Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2011 (04/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

443844

NORMAS LEGALES
ANEXO I

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de junio de 2011

Cuadro de tipificacion, multas y medidas preventivas aplicables a las infracciones al MORDAZA terrestre I. CONDUCTORES CODIGO (...) G. (...) G.31 GRAVES En las vias publicas urbanas, circular en la noche o cuando la luz natural sea insuficiente o cuando las condiciones de visibilidad MORDAZA escasas, sin tener encendido el sistema de luces reglamentarias; o en la red vial nacional y departamental o regional, circular sin tener las luces bajas encendidas durante las veinticuatro (24) horas. Grave Multa 8% UIT 20 INFRACCION CALIFICACION SANCION PUNTOS QUE MEDIDA RESPONSABILIDAD ACUMULA PREVENTIVA SOLIDARIA DEL PROPIETARIO

(...)" Articulo 2º.- Campanas de difusion Establezcase un plazo de sesenta (60) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Decreto Supremo, con la finalidad de que las autoridades competentes efectuen la publicidad de las disposiciones contenidas en la presente MORDAZA y permitan su cumplimiento. Asimismo, durante el plazo MORDAZA senalado, las papeletas que se levanten en la red vial nacional y departamental o regional en horario diurno, por la infraccion tipificada con codigo G.31 del Anexo I: Cuadro de Tipificacion, Multas y Medidas Preventivas aplicables a las Infracciones al MORDAZA Terrestre del Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA - Codigo de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 0162009-MTC y modificatorias, solamente tendran efectos educativos. Articulo 3º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de junio del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 649311-5 asimismo, se faculto al Director General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a expedir una Cedula de Cesantia a favor de la citada persona; Que, a traves de la Resolucion Directoral No. 1265-72TC/pe de fecha 26 de junio de 1972, se expidio una Cedula de Cesantia a favor del senor Zozimo MORDAZA Reyes; Que, mediante Oficio No. 211-2011-ENAPU S.A./ GRRHH, el Gerente de Recursos Humanos de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., comunico a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Pineda; MORDAZA del Sr. MORDAZA MORDAZA Reyes; que a fin de proseguir con el tramite de reconocimiento de su Pension de Sobrevivencia - Viudez y el pago de la Asignacion por Gastos de Sepelio por el fallecimiento del citado ex - pensionista, es necesario tramitar la rectificacion del error material incurrido en la Resolucion Directoral No. 1265-72-TC/pe de fecha 26 de junio de 1972, respecto al nombre de su conyuge, donde aparece como "ZOZIMO", en lugar de "ZOSIMO"; Que, mediante escrito presentado con P/D No. 020092, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA solicito efectuar la rectificacion de la Resolucion Directoral No. 1265-72-TC/pe de fecha 26 de junio de 1972, a fin de corregir el nombre de su esposo, consignado como Zozimo MORDAZA MORDAZA, en lugar de MORDAZA MORDAZA Reyes; para tales efectos cumplio con presentar MORDAZA fedateada del Documento Nacional de Identidad del ex - pensionista, asi como MORDAZA certificada de su Partida de Nacimiento - debidamente rectificada - y MORDAZA autenticada del Acta de Matrimonio, tambien rectificada, que acredita el vinculo conyugal de la solicitante con el senor MORDAZA MORDAZA Reyes; Que, a traves del Informe No. 018-2011-MTC/10.07, la Oficina de Personal de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones senalo que resulta necesario proceder con la rectificacion de la Resolucion Suprema No. 0341-72-TC/pe de fecha 14 de junio de 1972, considerando que de acuerdo al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, en el Documento Nacional de Identidad DNI No. 06475088 y en la Partida de Nacimiento No. 429 emitida por la Municipalidad Provincial del Callao, se evidencia que al referido ex - pensionista, se le identificaba como MORDAZA MORDAZA Reyes; por lo que en aplicacion del articulo 25 del Codigo Civil que dispone que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los registros de estado civil, debe considerarse como el nombre correcto del ex - pensionista: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para todos sus efectos administrativos; Que, asimismo, a solicitud de la Oficina de Personal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la conyuge recurrente ha presentado el Acta de Matrimonio expedida por la Municipalidad Provincial del Callao, en la que consta que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contrajeron matrimonio el dia 10 de marzo de 1944 y el Acta de Defuncion expedida por la RENIEC, en la que consta que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fallecio el 27 de diciembre de 2010;

Resolucion Suprema que rectifica la Resolucion Suprema N° 0341-72-TC/ PE
RESOLUCION SUPREMA N° 018-2011-MTC MORDAZA, 3 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema No. 0341-72-TC/ pe de fecha 14 de junio de 1972, se reconocio a favor del senor Zozimo MORDAZA MORDAZA, ex - oficial 5º del Terminal Maritimo del Callao, dependencia de la Empresa Nacional de Puertos (ENAPU-PERU), un total de treinta y un (31) anos, diez (10) meses y ocho (08) dias de servicios que ha prestado a la Nacion, hasta el 31 de diciembre de 1969;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.