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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (22/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de junio de 2011 445137 colocación de anuncios publicitarios, originando con ello el debilitamiento de las estructuras de los postes que en algunos casos no cumplen con la altura reglamentaria e incluso podrían colapsar y/o generar posibles cortos circuitos. Estos hechos conforme lo manifestado por la Subgerencia de Defensa Civil hacen que el Damero de La Parada sea una zona vulnerable de cualquier siniestro debido a la existencia de peligro; Que, por Informe Nº 136-2011-SGCIM-GDE/MLV, de fecha 16 de junio de 2011, la Subgerencia de Comercio Informal y Mercados recomienda a la Gerencia de Desarrollo Económico, a mérito del informe de la Subgerencia de Defensa Civil, se emita y difunda un dispositivo legal que declare el ordenamiento del área que comprende el Damero de la Parada; Que, mediante Memorándum Nº 327-2011-GDE-MDLV, de fecha 17 de junio de 2011, la Gerencia de Desarrollo Económico y la Subgerencia de Comercio Informal y Mercados solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica se emita el dispositivo legal para disponer el ordenamiento del área que comprende el Damero de la Parada del distrito de La Victoria, cuyo cuadrante está comprendido por las avenidas Aviación (cdra. 1 hasta la cdra. 10), 28 de Julio (cdra. 28 hasta la cdra. 31), San Pablo (cdra. 1 hasta la cdra. 9) y México (cdra. 17 y cdra.18) y sugiere se evalúe la posibilidad de suspender el cobro por concepto de recojo de residuos sólidos; Que, en el marco de todo lo expuesto, y considerando los informes técnicos de la Sub Gerencia de Defensa Civil y Sub Gerencia de Comercio Informal y Mercados, así como la existencia de una situación de riesgo para los propios comerciantes, ciudadanos del distrito de La Victoria y demás transeúntes, resulta necesario emitir y difundir el dispositivo legal que declare el ordenamiento del área que comprende el Damero de la Parada del distrito de La Victoria, y consecuentemente, la suspensión del cobro por concepto de recojo de residuos sólidos y estacionamiento vehicular temporal, en aras de salvaguardar la seguridad y el orden público; Estando a los fundamentos expuestos, y tomando en cuenta lo establecido en las Ordenanzas Nº 116-2010/MLV y Nº 092-2009/MLV respecto a los arbitrios municipales, contando con la visación de la Gerencia de Desarrollo Económico, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Desarrollo Urbano y de las Subgerencias de Comercio Informal y Mercados y de Defensa Civil, y en uso de las facultades conferidas en los artículos 42º y 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Disponer excepcionalmente el ordenamiento del Damero de La Parada que comprende las Avenidas 28 de Julio (incluidas las cuadras 30 y 31), México, San Pablo y Aviación (estas dos últimas en sus dos frentes), por un plazo de treinta (30) días, pudiendo ser prorrogado conforme al desarrollo del indicado ordenamiento. Artículo Segundo.- Suspender temporalmente y de manera excepcional el cobro del servicio de recojo de residuos sólidos proveniente del comercio informal y del estacionamiento vehicular temporal en el Damero de La Parada antes delimitado, por el plazo señalado en el artículo precedente. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano, encargándose a la Subgerencia de Tecnología de la Información la publicación del mismo en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a las Gerencias de Desarrollo Económico, de Desarrollo Urbano, de Fiscalización y Control, de Rentas y demás áreas pertinentes, de acuerdo a sus funciones. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 656168-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Disponen embanderamiento general de inmuebles del distrito por Aniversario de la Creación Política y de la Independencia del Perú DECRETO DE ALCALDÍA N° 001-2011-MDMM Magdalena del Mar, 10 de junio de 2011 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR CONSIDERANDO: Que, el 1 de julio de este año se celebra el 139º Aniversario de la Creación Política del distrito de Magdalena del Mar. Asimismo, en dicho mes se celebra el 190º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, cuya fecha central es el 28 de Julio; Que, es política de la actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos trascendentes con el propósito de reafi rmar nuestra conciencia cívica, así como los sentimientos de identidad nacional, fomentando la realización de actividades simbólicas tradicionales como es el embanderamiento de todos los inmuebles del distrito de Magdalena del Mar; En uso de las facultades conferidas por el artículo 20° Inciso 6) y el artículo 42° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL DE TODOS LOS INMUEBLES DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR, ya sean éstos viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas, a partir del día siguiente de la publicación de la presente disposición hasta el 31 de Julio del 2011, como acto cívico por conmemorarse el 139º Aniversario de la Creación Política de nuestro distrito, así como, el 190º Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo 2º.- DISPÓNGASE que todos los inmuebles del distrito, estén debidamente presentados, con la limpieza adecuada, recomendándose para este efecto el pintado de sus fachadas. Artículo 3º.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, dará lugar a las sanciones correspondientes. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 656180-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Instauran proceso administrativo disciplinario a ex Secretario General de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0832-2011-MDS Surquillo, 21 de junio de 2011