Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2011 (04/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de junio de 2011

Dejan sin efecto la R.M. N° 2392009-TR en extremo referido al pago de compensacion economica a ex trabajador
RESOLUCION MINISTERIAL N° 156-2011-TR MORDAZA, 3 de junio de 2011 VISTOS: Los Informes Nº 154 y Nº 192 -2011-MTPE/2CCC, del Coordinador de Ceses Colectivos, de fecha 04 de MORDAZA del 2011 y 18 de MORDAZA del 2011 respectivamente y los Informes Nº 367 y Nº 482 -2011-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27803, se implementaron las recomendaciones derivadas de las Comisiones creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a MORDAZA de promocion de la inversion privada y en las entidades del Sector Publico y Gobiernos Locales; Que, el articulo 3º de la Ley indicada, senala que los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente podran optar de manera alternativa y excluyente por alguno de los siguientes beneficios: 1) Reincorporacion o reubicacion laboral, b) Jubilacion adelantada, c) Compensacion economica, d) Capacitacion y reconversion laboral; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 239-2009-TR, publicada el 22 de agosto del 2009, se autorizo el pago de la compensacion economica prevista en el articulo 3º de la Ley Nº 27803 para los ex trabajadores incluidos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente, conforme al listado de los Anexos 1 y 2 de la norma; Que, conforme ha senalado el Coordinador de Ceses Colectivos, en el Informe Nº 154-2011-MTPE/2- CCC, el ex trabajador MORDAZA Pena Pena figura en el listado anexo de la Resolucion Ministerial Nº 239-2009-TR, quien ha sido beneficiado con la reincorporacion laboral, beneficio senalado por la Ley como alternativo y excluyente, por lo cual, seria improcedente ejecutar el pago de dicha compensacion economica; Que, en consecuencia es necesario dejar sin efecto el pago de la compensacion economica autorizada por la Resolucion Ministerial Nº 239-2009-TR, respecto al senor MORDAZA Pena Pena; Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, de la Jefa de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Coordinador de Ceses Colectivos; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 239-2009-TR, publicada con fecha 22 de agosto del 2009, respecto al ex trabajador MORDAZA MORDAZA PENA. Articulo 2º.- Disponer que la presente Resolucion Ministerial, se notifique a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Oficina General de Administracion, para su conocimiento y fines. Articulo 3°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial, en la pagina Web del MORDAZA del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (www.mintra. gob.pe), en la misma fecha de su publicacion, siendo responsable de dicha accion la Oficina General de Estadistica y Tecnologia de la Informacion y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 649244-2

Delegan a Viceministra de Trabajo la facultad de suscribir actas de transferencia de recursos humanos y de entrega y recepcion de funciones y recursos a los Gobiernos Regionales de MORDAZA y Callao
RESOLUCION MINISTERIAL N° 157-2011-TR MORDAZA, 3 de junio de 2011 VISTO: El Memorandum N° 644-2011-MTPE/4 del 02 de junio de 2011, del Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 188º de la Constitucion Politica del Peru establece que la descentralizacion es una politica permanente del Estado, de caracter obligatorio, cuyo objetivo es el desarrollo integral del MORDAZA, precisando ademas que el MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, preve que las transferencias de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales comprenden el personal, el acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad o dominio de los bienes respectivos, anadiendo que las transferencias de recursos seran aprobadas por Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 0252007-PCM/SD se aprueba la Directiva Nº 006-2007PCM/SD "Normas para la Efectivizacion del MORDAZA de Transferencia del ano 2007 de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales", Directiva que prescribe, entre otros, que las Actas de Entrega y Recepcion es el documento mediante el cual los Titulares de Pliego de los Sectores y de los Gobiernos Regionales, o quienes estos designen, efectivizan la transferencia de las funciones sectoriales y de los recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario, vinculados a estas; tiene efecto y fuerza legal, al dar cumplimiento a la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, citada precedentemente; Que, mediante Decreto Supremo N° 040-2010-PCM, se aprueba el Reglamento para la Transferencia de Recursos Humanos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales, senalando en su numeral 4.2 que concluida la elaboracion del Acta de Transferencia y habiendo arribado a acuerdos satisfactorios, esta sera suscrita por los titulares de la entidad de origen (gobierno nacional) y la entidad de destino (gobierno regional o gobierno local) o quienes hayan sido designados como sus representantes mediante Resolucion correspondiente. Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2011-PCM se establece que los Ministros de Estado, en un plazo de cuarentaicinco (45) dias calendario, deben culminar las transferencias de funciones a los Gobiernos Regionales y Locales, correspondiendo al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo culminar la transferencia de 42 funciones a los Gobiernos Regionales de Callao, MORDAZA y MORDAZA Metropolitana; Que, el articulo 72° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los titulares de los organos administrativos pueden delegar mediante comunicacion escrita, la firma de actos y decisiones de su competencia en sus inmediatos subalternos, o a los titulares de los organos o unidades administrativas que de ellos dependan, salvo en caso de resoluciones de procedimientos sancionadores, o aquellas que agoten la via administrativa;

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