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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (26/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de junio de 2011 445368 Año Fiscal 2011, crea el Fondo de Gestión y Modernización Municipal (2011-2013), de carácter intangible y destinado a fi nanciar el Programa de Modernización Municipal y el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal. Asimismo, señala que la asignación de los recursos a favor de los gobiernos locales se sujeta al cumplimiento de metas y plazos, conforme a los procedimientos reglamentarios y criterios que se aprueben mediante Decreto Supremo del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626, también precisa que, conforme al artículo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, los recursos se incorporan mediante decreto supremo en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, a favor de los gobiernos locales respectivos, previo cumplimiento de metas e informe de la Dirección General de Presupuesto Público. Asimismo, autoriza a la Dirección Nacional de Tesoro Público, hoy Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, a transferir directamente y por única vez, la suma de MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 277 000 000,00) a la cuenta que dicha Dirección General determine a nombre del Fondo de Gestión y Modernización Municipal (2011-2013), destinándose hasta la suma de SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 777 000 000,00) al fi nanciamiento del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 183-2010-EF se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, estableciéndose en su Primera Disposición Transitoria que los recursos para el Plan de Incentivos en el año 2011 serán distribuidos en dos etapas, de la siguiente manera: 50% en el mes de marzo por las metas fi jadas al 31 de diciembre de 2010; y, 50% en el mes de setiembre, por las metas fi jadas al 30 de junio de 2011; Que, con fecha 31 de marzo de 2011 fue publicado el Decreto de Urgencia Nº 012-2011, el cual en el numeral 3.2 de su artículo 3º dispuso que la asignación de los recursos del Plan de Incentivos se efectuaría solamente en el mes de setiembre de 2011. Sin embargo, con fecha 10 de junio de 2011 ha sido publicado el Decreto de Urgencia Nº 026-2011, el cual establece, en el inciso b) de su artículo 2º, el 30 de junio de 2011 como fecha límite para realizar la asignación de los recursos del Plan de Incentivos, que estaba inicialmente prevista para el mes de marzo de 2011; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 003-2011- EF/50.01, la Dirección General de Presupuesto Público ha aprobado los resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas anuales fi jadas al 31 de diciembre de 2010 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal; De conformidad con lo establecido en el artículo 45º de la Ley Nº 28411, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626 y el artículo 2º de la Ley Nº 29332; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO VEINTISÉIS MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 289 126 400,00), a favor de los Gobiernos Locales que se detalla en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, destinada a fi nanciar las acciones que desarrollen dichas entidades de conformidad con los artículos 1º y 5º de la Ley Nº 29332 y modifi catoria, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 289 126 400,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 289 126 400,00 ============ A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados TOTAL EGRESOS 289 126 400,00 ============ 1.2 Los pliegos habilitados señalados en el Anexo de la presente norma, incorporan los citados recursos en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados conforme lo dispone el artículo 2º de la Ley Nº 29332 y la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626, y sujetándose a lo establecido en el artículo 2º de la presente norma. Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1. del artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos involucrados, instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas autorizada por el numeral 1.1. del artículo 1º del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a gastos que no se sujeten a las disposiciones del Decreto Supremo Nº 183-2010-EF y la Ley Nº 29332 modifi cada por el Decreto de Urgencia Nº 119-2009. Artículo 4º.- Publicación Publíquese el Anexo “Montos a transferir a favor de los Gobiernos Locales por el cumplimiento de las Metas Anuales del año 2010 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI)”, en el portal electrónico institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicación ofi cial. Artículo 5º.- Derogación Deróguense las disposiciones legales que contravengan lo dispuesto por el presente Decreto Supremo. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 658143-1