MORDAZA en MORDAZA Metropolitana
ORDENANZA Nº 1538 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE MORDAZA, POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de MORDAZA del 2011, los Dictamenes Nº 5-2011-MML-CMCDCYTU y 44-2011-MML-CMAL de las Comisiones Metropolitanas de Comercializacion, Defensa al Consumidor y Transporte MORDAZA y de Asuntos Legales; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LAS NUEVAS HABILITACIONES POR INCREMENTO DE FLOTA VEHICULAR PARA PRESTAR SERVICIO DE TRANSPORTE, DISPONE ESPECIFICACIONES TECNICAS DE VEHICULOS Y REGULA OTROS ASPECTOS EN MATERIA DE TRANSPORTE MORDAZA EN MORDAZA METROPOLITANA Articulo 1º.- OBJETO DE LA MORDAZA El objeto de la MORDAZA es generar las condiciones necesarias que faciliten la implementacion de un Sistema Integrado de Transporte (SIT-Lima), limitando el incremento del numero de unidades en la flota actual, promoviendo la sustitucion de unidades que vienen prestando servicio por otras de mayor capacidad de transportacion que permitan contar con un numero superior de plazas (entre pasajeros sentados y de pie) en el area Metropolitana de Lima; y, crear las condiciones de estabilidad juridica a las inversiones ejecutadas o por ejecutarse en la adquisicion de nuevas unidades. Articulo 2º.- DEL OTORGAMIENTO DE NUEVAS HABILITACIONES VEHICULARES POR INCLUSION O INCREMENTO DE FLOTA. 2.1 No se otorgaran nuevas habilitaciones vehiculares por incremento de flota hasta el 31 de diciembre de 2012. Dicha disposicion es aplicable a las empresas que prestan Servicio Publico de Transporte Regular de Pasajeros autorizados por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, asi como a las que circulan por la Provincia de MORDAZA en uso de las rutas de interconexion acordadas con la Municipalidad Provincial del Callao. En consecuencia queda prohibido el incremento de flota por encima de la flota existente a la entrada en vigencia de la Ordenanza. 2.2 Las empresas de transporte que cuenten con la autorizacion de la Gerencia de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao y que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza se encuentren prestando Servicio Publico de Transporte Regular de Pasajeros en rutas de interconexion con vehiculos que no se encuentren debidamente inscritos en la Gerencia de Transporte MORDAZA de MORDAZA podran ser acreditados para prestar servicio de transporte en la jurisdiccion de MORDAZA Metropolitana, siempre que cumplan con presentar la documentacion sustentatoria solicitada en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la

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