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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (29/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de junio de 2011 445575 Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008- GRCAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero: APROBAR el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, el mismo que consta de Un (01) Capítulo Preliminar, Cinco (05) Capítulos, Sesenta y uno (61) Artículos, Cinco (05) Disposiciones Complementarias, dos (02) Disposiciones Transitorias y una (01) Disposición Final; cuyo texto en veintiséis (26) folios forma parte de la presente Ordenanza. Segundo: DEJAR sin efecto todas aquellas normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Tercero: ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe). Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los cuatro dias del mes de mayo del año dos mil once. GREGORIO SANTOS GUERRERO Presidente Regional 658205-1 Aprueban la “Guía Metropolitana para desarrollar el proceso de Formulación del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Cajamarca” ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2011-GR.CAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 2° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; - Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8° precisa que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. Asimismo, el literal “n” del artículo 35° de la acotada, señala como competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales la promoción del uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad; - Que, en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, en el artículo 50°, literal c), prescribe como función del Gobierno Regional el de programar y desarrollar acciones que impulsen una distribución territorial de la población, en función a las potencialidades del desarrollo regional y en base a los planes de ordenamiento territorial y de la capacidad de las ciudades para absorber fl ujos migratorios. Asimismo, en el artículo 53°, literal a) señala como función en materia ambiental y de ordenamiento territorial el de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; - Que, mediante Ordenanza Regional N° 012-2005- GRCAJ-CR, modifi cada por Ordenanza Regional N° 012-2010- GRCAJ-CR, se declara de prioridad regional el PROCESO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL REGIONAL en todo el territorio regional, tomando como instrumento base la ZONIFICACIÓN ECOLOGICA y ECONOMICA de la Región Cajamarca, progresivamente desde el nivel macro hasta el nivel meso, en articulación con los Gobiernos Locales, asimismo los Organismos Públicos y demás instituciones relacionadas con el desarrollo regional de Cajamarca que deberán disponer la atención prioritaria a este proceso; - Que, mediante Ordenanza Regional N° 018-2010- GRCAJ-CR, aprobada en sesión ordinaria de Consejo Regional de fecha 03 de diciembre del año 2010, se aprueba la Zonifi cación Ecológica y Económica a nivel macro del departamento de Cajamarca a escala 1 :250,000, como un instrumento base para el ordenamiento y la planifi cación territorial; a fi n de implementar políticas de desarrollo, programas, proyectos de inversión pública y privada, que conlleven al logro del desarrollo sostenible del departamento. Ordenanza Regional fue publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el día 24 de diciembre del año 2010. Dicha Ordenanza Regional fue respaldada mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 012-2011- GR.CAJ-CR, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 26 de febrero del año 2011; - Que, mediante Dictamen N° 05-2011-GR.CAJ-CR/ COAJ-COGAS, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Gestión Ambiental Sostenible, de fecha 03 de mayo del año 2011, se emite opinión favorable para la aprobación del Proyecto Ordenanza Regional que dispone “Aprobar la Guía Metodológica para formulación del POT del departamento de Cajamarca”, proyecto remitido por el Sub Gerente de Acondicionamiento Territorial, Econ. Wilmer Chuquilín Madera, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en su Sesión Ordinaria de fecha 04 de mayo del año 2011; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008- GRCAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero: APROBAR la “Guía Metodológica para desarrollar el proceso de Formulación del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Cajamarca”, la misma que permitirá impulsar el proceso participativo derivado en la concertación de las políticas y estrategias regionales que guiarán este proceso ordenador y viabilizarán el desarrollo territorial del departamento de Cajamarca y cuyo texto en treinta y siete (37) folios forma parte de la presente Ordenanza Regional. Segundo: ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca la publicación y difusión de la presente Ordenanza Regional con la respectiva “Guía Metodológica para desarrollar el proceso de Formulación del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Cajamarca” en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe). Tercero: La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil once. GREGORIO SANTOS GUERRERO Presidente Regional 658205-2