TEXTO PAGINA: 12
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de junio de 2011 443824 Departamento Ayacucho Provincia La Mar Nombre del paisaje cultural arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Terrazas de Cochas Sector A Sector B San Miguel 619775.5647 619803.3656 8559253.7659 8559182.4294 619558.4504 619580.0703 8558896.7814 8558814.9418 Departamento Ayacucho Provincia Huamanga Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Huamani Moqo Sector A Sector B Chiara 576832.2912 576812.6458 8530769.4193 8530649.9915 576611.4673 576586.9729 8530417.2352 8530284.2438 Qasa Corral Sector A Sector B Vinchos 575223.3874 575040.4027 8530680.5696 8530524.6942 575100.3332 574813.2562 8530265.1168 8530148.2202 Chaupi Qasa Sector A Sector B Vinchos 574132.9366 574029.0383 8530988.3878 8530946.9723 573893.4557 573818.5191 8530630.5423 8530583.7107 Occollo II Sector A Sector B Vinchos 549540.4295 549596.3330 8531594.3158 8531528.4504 549315.1423 549390.9512 8531229.2222 8531173.4884 Paccha Sector A Sector B Vinchos 548044.5824 548091.4715 8531415.2479 8531368.6015 547810.0037 547867.0956 8531053.8164 8531002.1695 Departamento Ayacucho Provincia Huamanga Nombre del elemento arqueológico aislado Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Occollo I Sector A Sector B Vinchos 550655.2214 550673.5589 8531807.1622 8531769.9268 550433.9059 550448.9038 8531441.3574 8531403.4811 Artículo 2º.- Aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los siguientes monumentos arqueológicos prehispánicos, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros que a continuación se consignan: Nombre del monumento arqueológico prehispánico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Perímetro (m) Terrazas de Cochas Sector A Sector B 1 – 1 y 1 – 2 1 – 1 y 1 – 2 6,538.04 6,782.09 529.69 410.87 Huamani Moqo Sector A Sector B 2 – 1 y 2 – 2 2 – 1 y 2 – 2 34,466.03 10,281.90 736.20 517.61 Qasa Corral Sector A Sector B 3 – 1 y 3 – 2 3 – 1 y 3 – 2 315,125.05 185,742.99 3,850.82 4,253.53 Chaupi Qasa Sector A Sector B 4 – 1 y 4 – 2 4 – 1 y 4 – 2 12,129.83 14,160.54 562.64 570.06 Occollo I Sector A Sector B 5 – 1 y 5 – 2 5 – 1 y 5 – 2 307.52 108.53 123.06 84.07 Occollo II Sector A Sector B 6 – 1 y 6 – 2 6 – 1 y 6 – 2 2,991.97 5,752.15 235.90 462.64 Paccha Sector A Sector B 7 – 1 y 7 – 2 7 – 1 y 7 – 2 10,243.50 221.46 465.70 73.25 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el Artículo 1º y de los planos señalados en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 5º.- Remitir copia fedateada de la presente resolución a los propietarios, a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BERNARDO ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 648418-4 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 610-2011-VMPCIC-MC Lima, 13 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 915-2011-SDIC-DA- DREPH/MC de fecha 15 de abril de 2011, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología concluye que los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos delimitados en el marco del “Proyecto de Rescate Arqueológico de una Franja para una Tubería y el Extremo Sur del Sitio Huaylillas Este 1; y un Camino de Acceso por el Sitio Abra Huaylillas Sur”, a cargo del Lic. Juan Domingo Mogrovejo Rosales con R.N.A. DM-9517, no presentan observaciones; Que, mediante Acuerdo Nº 400 de fecha 05 de mayo de 2011, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó, entre otros, recomendar a la Alta Dirección del Ministerio de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nación y aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los monumentos arqueológicos prehispánicos Huaylillas Este 1, Ccalauta, Sajjra y Abra Huaylillas Sur, ubicados en el distrito de Palca, provincia y departamento de Tacna; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, declara de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público. Asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decretó la fusión en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorción, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo proceso concluyó el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nación, material e inmaterial; Que, el literal a) del Artículo 14º de la Ley Nº 29565 señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional”; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 057- 2010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se precisó la autorización otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolución Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitación y resolución de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondía a la Dirección Nacional del Instituto Nacional