Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2011 (29/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de junio de 2011

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aceptan renuncia de Juez de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 028-2011-P-CE-PJ MORDAZA, 28 de junio de 2011 VISTO; El Oficio N° 3128-2011-P-CSJLI/PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remitiendo la solicitud de renuncia presentada por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Thompson, Juez Superior titular de la mencionada sede judicial; con certificacion de firma ante Notario Publico de MORDAZA, y CONSIDERANDO: Primero: Que, la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Thompson formula renuncia al cargo de Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en el que fue nombrada mediante Resolucion N° 03-JHM de fecha 29 de MORDAZA de 1994; asimismo, peticiona el pago de los beneficios sociales que le corresponden y se asigne la pension de cesantia correspondiente. Segundo: Que, el cargo de magistrado termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el articulo 107°, numeral 3), de la Ley de la MORDAZA Judicial. Tercero: Que, sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptacion de la renuncia formulada por la recurrente no implica en modo alguno eximirla de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigacion y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como magistrada de este Poder del Estado. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolucion Administrativa N° 0662011-CE-PJ. RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Thompson al cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima; sin perjuicio de lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolucion; y, agradeciendosele por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Remitir a la Gerencia General del Poder Judicial el pedido presentado por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Thompson con relacion al pago de sus beneficios sociales y pension de cesantia, para que proceda conforme a sus atribuciones. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y a la interesada para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente 658836-1

Disponen medidas a aplicarse a partir del 1 de MORDAZA de 2011 en la Corte Superior de Justicia de Sullana
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 029-2011-P-CE-PJ MORDAZA, 28 de junio de 2011 VISTOS: Los Oficios Nros. 7342, 7186 y 6871-2011-P-CSJPI/ PJ, cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura; el Informe N° 203-2011-SEP-GP-GGPJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificacion de la Gerencia General del Poder Judicial; y el Oficio N° 712-2011-ETI-PJ, remitido por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal. CONSIDERANDO: Primero: Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolucion Administrativa N° 396-2010-CE-PJ dispuso la creacion de la Corte Superior de Justicia de Sullana, con competencia en las Provincias de Sullana, Talara y Ayabaca, Departamento de Piura; la misma que entrara en funcionamiento a partir del 1 de MORDAZA del ano en curso. Segundo: Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA somete a consideracion de este Organo de Gobierno la conversion de la Sala Penal Liquidadora de la Provincia de Sullana, en Sala Penal de Apelaciones y en adicion de sus funciones como Sala Penal Liquidadora; manteniendo su competencia territorial; asimismo, adicionar funciones al Juzgado de Paz Letrado de Los Organos de la misma provincia, como Juzgado de la Investigacion Preparatoria. Tercero: Que, del analisis estadistico se observa que el Juzgado de la Investigacion Preparatoria de Talara necesita apoyo para la descarga procesal a fin de no afectar la celeridad en la atencion de los procesos que se tramitan con el Codigo Procesal Penal, por lo que resulta factible que el Juzgado de Paz Letrado de Los Organos de la Provincia de Talara, asuma en adicion de funciones como Juzgado de la Investigacion Preparatoria, considerando el bajo nivel de expedientes que tiene. Cuarto: Que, asimismo, es preciso senalar que con la entrada en funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de Sullana, la Sala Penal de Apelaciones con sede en MORDAZA no atendera los expedientes provenientes de los organos jurisdiccionales que son de competencia territorial de la nueva Corte Superior de Justicia de Sullana (Sullana, Ayabaca y Talara); lo mismo sucedera con los procesos que conoce la Sala Laboral con sede en Piura. Por lo que es conveniente, en aras de un adecuado servicio de justicia, dictar las medidas pertinentes con este objeto. Por tales fundamentos, con cargo a dar cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, por no contar con el quorum de ley para sesionar, la Presidencia de este Organo de Gobierno; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer las siguientes medidas en la Corte Superior de Justicia de Sullana, a partir de 1 de MORDAZA de ano en curso: · La Sala Civil de la Provincia de Sullana tendra competencia en materias civil, laboral, contencioso administrativo, constitucional, familia, y otras afines extra penales. · Convertir la Sala Penal Liquidadora de la Provincia de Sullana, en Sala Penal de Apelaciones, la cual en adicion de funciones actuara como Sala Penal Liquidadora. · El Juzgado de Paz Letrado de Los Organos, Provincia de Talara, en adicion de funciones actuara como

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