Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2011 (29/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

445581

Aprueban creacion de la Mesa Regional por la Participacion y el Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad en la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2011-GR CAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, La Constitucion Politica del Peru, en su articulo 7º establece que la persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia fisica o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un regimen legal de proteccion, atencion, readaptacion y seguridad; - Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8º precisa; la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia; - Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el articulo 45º inciso a) confiere las atribuciones de definir, normar, dirigir y gestionar sus politicas regionales y ejercer sus funciones generales y especificas en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales. En el inciso b) del acotado articulo se le atribuye las funciones de elaborar y aprobar las normas de alcance regional, de disenar politicas, prioridades, estrategias, programas, proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de la Descentralizacion. El articulo 60º inciso h) prescribe como funcion en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades el formular y ejecutar politicas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la region con proteccion y apoyo a los ninos, jovenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores (...); - Que, La Convencion de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, aprobada por Resolucion Legislativa Nº 29127 del primero de noviembre de 2007, en su articulo 1º establece que el proposito de la convencion es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente; asi mismo senala que las personas con discapacidad son aquellas que tengan deficiencias fisicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participacion plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demas; - Que, El Convenio Nº 159 de la Organizacion Internacional de Trabajo, en el articulo 7º prescribe que las autoridades competentes deberan adoptar medidas para proporcionar y evaluar los servicios de orientacion y formacion profesional, colocacion, empleo y otros afines, para que las personas invalidas puedan lograr y conservar un empleo y progresar en el mismo; siempre que sea posible y adecuado, se utilizaran los servicios existentes para los trabajadores en general, con las adaptaciones necesarias; - Que, la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad en el articulo 1º establece, que este MORDAZA normativo tiene por finalidad establecer el regimen legal de proteccion, de atencion de salud, trabajo, educacion, rehabilitacion, seguridad social y prevencion, para que la persona con discapacidad alcance su desarrollo e integracion social, economica y cultural, (...);

- Que el Decreto Supremo Nº 015-2006-MIMDES, aprueba el Decenio de Personas con Discapacidad 2007-2016, mediante el cual se declara este periodo como el "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Peru", y en el articulo 1º establece la finalidad de incentivar el conocimiento y reflexion a nivel nacional sobre el tema de la discapacidad, debiendo todos los sectores y niveles de gobierno impulsar programas, proyectos y acciones encaminados a alcanzar la inclusion y la participacion plena de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la sociedad; - Que, mediante Dictamen Nº 005 -2011-GR.CAJ-CR/ COAJ-CODESO, evacuado por la Comision Ordinaria de Asuntos Juridicos y Desarrollo Social, de fecha 03 de MORDAZA del ano 2011, opina favorablemente aprobar el Proyecto de Ordenanza Regional que "Aprueba la Creacion de la Mesa Regional por la Participacion y Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad en la Region Cajamarca.", proyecto remitido por el Presidente Regional Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 06 de junio del ano 2011; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nos 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- APROBAR la creacion de la Mesa Regional por la Participacion y el Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad en la Region MORDAZA y su implementacion progresiva de acuerdo al alcance administrativo, legal y presupuestal del Gobierno Regional MORDAZA, Segundo.- ESTABLECER politicas regionales sobre prevencion de discapacidades, integracion, promocion y participacion de las personas con discapacidad y de sus organizaciones, apoyandoles en el ambito laboral, cultural, social, educativo, deportivo entre otros, Tercero.- DECLARAR como prioridad del Desarrollo Social Regional, la atencion y prevencion de las personas con discapacidad, Cuarto.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional MORDAZA (www.regioncajamarca.gob.pe). Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los seis dias del mes de junio del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 658205-9

Conforman el "Consejo Regional de Proteccion de las Personas Adultas Mayores de Cajamarca" - COREPAM
ORDENANZA REGIONAL Nº 019-2011-GR CAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA

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