Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2011 (29/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de junio de 2011

Declaran como Prioridad Regional la Vacunacion y el Servicio de Vacunacion en establecimientos de salud fijos y oferta movil, a traves de Brigadas Itinerantes, dirigido a menores de cinco anos, gestantes y otros grupos de riesgo
ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2011-GR.CAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, La Constitucion Politica del Peru, en su articulo 7° establece que todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y de la comunidad, asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa. (...), y en su articulo 9º establece que el Estado determina la politica nacional de salud. El Poder Ejecutivo MORDAZA y supervisa su aplicacion. Es responsable de disenarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud. - Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8° precisa; la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia. Asimismo establece en su articulo 36º literal "b" como competencia compartida de los Gobiernos Regionales, a la salud publica; - Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobierno Regionales, en su articulo 10° inciso 2 literal b) establece que son competencias compartidas, la salud publica. Asi mismo en su articulo 49° literal a) senala que es funcion del Gobierno Regional proponer, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas de salud de la region en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales; - Que, la Ley N° 28010, Ley General de Vacunas, promulgada el 20 de junio del ano 2003, en su articulo 1º "Declara a las actividades de vacunacion como obligatorias para la Salud Publica Nacional, por su elevado impacto en la prevencion y control de las enfermedades prevenibles por vacunacion"; - Que, el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, define y establece las Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional y en su articulo 2º inciso 6), en Materia de Inclusion, senala en el numeral 6.2 que, es politica nacional de obligatorio cumplimiento: "Desarrollar programas destinados a reducir la mortalidad infantil, prevenir las enfermedades cronicas y mejorar la nutricion de los menores de edad"; siendo la vacunacion una de las medidas mas efectivas en la reduccion de la morbimortalidad infantil; - Que, el Decreto Supremo N° 003-2008-SA, aprueba el listado priorizado de intervenciones sanitarias garantizadas para la reduccion de la desnutricion cronica infantil y salud MORDAZA neonatal, en el anexo N° 1, acapite A, Intervenciones preventivas que incluye actividades de prevencion primaria (educacion, proteccion especifica) y secundaria (deteccion precoz); en el numero 1, establece como una prioridad la "Inmunizacion en ninos y gestantes segun las normas del MINSA"; - Que, por Resolucion Ministerial N° 070-2011-MINSA, emitida el 28 de enero del 2011, "Norma Tecnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunacion", en su articulo 5º, determina que "las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales de Salud y las que MORDAZA sus veces en el nivel regional, a traves de las Direcciones Ejecutivas de Salud de las Personas, seran responsables

del cumplimiento de la MORDAZA Tecnica de Salud y deberan garantizar el financiamiento de los gastos operativos que demanden las actividades de inmunizaciones en el ambito de sus jurisdicciones"; - Que, segun Decreto Supremo Nº 016-2011-EF, se autoriza la Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Salud y de los Gobiernos Regionales, para la provision de servicios en los establecimientos de salud a nivel nacional en el MORDAZA de los Programas Presupuestales Estrategicos del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, para el cumplimiento de su finalidad; - Que, el problema nutricional es de caracter multifactorial, por cuanto diversas investigaciones y publicaciones, demuestran que la desnutricion es el resultado de multiples factores interrelacionados entre si. Una de estas causas basicas esta relacionada con las enfermedades prevalentes de la infancia, como son las enfermedades infecciosas prevenibles por vacunas; - Que, mediante Dictamen N° 03-2011-GR.CAJCR/COAJ-CODESO, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Juridicos y Desarrollo Social, de fecha 19 de MORDAZA del ano 2011, se emite opinion favorable para la aprobacion del Proyecto Ordenanza Regional que dispone "Declarar como Prioridad Regional la Vacunacion y el Servicio de Vacunacion en Establecimientos de Salud fijos y oferta movil a traves de Brigadas Itinerantes, dirigido a ninos y ninas menores de 5 anos de edad, gestantes y otros grupos de riesgo segun el perfil epidemiologico de la Region Cajamarca", proyecto remitido por el Secretario General, Abog. MORDAZA N. MORDAZA MORDAZA, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 04 de MORDAZA del ano 2011; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008GRCAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero: DECLARAR como Prioridad Regional la Vacunacion y el Servicio de Vacunacion en establecimientos de salud fijos y oferta movil, a traves de Brigadas Itinerantes, dirigido a los ninos y ninas menores de 5 anos de edad, gestantes y otros grupos de riesgo segun el perfil epidemiologico de la Region Cajamarca", involucrando a los sectores publico, privado y la sociedad civil, vinculados al tema para que se incorpore en sus planes y presupuestos correspondientes. Segundo: ESTABLECER como Politica de Salud, en el ambito del Gobierno Regional MORDAZA, la obligatoriedad del cumplimiento del Esquema Nacional de Vacunacion vigente (descrito en el Anexo N°: 1), contra enfermedades inmuno prevenibles, segun etapas de MORDAZA, para lo cual se dispone lo siguiente: a) Disponer la gratuidad de la vacunacion contra las enfermedades inmuno prevenibles, a fin de proteger a la poblacion susceptible infantil, escolar, adolescente, adultos y adultos mayores de ambos generos. b) Invocar a las Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados Menores, a participar activamente de los programas de vacunacion, de acuerdo al Esquema Nacional de Vacunas vigente, en coordinacion con el sector salud. c) Disponer que la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones coordine con los medios de comunicacion masiva regionales, a participar y contribuir en la difusion a cerca de la importancia de la vacunacion y del Esquema Nacional de Vacunacion vigente. d) Integrar a las Direcciones Regionales de Educacion, Salud, Transportes, Agricultura, del Interior a participar activamente en las actividades regulares de vacunacion, a fin de dar cumplimiento al Esquema Nacional de Vacunacion vigente.

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