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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (22/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de junio de 2011 445127 Autorizan a EDPYMES Proempresa S.A. apertura de agencia ubicada en el distrito de Villa El Salvador RESOLUCIÓN SBS Nº 6878–2011 Lima, 14 de junio de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por EDPYMES Proempresa S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una agencia ubicada en el distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión de Directorio de fecha 15 de marzo de 2011 se aprobó la apertura de la referida agencia; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de ofi cinas, conforme lo establece el Procedimiento 11º del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente ; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, por la Resolución SBS Nº 775- 2008, y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la EDPYMES Proempresa S.A. la apertura de una (01) agencia ubicada en el Pueblo Joven Villa El Salvador Mz. N, Lote 10, Grupo Residencial 7, Sector Tercero, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÀRATE Intendente General de Microfi nanzas 655560-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Declaran fundada en parte demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra la Ordenanza Municipal Nº 06- 2009-MPJ mediante la cual se aprobó el Reglamento de Tránsito de la Provincia de Jaén EXPEDIENTE Nº 00027-2010-PI/TC Expediente Nº 00027-2010-PI/TC LIMA Presidente de la República SENTENCIA DEL PLENO JURISDICCIONAL DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEL PERÚ DEL 23 DE MAYO DE 2011 PROCESO DE INCONSTITUCIONALIDAD Presidente de la República contra la Ordenanza Municipal N.º 06-2009-MPJ Síntesis Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, en representación del Presidente de la República, contra la Ordenanza Municipal N.º 06-2009-MPJ. Magistrados fi rmantes MESÍA RAMÍREZ ÁLVAREZ MIRANDA BEAUMONT CALLIRGOS CALLE HAYEN ETO CRUZ URVIOLA HANI SUMARIO I. ASUNTO II. DISPOSICIONES CUESTIONADAS III. ANTECEDENTES §1. Argumentos de la demanda §2. Argumentos de la contestación de la demanda. IV. FUNDAMENTOS V. FALLO Expediente Nº 00027-2010-PI/TC LIMA Presidente de la República SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima (Arequipa), a los 23 días del mes de mayo de 2011, el Tribunal Constitucional en sesión de Pleno Jurisdiccional, con la asistencia de los magistrados Mesía Ramírez, Presidente; Álvarez Miranda, Vicepresidente; Beaumont Callirgos, Calle Hayen, Eto Cruz y Urviola Hani, pronuncia la siguiente sentencia I. ASUNTO Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, en representación del Presidente de la República, contra la Ordenanza Municipal N.º 06-2009-MPJ, publicada el 11 de noviembre de 2009. II. DISPOSICIONES CUESTIONADAS ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA NORMAS COMPLEMENTARIAS AL NUEVO REGLAMENTO NACIONAL DE TRÁNSITO ORDENANZA MUNICIPAL N.º 06-2009-MPJ El Concejo Municipal de Jaén POR CUANTO: Que de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N.º 27972 y estando a lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por ley de Reforma constitucional del Capítulo XIV del Título IV Sobre descentralización –Ley N.º 27680; la ley de Base de la Descentralización- Ley N.º 27783; y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Al artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV Sobre descentralización – Ley N.º 27680,