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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de junio de 2011 445142 Institucional, como actividad o proyecto según corresponda. La Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, en calidad de integrante del Sistema Nacional de Inversión Publica-SNIP, evaluará la viabilidad de los Proyectos dentro de su marco normativo. 2.3. Formulación de Acuerdos y Compromisos. El Equipo Técnico Elabora el Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo, el equipo técnico y los agentes participantes realizaran la aprobación respectiva del Presupuesto Participativo y suscribirán dicha acta de Acuerdos y Compromisos. 3. COORDINACIÓN 3.1. Articulación de Políticas y proyectos entre los niveles de Gobierno. Deberán efectuarse las coordinaciones necesarias para concertar esfuerzos para defi nir los niveles de intervención en materia de inversión entre los niveles de Gobierno. 4. FORMALIZACIÓN Comprende la inclusión de los Proyectos Priorizados en el Presupuesto Institucional de Apertura del ejercicio 2012, así como la rendición de cuentas. 4.1. Rendición de Cuenta. En este punto, el Alcalde de La Municipalidad Distrital de La Carmen de la Legua informa a los agentes participantes el cumplimiento de los acuerdos tomados en el Proceso Participativo del año anterior, asimismo en forma general informara respecto a los resultados de su gestión en el año anterior y el nivel de avance en la ejecución del presupuesto del año en curso, tanto como al nivel de actividades como de proyectos, así como el logro de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado. Asimismo el Equipo Técnico Elaborará un Resumen ejecutivo conteniendo la información básica, dicho documento es de carácter Público, y deberá ser publica en la Página Web de la Institución. Articulo 10º.- Comité de Vigilancia y Control* El comité de vigilancia y control esta constituido por cuatro agentes participantes de la sociedad civil, son elegidos al inicio del proceso y fi naliza su función en diciembre del año siguiente. Los requisitos para ser elegidos, así como las funciones de los miembros del comité de vigilancia se encuentran estipulados en el instructivo Nº 001-2010-/EF.76.01 aprobado mediante R.D. Nº 007-2010 EF/76.01. TÍTULO VI REGISTRO Y ACREDITACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Artículo 11º.- Las organizaciones de La Sociedad Civil, interesadas en participar en el proceso del Presupuesto Participativo 2009, deberán acreditar un Delegado Participante y registrarse en el Libro de Agentes Participantes que tenga aperturado La Municipalidad, con los siguientes requisitos: Como Agentes Participantes: a) Solicitud de registro. b) Copia autenticada del Acta de Asamblea donde se designa 01 delegado participante, debidamente fi rmado por los asistentes. c) Copia del DNI, del delegado participante. d) Documento vigente de reconocimiento de la organización, entre otros: copia simple de Inscripción en Registros Públicos, Resolución de Alcaldía, u otro documento similar. Artículo 12º.- Las Entidades del Gobierno Nacional, El Gobierno Regional del Callao, y la Municipalidad Provincial para participar, deberán acreditar un representante, mediante documento ofi cial. TÍTULO VII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Cualquier situación no prevista en el presente Reglamento, será resuelta por el Equipo Técnico, en conformidad con los dispositivos legales vigentes. Segunda.- Encargar al Equipo Técnico, la Programación y Desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Tercera.- El Gerente Municipal queda encargado del cumplimiento de los fi nes y objetivos de la presente Ordenanza. Cuarta.- Aprobar el Cronograma de Acciones, con fechas máximas, contenidas en el anexo Nº 01, que forma parte de la presente Ordenanza. Quinta.- Encargar a La Gerencia de Secretaria General, la Publicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DANIEL A. LECCA RUBIO Alcalde 655875-1 Establecen beneficios sobre incentivos de deudas tributarias en la jurisdicción del distrito ORDENANZA Nº 006-2011-MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 17 de Junio del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSO POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de junio del 2011, el Proveído s/n de fecha 16-06-2011, de la Gerencia Municipal, el informe Nº 0024-2011-GAT/ MDCLR, de fecha 11 de Junio del 2011 de la Gerencia de Administración Tributaria, y contando con Opinión Legal favorable mediante el Informe Nº 0492-2011-GAL/MDCLR, de fecha 16 junio del 2011 de la Gerencia de Asesoría Legal, sobre aprobación de Proyecto de Ordenanza Municipal que establece el Régimen de Benefi cios sobre Incentivos de Deudas Tributarias en la Jurisdicción de Carmen de la Legua - Reynoso, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º reconoce a los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y el inciso 4) del Artículo 195º del mismo ordenamiento jurídico faculta a los Gobiernos Locales, crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos Municipales; Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, establece que la deuda tributaria solo podrá ser condonado por norma expresa con rango de Ley; Excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administran, en el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en su artículo 40º faculta a las Municipalidades a que mediante Ordenanza puedan crear, modifi car y suprimir