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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de junio de 2011 445367 DEFENSA Autorizan viaje de Oficiales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para participar en la XVI Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de Perú y Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA N° 268-2011-DE/ Lima, 25 de junio de 2011 Vista, la Carta de fecha 02 de mayo de 2011, del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de Ecuador. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta del Visto, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de Ecuador, hace extensiva la invitación a los Ofi ciales integrantes de la delegación del Perú, para participar en la XVI Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de Perú y Ecuador, a realizarse en la ciudad de Quito - Ecuador, del 10 al 15 de julio de 2011; Que, de acuerdo con el Artículo 5° del Reglamento para las Rondas de Conversaciones entre los Jefes de Estado Mayor del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y los Jefes de Estado Mayor General del Ejército, Marina y Aviación del Perú, y los Jefes de Estado Mayor del Ejército, Marina y Aviación del Ecuador, la Delegación Ofi cial de las Fuerzas Armadas del Perú debe estar constituida, entre otros, por el Jefe del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, Jefes de los Estados Mayores Generales del Ejército, Marina y Fuerza Aérea del Perú, asimismo, en el Artículo 3° del Anexo N° 1 de dicho Reglamento, señala que el Grupo de Trabajo estará integrado por un Ofi cial del grado de Coronel o su equivalente (Secretario Permanente) representante del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, un Ofi cial del Grado de Coronel o su equivalente, representantes de cada una de las Instituciones Armadas y un Secretario de Actas; Que, es conveniente por ser interés del Estado asegurar la permanencia y continuidad de las Rondas de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de Perú y Ecuador, teniendo por fi nalidad el fomento de la confi anza mutua y el desarrollo de una concepción de seguridad integral, dentro de un marco regional sudamericano, que propicie una estrecha amistad y creciente cooperación entre ambas naciones, en tal sentido es menester que Ofi ciales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, integrantes de la Delegación Peruana, participen en la referida XVI Ronda de Conversaciones; Que, el viaje antes citado se encuentra incluido en el rubro 5.- Medidas de Confi anza Mutua, item 52 del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa Año Fiscal 2011, aprobado por Resolución Suprema N° 015-2011-DE/SG de fecha 13 de enero de 2011, modifi cado con Resolución Suprema N° 135-2011- DE de fecha 12 de abril de 2011; Que, la presente autorización de viaje considera dos días adicionales al previsto para la duración del evento: tiempo que se autoriza en forma adicional a efectos del traslado de los Ofi ciales comisionados a la sede del evento y su retorno al país, pero que no generará mayor gasto al aprobado en el Plan de Comisiones al Exterior antes referido, con expresa aceptación de los participantes: De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 - Normas reglamentarias sobre las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos: y el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; y, Estando a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a los Ofi ciales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, que a continuación se indican, integrantes de la Delegación Peruana, para participar en la XVI Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de Perú y Ecuador, a realizarse en la ciudad de Quito - Ecuador, del 10 al 15 de julio de 2011: - General de Ejército Luis Ricardo HOWELL Ballena - Teniente General FAP Jaime Marín FIGUEROA Olivos - General de Brigada Germán José GONZÁLES Doimi - Coronel EP Orlando BERRÚ Marreros Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan para el personal designado, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo: (Lima - Quito (Ecuador) - Lima) US$. 597.00 x 4 Ofi ciales (Incluye TUUA) US$. 2.388,00 Viáticos: USS. 200.00 x 04 días x 4 Ofi ciales US$. 3.200,00 Total: US$. 5.588,00 Artículo 3°.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4°.- El Personal Militar comisionado mediante la presente Resolución, deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM respecto a la obligación de sustentar viáticos: asimismo, dentro de los QUINCE (15) días calendario de su retorno al país, presentará un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 658143-12 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, a favor de los Gobiernos Locales, en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal DECRETO SUPREMO Nº 114-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el