Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2011 (26/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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de Educacion con la opinion de la Direccion Regional de Educacion; Que, mediante el Informe N° 005-2011-ME-GRADREA-/DGI-EFII, del 11 de marzo de 2011, la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA procede a la evaluacion presupuestal y analisis costo beneficio, acreditando la disponibilidad de recursos para la creacion del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico "Los Morochucos" de MORDAZA Cangallo, distrito Morochucos, provincia Cangallo, departamento Ayacucho; Que, a traves del Informe N° 066-2010-ESPCONEACES, el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior No Universitaria - CONEACES, opina favorablemente sobre la conveniencia de la carrera: Industrias Alimentarias, que propone ofrecer el proyecto de creacion del Instituto de Educacion Superior Tecnologico "Los Morochucos" de MORDAZA Cangallo, distrito Morochucos, provincia Cangallo, departamento Ayacucho; Que, mediante el Informe N° 075-2010-DIGESUTPDESTP, la Direccion General de Educacion Superior y Tecnico Profesional expresa su conformidad con la opinion de la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, sobre la creacion del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico (IESTP) "Los Morochucos" ubicado en la plaza principal s/n de MORDAZA Cangallo, distrito Morochucos, provincia Cangallo, departamento MORDAZA y precisa que el proyecto de creacion cumple con los requisitos exigidos en el Reglamento de la Ley N° 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educacion Superior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-ED, indicando ademas, que resulta procedente la emision de la Resolucion Suprema de creacion y autorizacion de funcionamiento de la MORDAZA profesional de Industrias Alimentarias; con una meta de atencion anual de treinta (30) estudiantes; Que, mediante Oficio N°260-2011-EF/50.07, la Direccion General de Presupuesto Publico dependiente del Ministerio de Economia y Finanzas, otorga opinion favorable presupuestal sobre la creacion del IESTP "Los Morochucos"; Que, segun el Articulo 71° de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, las instituciones educativas por el MORDAZA de gestion son: a) Publicas de gestion directa por autoridades educativas del Sector Educacion o de otros sectores e instituciones del Estado, b) Publicas de gestion privada, por convenio, con entidades sin fines de lucro que prestan servicios educativos gratuitos, y c) De gestion privada conforme al articulo 72° de la referida ley; de este modo, la gestion del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico "Los Morochucos", sera realizada por la Asociacion Fe y MORDAZA del Peru, que cuenta con convenio vigente con el Ministerio de Educacion; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 4) del articulo 11° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley N" 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educacion Superior, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-ED; y la Ley N° 28044; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Crear el Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico "Los Morochucos", con domicilio en la plaza principal s/n de MORDAZA Cangallo, distrito Morochucos, provincia Cangallo, departamento MORDAZA y autorizar su funcionamiento a partir del MORDAZA semestre del ano 2011, para brindar la MORDAZA profesional de: Industrias Alimentarias, con una duracion de seis (6) semestres academicos y una meta de atencion anual de 30 estudiantes en el horario de 8:00 a 16:00 horas. Conducente al otorgamiento del titulo: Profesional Tecnico en Industrias Alimentarias. Articulo 2°.- La autorizacion otorgada mediante la presente Resolucion, debera revalidarse de acuerdo a las normas que emita el Ministerio de Educacion, en cumplimiento de la Ley N° 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educacion Superior y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-ED. Articulo 3°.- Disponer a partir del MORDAZA semestre del ano 2011 el inicio de las actividades pedagogicas y administrativas del Instituto.

Articulo 4°.- La autorizacion otorgada mediante la presente Resolucion tiene un periodo de vigencia de seis (6) anos contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion. Articulo 5°.- Disponer que el financiamiento de la presente MORDAZA se sujeta al presupuesto institucional del pliego Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 6°.- Disponer que la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA monitoree y supervise el adecuado cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo 7°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 658143-11

ENERGIA Y MINAS
Dictan normas complementarias al Decreto de Urgencia Nº 028-2011
DECRETO SUPREMO N° 035-2011-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 028-2011 se declaro de necesidad publica, interes nacional y de ejecucion prioritaria la recuperacion ambiental de la MORDAZA del rio Ramis y del rio Suches en el departamento de MORDAZA, a fin de garantizar la salud de la poblacion, la seguridad de las personas, la recaudacion tributaria, la conservacion del patrimonio natural y el desarrollo de actividades economicas sostenibles; Que, en tal sentido, dado que la titularidad sobre concesiones mineras auriferas en las zonas denominadas MORDAZA MORDAZA, Chaquiminas, MORDAZA MORDAZA, Huacchani y Suches, no autorizaba a los titulares mineros a realizar actividades de exploracion, explotacion y/o beneficio, salvo que contaran con los requisitos que establecen las normas respectivas, se establecio la necesidad de efectuar una relacion detallada y sustentada de los titulares mineros que contaran con la certificacion ambiental y autorizacion de operacion correspondiente, asi como la relacion de la maquinaria pesada autorizada, precisandose la prohibicion del uso ilegal o informal de cargador frontal, retroexcavadora y/o volquete; Que, en tal sentido, siendo que las medidas senaladas en el referido Decreto de Urgencia constituyen acciones de necesidad publica, interes nacional y de ejecucion prioritaria con incidencia en materia economica y financiera, de urgente aplicacion en la MORDAZA del rio Ramis y en la MORDAZA del rio Suches en el departamento de MORDAZA, se requiere desarrollar determinados aspectos para la correcta aplicacion del referido Decreto; Que, en el MORDAZA de la Comision Multisectorial encargada de resolver la problematica de la MORDAZA del rio Ramis, se han presentado proyectos tendientes a la remediacion de los problemas ambientales hasta un monto de ciento cuarenta millones de nuevos soles, los cuales deben ser priorizados en el MORDAZA de lo dispuesto por el Sistema Nacional de Inversion Publica; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y en uso de las atribuciones previstas en el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru;

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