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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de julio de 2011 446576 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Aprueban Decimocuarto Fascículo y modificación del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado DIRECCIÓN DE GESTIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 022-2011/SBN-DGPE San Isidro, 7 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realizan las entidades que conforman el Sistema en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, conforme a la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, como organismo encargado de establecer los procedimientos para la administración de los bienes del Estado a nivel nacional, mediante Resolución de Superintendencia Nº 158-97/SBN, se aprobó el Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado y la Directiva Nº 001-97/SBN-UG-CIMN, instrumento técnico que permite contar con información uniforme, simple, completa, ordenada e interrelacionada de todos los tipos de bienes susceptibles de ser ingresados al inventario del patrimonio mobiliario del Estado; Que, el Artículo 4º de la Directiva Nº 001-97/SBN- UG-CIMN establece que la actualización y divulgación del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado es permanente, para lo cual el Artículo 7º de la acotada Directiva dispone que será la SBN la que dispondrá la consulta progresiva y selectiva de los respectivos proyectos de apéndices del mencionado Catálogo; Que, el proceso de actualización del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado se sustenta, entre otros aspectos, en las propuestas formuladas por diversas entidades del Estado las que solicitan la incorporación de diferentes tipos de bienes muebles al correspondiente Catálogo de acuerdo a las pautas establecidas en los Artículos 9º y 10º de la Directiva antes acotada; Que, de acuerdo al Artículo 120º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA – “Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales·, la SBN es la única entidad que aprueba y actualiza el Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado, el cual contiene los tipos de bienes muebles materia de incorporación al patrimonio estatal; Que, de acuerdo al Artículo 40º del Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, el cual aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal es un órgano de línea de ámbito nacional encargado de planifi car, dirigir, coordinar y controlar la adecuada administración de los bienes estatales a cargo de la SBN; el desarrollo del portafolio inmobiliario y la supervisión de los actos administrativos que sobre muebles e inmuebles estatales efectúen las entidades pertenecientes al Sistema Nacional de Bienes Estatales, fomentando la inversión, rentabilidad y uso efi ciente de los mismos; Que, mediante Informe Nº 374-2011/SBN-DGPE- SDS, de fecha 10 de junio de 2011, la Subdirección de Supervisión da cuenta del resultado del estudio y análisis del proyecto del Decimocuarto Fascículo del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado, de la modifi cación referente a la denominación o código, y de la exclusión de algunos tipos de bienes muebles del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado; Que, como consecuencia de la información procesada resulta conveniente emitir la Resolución que apruebe los aspectos contenidos en el considerando precedente; Que, los literales p), q), y r) del Artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal a supervisar la incorporación y actualización de información al SINABIP, emitir resoluciones en materia de su competencia, y realizar las demás funciones que correspondan de acuerdo con la normatividad vigente y/o le sean asignadas por la autoridad superior; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Código Civil promulgado por Decreto Legislativo Nº 295, la Ley Nº 28677 - Ley de la Garantía Mobiliaria, la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA, y la Resolución Nº 158-97/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Nº 374-2011/SBN-DGPE-SDS, de fecha 10 de junio de 2011, y con la visación de la Subdirección de Supervisión; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Decimocuarto Fascículo del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado, que contiene la relación de ciento cuatro (104) nuevos tipos de bienes muebles susceptibles de ser inventariados por las entidades del Estado, de acuerdo al Anexo “A” que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Aprobar la modifi cación del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado: referente a la denominación de seis (06) tipos de bienes muebles, de acuerdo al Anexo “B” que forma parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- Aprobar la modifi cación del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado, referente al código de dieciséis (16) tipos de bienes muebles, de acuerdo al Anexo “C” que forma parte de la presente Resolución. Artículo 4º.- Aprobar la exclusión del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado de nueve (09) tipos de bienes muebles, de acuerdo al Anexo “D” que forma parte de la presente Resolución. Artículo 5º.- Disponer que los Anexos señalados en los Artículos 1º, 2º, 3º y 4º sean publicados únicamente en el Portal Electrónico de la SBN. Artículo 6º.- Disponer la aplicación y cumplimiento de la presente Resolución por todas las entidades del Estado, bajo responsabilidad de la Ofi cina General de Administración o la Ofi cina que haga sus veces. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCO SORIA PALACIOS Director de Gestión del Patrimonio Estatal 664986-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Aprueban trámite anticipado, inscriben el “Cuarto Programa de Emisión de Valores de Refinería La Pampilla S.A.A. - Instrumentos de Corto Plazo” y disponen registro del prospecto marco en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 41-2011-EF/94.06.3 Lima, 22 de junio de 2011