Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2011 (04/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de junio de 2011

Articulo 1º.- Aprobar el monto correspondiente a la Subvencion establecida por Decreto Supremo N° 0162008-ED, a favor de MORDAZA MORDAZA Montanes, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Angles MORDAZA, ganadores de las medallas de oro y plata en la 49° Olimpiada Internacional de Matematicas, hasta por la suma de S/. 57,480.00, correspondiendo el importe de S/.14,370.00 por cada estudiante, monto que sera distribuido durante el tiempo de duracion de sus estudios universitarios, en la forma y oportunidad establecida por el Ministerio de Educacion. Articulo 2°.- La ejecutabilidad de las subvenciones esta sujeta al ingreso de los estudiantes beneficiarios en una Universidad Publica, caso contrario, quedara automaticamente cancelada la referida subvencion. Articulo 3°.- El Ministerio de Educacion a propuesta de la Oficina de Becas y Credito Educativo, dictara la Directiva y normas que se requieran para la adecuada aplicacion de lo aprobado en la presente Resolucion Suprema. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 649311-12

JUSTICIA
Disponen acciones para facilitar transferencia de terreno a favor de beneficiarios consignados en el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2006JUS
DECRETO SUPREMO N° 005-2011-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-JUS se creo la Comision Especial de Asistencia a los Indultados Inocentes (CEAII), la misma que se encargo de disenar y poner en practica un Programa Integral de Reparaciones No Dinerarias a favor de los beneficiarios de las Leyes Nº 26655 y Nº 27234, asi como de los familiares de estos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-JUS se conformo la Comision Especial de Trabajo Interinstitucional para el seguimiento de las recomendaciones de la Comision Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), contenidas en el comunicado conjunto suscrito con el Estado Peruano, el 22 de febrero de 2001, a la cual se le encargo realizar el seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones efectuadas por la CIDH y disenar un Programa Integral de Reparaciones No Dinerarias a favor de las victimas y/o familiares de las victimas a que se hace referencia en los informes de la referida comision; Que, a partir de los Informes Finales de MORDAZA comisiones, se establecio un Programa Integral de Reparaciones No Dinerarias en materia de vivienda, salud, educacion, entre otras, y se acordo el otorgamiento de viviendas a favor de los beneficiarios del Decreto Supremo Nº 002-2002-JUS y del Decreto Supremo Nº 005-2002-JUS, como forma de reparacion; Que, en cuanto al programa de vivienda, mediante Resolucion Nº 003-2003/SBN-GOJAD, la Jefatura de Adjudicaciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales aprobo la transferencia patrimonial predial

interestatal a titulo gratuito a favor del Ministerio de Justicia, del terreno constituido por el Sub Lote N° 1 ubicado en la Avenida Central, localidad de Huachipa, distrito de Lurigancho, inscrito en la Partida Nº 42960292 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA de la Oficina Registral MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), a fin que se destine a la construccion de viviendas a favor de los beneficiarios a los que aluden los Decretos Supremos Nº 002-2002-JUS y Nº 005-2002-JUS; Que, el valor del terreno senalado fue fijado por la Superintendencia de Bienes Nacionales y el Ministerio de Justicia en un MORDAZA sol, segun la clausula decimo primera del Contrato N° 017-2003/SBN-GO suscrito por MORDAZA partes el 8 de MORDAZA del 2003; Que, mediante Decreto Supremo N° 014-2006-JUS, se autorizo al Ministerio de Justicia, en representacion del Estado Peruano, a adoptar las acciones necesarias para efectuar la transferencia a titulo gratuito del Sub Lote 1-A que resulto de la subdivision e independizacion del referido Sub Lote Nº 01, y que figura inscrito en la Partida Nº 12168463 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA de la Oficina Registral MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), a favor de los beneficiarios a los que se refiere el Decreto Supremo Nº 002-2002-JUS, que conforman la Asociacion de Vivienda MORDAZA Lanssier, cuya relacion se detalla en el Anexo 1 del Decreto Supremo N° 014-2006JUS; Que, asimismo, se ha identificado la existencia de diversos procesos judiciales y la posibilidad de existencia de procesos ante instancias supranacionales interpuestos por algunos de los beneficiarios a los que se refieren el Decreto Supremo Nº 002-2002-JUS y el Decreto Supremo N° 014-2006-JUS, a efectos de obtener un beneficio economico; Que, la situacion senalada en el considerando anterior obliga al Estado peruano a adoptar las medidas correspondientes destinadas a no generar una duplicidad de beneficios economicos o una duplicidad de beneficios que MORDAZA valorizables economicamente, destinada a la indemnizacion o reparacion que pudiera corresponderles como resultado de los procesos anteriormente mencionados; Que, por otra parte deben regularse los casos de aquellos beneficiarios que hubieren fallecido, de tal modo que se defina a quienes corresponde el ejercicio del derecho que les habria correspondido; Que, los beneficiarios a los que se refiere el Decreto Supremo Nº 002-2002-JUS, que han conformado la Asociacion de Vivienda MORDAZA Lanssier, a traves de MORDAZA han manifestado su voluntad de asumir los costos de la inscripcion de la propiedad ante los Registros Publicos, asi como los tramites que pudieran encontrarse pendientes, adoptando las medidas de seguridad que MORDAZA requeridas por la normativa municipal y nacional aplicable en materia de habilitacion MORDAZA, zonificacion y seguridad, todo ello a fin de dotar de seguridad fisica y juridica al terreno MORDAZA descrito; Que, mediante escrito presentado el 29 de enero de 2010, la Asociacion de Vivienda MORDAZA Lanssier reitero su solicitud para incorporar dentro de los alcances de los Decretos Supremos N° 002-2002-JUS y 014-2006JUS, a treinta y cuatro (34) personas que habrian sido consideradas indultadas inocentes de acuerdo a las Resoluciones Supremas emitidas al respecto, para que de esta manera ellas puedan tambien acceder al beneficio de la transferencia del terreno que compone el mencionado Sub Lote N° 1-A; Que, mediante Oficio N° 117-2011-JUS/VM, el Ministerio de Justicia remitio a la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la Reconciliacion Nacional ­ CMAN, de la Presidencia del Consejo de Ministros, el original del escrito presentado el 29 de enero de 2010 por la Asociacion de Vivienda MORDAZA Lanssier, a fin que de acuerdo a sus atribuciones, proceda a identificar, validar y determinar la condicion efectiva de beneficiarios de los treinta y cuatro (34) integrantes del listado remitido por la Asociacion de Vivienda MORDAZA Lanssier; Que, mediante Oficio N° 201-2011-PCM-CMAN, la CMAN senalo que en el caso de los beneficiarios a que

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