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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2011 (15/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de julio de 2011 446593 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa, el artículo 201 numeral 201.1 de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Sancionar a don: Jorge Luis Cruz Ramos Ex-Sub -Gerente de Personal con Cese Temporal Sin Goce de Remuneraciones por Seis (06) meses, por haberse encontrado responsabilidad de la falta de carácter disciplinaria tipifi cada en los incisos a) y d) del artículo 28º del Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, por no cumplir con la entrega de cargo tal como establece el artículo 191° del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-90-PCM, dicha sanción se hará efectiva a partir del día siguiente de notifi cado y/o publicado la presente resolución Artículo Segundo.- Rectifi car el sexto considerando de la Resolución de Alcaldía N° 198-2011-MDLP-ALC de fecha 30 de Mayo del 2011 en los siguientes términos dice que el artículo 174°, debe decir que el artículo 175°, declarar que quedan subsistentes los demás extremos de la citada resolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Sub Gerencia de Personal de esta comuna registre la presente Resolución en el legajo personal de la persona a que hace referencia el artículo primero de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que se notifi que la presente Resolución a la persona indicada en el artículo primero de manera personal o mediante publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- Remitir la presente Resolución y todo lo actuado a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 665688-1 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 249-2011-MDLP-ALC La Perla, 11 de julio del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA Visto, El Informe Nº 006-2011-CEPAD-MDLP de fecha, 08 de Julio del 2011 del Presidente de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios remite al Despacho de Alcaldía el Dictamen Nº 006-2011-CEPAD/ MDLP, donde se Recomienda sancionar a don: Alejandro Ausberto Márquez Gallo Ex-Sub -Gerente de Tesorería con Cese Temporal Sin Goce de Remuneraciones por seis (06) meses, por haberse encontrado responsabilidad de la falta de carácter disciplinaria tipifi cada en el inciso d) del artículo 28° del Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 199-2011- MDLP-ALC se resuelve Aperturar proceso administrativo disciplinario a don: Alejandro Ausberto Márquez Gallo Ex-Sub -Gerente de Tesorería por encontrarse incurso en Responsabilidad Administrativa conforme establece el artículo 28° inciso d) del Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público por no cumplir con la entrega de cargo tal como establece el Artículo 191º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM por los fundamentos expuestos en la presente Resolución; Que, de conformidad con el artículo 167° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM se ha cumplido con notifi car la Resolución de Alcaldía N° 199-2011-MDLP-ALC- de Apertura de Proceso Administrativo Disciplinario a don: Alejandro Ausberto Márquez Gallo Ex-Sub -Gerente de Tesorería ha sido notifi cado mediante publicación de fecha 02 de Junio en el Diario Ofi cial El Peruano la Resolución de Alcaldía N° 199-2011-MDLP-ALC, tal como consta en autos dentro del plazo previsto en el artículo 167° de la acotada norma legal; Que, don Alejandro Ausberto Márquez Gallo Ex-Sub - Gerente de Tesorería se le Apertura proceso administrativo disciplinario por encontrarse incurso en Responsabilidad Administrativa conforme establece el artículo 28° inciso d) del Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público por no cumplir con la entrega de cargo tal como establece el Artículo 191º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, habiéndose aceptado la renuncia presentada por don Alejandro Ausberto Márquez Gallo Sub-Gerente de Tesorería de la Municipalidad Distrital de la Perla mediante Resolución de Alcaldía N° 162-2010-MDLP-ALC- de fecha 10 de Junio del 2010, que mediante el Informe Nº 196-2010/ SGT-GA-MDLP, la Sub Gerencia de Tesorería informa a la Gerencia de Administración, que cuando asumo el cargo en esta Sub Gerencia de Tesorería, el día 11 de junio del 2010, el Sr. Alejandro Márquez Gallo Ex Sub Gerente de Tesorería, hace entrega del cargo mas no de los Diskette referido a las transferencias a los depósitos de las cuentas individuales de pago de los trabajadores personal estable, pensionistas, contratados administrativos de servicios cas y personal contratado por locación de servicios considerados en la planilla de los meses de enero hasta el mes de mayo del año 2010 y de los años anteriores, por lo tanto he solicitado mediante carta Nº 100-2010-SGT-GA/MDLP Notarialmente con fecha de recepción de la Notaria, día 07 de julio 2010, al Ex Sub Gerente de Tesorería dándole un plazo de 24 horas y no habiendo cumplido a la fecha se da por agotándose dicho plazo para la entrega de lo requerido; Que, don Alejandro Ausberto Márquez Gallo Ex-Sub -Gerente de Tesorería no ha presentado su descargo a pesar de haber sido debidamente notifi cado mediante publicación de la Resolución de apertura de proceso Administrativo en el Diario Ofi cial El Peruano en Normas Legales de fecha 02 de Junio del 2011 y no obstante haber sido debidamente notifi cado y haber transcurrido el plazo previsto en el artículo 169° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM Reglamento de la Carrera Administrativa el mencionado Ex - Funcionario no ha cumplido con presentar su descargo al proceso instaurado; Que, al no haber presentado sus descargos correspondientes y en consecuencia no haber desvirtuado los cargos materia del presente proceso don: Alejandro Ausberto Márquez Gallo Ex-Sub -Gerente de Tesorería lo que implica que ha dado por consentida las imputaciones formuladas en su contra; Que, el artículo 28° de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y del Sector Público aprobado mediante Decreto Legislativo N° 276 señala son faltas de carácter disciplinarias que según su gravedad pueden ser sancionadas con cese temporal o con destitución inciso d).- negligencia en el desempeño de sus funciones; Que, en cuanto a los criterios específi cos para la graduación de la sanción, el artículo 27° de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y del Sector Público aprobado mediante Decreto Legislativo N° 276 señala que los grados de sanción corresponden a la magnitud de las faltas, según su menor o mayor gravedad, sin embargo, su aplicación no será necesariamente correlativa ni automática, debiendo contemplarse en cada caso, no solo la naturaleza de la infracción sino también los antecedentes del servidor constituyendo, la reincidencia serio agravante la referida norma precisa que una falta será tanto más grave cuando más elevado sea el nivel del servidor que ha cometido; Que, el Artículo 150° del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo 005- 90-PCM, señala que se considera falta disciplinaria a toda acción u omisión, voluntaria o no, que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demás normatividad específi ca sobre los deberes de servidores y funcionarios, establecidos en el artículo 28 y otros de la Ley y el presente reglamento. La comisión de una falta da lugar a la aplicación de la sanción correspondiente; Que, el inciso c) del artículo 155° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM Reglamento de la Ley de la Carrera