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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (29/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de junio de 2011 445584 caso del FONIPREL, de las entidades cuyos estudios o proyectos resulten ganadores del concurso; y en el caso del FIDECOM y del Fondo para el Fortalecimiento del Capital Humano, del Pliego en donde se encuentran sus Secretarías Técnicas y en dichos fondos, a solicitud de sus respectivas Secretarías Técnicas; - Que, el referido concurso de cofi nanciamiento de proyectos y estudios de preinversión, representa para la Región Cajamarca una oportunidad para materializar algunos de los proyectos de inversión y estudios de impacto y necesidad social, de montos signifi cativos, relegados por falta de recursos económicos; - Que, la Presidencia del Gobierno Regional con el concurso de una consultoría profesional ha seleccionado, entre los proyectos de inversión y estudios de preinversión, activos y viables de la Base de Datos de la Ofi cina de Programación de Inversiones y Sistema Nacional de Inversión Pública de la Región Cajamarca, 3 proyectos de Inversión y uno de preinversión, número máximo permisible de proyectos y estudio para presentar al concurso de Cofi nanciamiento del FONIPREL, los mismos que se encuentran dentro de las prioridades del FONIPREL, constituyen de mayor monto comparativo con el resto de proyectos y estudios existentes y son califi cables para el concurso de cofi nanciamiento referido; - Que, con Ofi cio Nº 1740-2011-GR.CAJ/GGR-SG, de fecha 25 de abril de 2011, la Secretaria General Mg. Abog. Roció Salazar Chero eleva al Consejero Delegado Prof. Elzer Elera López, la opinión favorable para que el Gobierno Regional Cajamarca participe en la I Convocatoria de FONIPREL, teniendo como fecha límite de presentación el día martes 3 de mayo de 2011. Siendo tres (03) proyectos de inversión pública y uno de preinversión, siendo: 1) Reconstrucción de la Institución Educativa Nº 83320 Cauday-Cajabamba, con un monto de S/. 2,564,589.19; 2) Construcción de Infraestructura y mobiliario Escolar de la Institución Educativa Nº 169625 – Alto Tambillo – San Ignacio, con un monto de S/. 2,345,330.32; 3) Construcción y Equipamiento de la Institución Educativa del Distrito de San Miguel, con un monto ascendente a S/. 3,153,804.84 y 4). Desarrollo de las Capacidades para la Gestión Integral de las Cuencas Hidrográfi cas de la Región Cajamarca, con un monto de S/. 194 208.00 respectivamente; los mismos que serán cofi nanciados con el 10% para los proyectos de inversión y con el 20% para los proyectos de preinversión por el Gobierno Regional Cajamarca y fi nalmente FONIPREL con un cofi nanciamiento del 80% y 90%; - Que, mediante Ofi cio Nº 034-2011-GR.CAJ/GRPPAT- SGP, de fecha 20 de abril de 2011, la Sub Gerente de Presupuesto y Tributación C.P.C. Cynthia Ríos Ruiz, alcanza al Gerente General Regional Lic. Aldo Pereyra Romo su opinión favorable de disponibilidad presupuestal del 10% de cofi nanciamiento con que cuenta el Gobierno Regional Cajamarca, para los proyectos que serán presentados en la I convocatoria de FONIPREL; - Que, mediante Informe Legal Nº 102-2011-GR.CAJ/ DRAJ, de fecha 29 de abril de 2011, el Director Regional de Asesoría Jurídica, Dr. Juan Carlos Pajares Salazar, emite OPINIÓN FAVORABLE respecto a que el Pleno del Consejo Regional autorice al Presidente Regional del Gobierno Regional Cajamarca participe en la I Convocatoria de FONIPREL con tres (3) proyectos de inversión y uno de preinversión; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-2003- CR/RC; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- AUTORIZAR al Presidente Regional, Prof. Gregorio Santos Guerrero, participar en la I Convocatoria del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local (FONIPREL) y en caso resulten elegidos en el Concurso de Cofi nanciamiento los proyectos y estudio, que a continuación se indican, cofi nanciar el monto total requerido para su ejecución, a razón del 10%, para proyectos de inversión y el 20% para el estudio de preinversion. PROYECTOS DE INVERSION Nº NOMBRE CODIGO SNIP 10%GRC 90% FONIPREL TOTAL 1 Reconstrucción I.E. 83320 Cauday- Cajabamba 163656 256, 458.92 2, 308,130.27 2, 564, 589.19 2 Construcción de Infraestructura y mobiliario Escolar de la IEP Nº 169625- Alto Tambillo- San Ignacio 19584 234,533.03 2, 110,797.29 2, 345,330.32 3 Construcción y Equipamiento de la I.E San miguel Distrito de San Miguel. 160137 315,380.48 2, 838,424.36 3, 153,804.84 TOTAL 806,372.44 7, 257,351.92 ESTUDIO DE PREINVERSION Nº NOMBRE DEL ESTUDIO 20% GRC 80% FONIPREL TOTAL 1 Desarrollo de las capacidades para la gestión integral de las cuencas hidrográfi cas de la Región Cajamarca. 38 842.00 155 366.00 194 208.00 Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ELZER ELERA LÓPEZ Consejero Delegado Pdte. Consejo Regional 658205-11 Autorizan al Presidente del Gobierno Regional Cajamarca aprobar transferencia financiera a favor de diversas municipalidades, a fin de liquidar proyectos transferidos y no tener rendiciones pendientes ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 028-2011-GR.CAJ-CR Cajamarca, 19 de mayo de 2011. El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Extraordinaria de fecha 16 de mayo del año 2011; VISTA Y DEBATIDA el ofi cio Nº 194-2011-GR.CAJ/ P, remitido por el Presidente del Gobierno Regional Cajamarca, encargado el Dr. César Augusto Aliaga Díaz, con la que solicita al Pleno del Consejo Regional autorizar al Presidente del Gobierno Regional Cajamarca apruebe mediante Resolución Ejecutiva Regional la Transferencia Financiera a favor de los Gobiernos Locales de la Región Cajamarca, con el voto unánime del Pleno; y, CONSIDERANDO: - Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; y en su artículo 192º establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo;