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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de junio de 2011 443820 AMBIENTE Designan Asesor de la Alta Dirección del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 116-2011-MINAM Lima, 3 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se aprobó la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; Que, de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, la Alta Dirección del Ministerio del Ambiente cuenta con un Gabinete de Asesoramiento especializado para la conducción estratégica de las políticas a su cargo, para la coordinación con el Poder Ejecutivo y Legislativo y para el cumplimiento de sus funciones; Que, en ese sentido, se ha visto por conveniente designar a un profesional que asuma las funciones de Asesor de la Alta Dirección del Ministerio del Ambiente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594; Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar con efectividad al 1° de junio de 2011, al biólogo Santiago Hilarión Pastor Soplin como Asesor de la Alta Dirección del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 649072-1 CULTURA Disponen que el Grupo de Trabajo Ministerial a cargo de la implementación de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo en el Ministerio de Cultura elabore las matrices de delimitación de competencias y distribución de funciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 184-2011-MC Lima, 2 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 032-2011-MC se conformó el Grupo de Trabajo Ministerial a cargo de la implementación de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo en el Ministerio de Cultura, la misma que, entre otras actividades a su cargo, identifi car los procedimientos administrativos esenciales del Ministerio y elaborar la matriz de delimitación de competencias y asignación de funciones en los tres niveles de gobierno; Que, de acuerdo a lo establecido en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Decreto Supremo Nº 001-2011-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, las matrices de delimitación de competencias y distribución de funciones del Ministerio de Cultura, serán aprobadas en un plazo que no excederá de ciento ochenta (180) días calendario posteriores a la aprobación del presente Decreto Supremo, sobre la base de los lineamientos establecidos en la Directiva 003-2008-PCM/SGP aprobada por Resolución Ministerial Nº 188-2008-PCM y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 049-2009-PCM; Que, en tal sentido, se ha visto por conveniente precisar las actividades asignadas al citado Grupo de Trabajo Ministerial, considerando lo señalado en el párrafo precedente; De conformidad con la Ley Nº 29158, la Ley Nº 29565 y el Decreto Supremo Nº 001-2011-MC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer que el Grupo de Trabajo Ministerial a cargo de la implementación de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo en el Ministerio de Cultura conformado mediante Resolución Ministerial Nº 032- 2011-MC, elabore en un plazo de ciento veinte (120) días calendario las matrices de delimitación de competencias y distribución de funciones del Ministerio de Cultura, a fi n de cumplir con el plazo de aprobación establecido en la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 001-2011-MC. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN OSSIO ACUÑA Ministro de Cultura 648990-1 Declaran patrimonio cultural de la Nación a diversos monumentos arqueológicos prehispánicos RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 595-2011-VMPCIC-MC Lima, 13 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 459-2010-SDIC-DA- DREPH/MC de fecha 26 de junio de 2010, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología concluye que los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos delimitados en el marco del “Proyecto de evaluación arqueológica con excavaciones restringidas con fi nes de delimitación en el sector Minas Conga II” a cargo del Lic. Marco Antonio Rodríguez Eustaquio, con R.N.A. Nº AR-0301, no presentan observaciones; Que, mediante Informe Nº 1043-2010-GHN/SDSP/ DA/DREPH/MC de fecha 27 de diciembre de 2010, la Sub Dirección de Supervisión y Peritaje de la Dirección de Arqueología recomienda se declaren patrimonio cultural de la Nación los monumentos arqueológicos prehispánicos delimitados en el marco del precitado proyecto de evaluación arqueológica; Que, mediante Acuerdo Nº 323-2010/MC de fecha 29 de diciembre de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó, entre otros, recomendar a la Alta Dirección del Ministerio de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nación y aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los siguientes monumentos arqueológicos prehispánicos: Pajuela, Cueva Las Mercedes, Monte Redondo, Monte Redondo Oeste y Lindero, ubicados en el distrito de Huasmín, provincia de Celendín, departamento de Cajamarca; Huamanga, Farallón Peña Blanca y El Abrigo, Peña Blanca 1 y Peña Blanca 2, Peña Blanca 3, Peña Blanca 4, Farallón y Peña Blanca 5, La Cueva y Agua Blanca, ubicados en el distrito de Sorochuco, provincia de Celendín, departamento de Cajamarca; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, declara de interés social