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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de junio de 2011 445577 Tercero: ENCARGAR que, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, y áreas competentes del Gobierno Regional, emitan los instrumentos técnicos y legales necesarias que prioricen la “Vacunación a los niños y niñas menores de 5 años de edad, gestantes y otros grupos de riesgo según el perfi l epidemiológico de la Región Cajamarca”; aplicando el Esquema Nacional de Vacunación vigente. Cuarto: ENCARGAR que la Dirección Regional de Educación, asegure el desarrollo del tema de vacunas en su programa curricular, para que los docentes de los Centros Educativos de los niveles inicial, primaria y secundaria; informen, sensibilicen e incentiven a los estudiantes y padres de familia, responsabilidad en su cuidado personal, familiar y de su comunidad, esto de acuerdo al cumplimiento del Esquema Nacional de Vacunación como una medida de prevención en salud pública. Quinto: DISPONER que el fi nanciamiento de las actividades regulares de vacunación en sus diferentes estrategias sea complementado, en lo necesario, por las diferentes instituciones del pliego del Gobierno Regional, según su disponibilidad presupuestal. Sexto: CONSIDERAR las normas pertinentes para una efectiva programación y ejecución del Presupuesto de los Programas Estratégicos Materno Neonatal y Articulado Nutricional, en las Unidades Ejecutoras de la Región Cajamarca, que incluyen las fi nalidades y sub fi nalidades establecidas en ambos programas estratégicos. Séptimo: CONSIDERAR las normas pertinentes para contar a nivel regional con un adecuado y oportuno Sistema de Información de Estadística Nominal, que evidencie la protección mediante las vacunas de los niños y niñas menores de 5 años de edad, gestantes y otros grupos de riesgo, según el perfi l epidemiológico de la Región Cajamarca; a través del cual se monitoreará el cumplimiento del Esquema Nacional de Vacunación Vigente, y por ende mejorar la calidad del gasto a través del Presupuesto por Resultados “PPR” en cada Establecimiento de Salud. Octavo: ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe). Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil once. GREGORIO SANTOS GUERRERO Presidente Regional 658205-3 Aprueban Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Unidad de Gestión Educativa Local de Cajamarca ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2011-GR.CAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales que emanan de la voluntad popular son personas jurídicas de Derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal; - Que, el artículo 45° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de Descentralización y demás Leyes de la República; y el literal a) del artículo acotado señala que es función normativa y reguladora del gobierno regional la elaboración y aprobación de normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia en concordancia con los literales a) y b) del artículo 4° de la Ley N° 27902, Ley que modifi ca la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; - Que, la Ley General de Educación N° 28044, en su artículo 73°, defi ne a la Unidad de Gestión Educativa Local como: “La Unidad de Gestión Educativa Local es una instancia de ejecución descentralizada del Gobierno Regional con autonomía en el ámbito de su competencia. Su jurisdicción territorial es la provincia... “; - Que, en virtud a lo establecido en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011, Ley Nº 29626, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el martes nueve de diciembre de 2010, en su vigésima novena disposición complementaria y fi nal se dispone: “Créanse durante el año fi scal 2011 las siguientes unidades ejecutoras, acción que se sujeta al presupuesto institucional de las entidades respectivas, sin demandar recursos adicionales del Tesoro Público, y las disposiciones establecidas en La Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto: c) Educación UGEL Celendín, Educación UGEL Cajamarca, Educación UGEL San Marcos, Educación UGEL Contumazá, Educación UGEL San Miguel, Educación UGEL San Pablo, en el Pliego Gobierno del Departamento Cajamarca”; - Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2006- PCM, se aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, el artículo 29° (del Informe Técnico Sustentatorio), establece que “La aprobación del ROF deberá ampararse en un Informe Técnico Sustentatorio...”. En el artículo 34° (De la aprobación del ROF), prescribe que la aprobación del ROF de las entidades se realizará para el caso de Gobiernos Regionales mediante Ordenanza Regional. Y en el articulo 35° (De la publicación de ROF). Señala que “Las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y las Municipalidades provinciales deberán cumplir con publicar el dispositivo legal aprobatorio, el texto íntegro de su ROF y el organigrama institucional en el Diario Ofi cial El Peruano. La publicación del ROF deberá realizarse también en el Portal Electrónico de las entidades dentro de los 5 días calendarios siguientes a la fecha de publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; bajo responsabilidad de los funcionarios ‘designados conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública... “; - Que, mediante Dictamen N° 004 -2011-GR.CAJ- CR/COAJ- CODESO- COP, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos, Desarrollo Social y Planeamiento de fecha 03 de mayo del año 2011, se emite opinión favorable para la aprobación del Proyecto Ordenanza Regional que dispone “Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones- ROF, de la UGEL Cajamarca”, proyecto remitido por el Gerente General Regional, Lic. Aldo Raúl Pereyra Romo, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en su Sesión Ordinaria de fecha 04 de mayo del año 2011; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la