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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de marzo de 2011 438105 Renuevan autorización a EFE Automotriz S.A. como Entidad Verificadora para realizar inspección física y documentaria de vehículos usados RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 697-2011-MTC/15 Lima, 24 de febrero de 2011 VISTOS: Los partes diarios Nos. 137212, 137863, 144193, 147144, 150838, 154807 y 010507, mediante los cuales la empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A., en adelante La Empresa, solicita la renovación de su autorización como Entidad Verifi cadora para realizar la inspección física y documentaria de los vehículos usados dentro del procedimiento de su nacionalización, para operar por el régimen regular y por el régimen de CETICOS y ZOFRATACNA en las Zonas de Reconocimiento Físico de ZOFRATACNA–Tacna, CETICOS Matarani, Ilo y Paita, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003- MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que tiene por objeto establecer los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, el artículo 94º del citado Reglamento, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC, establece que el Reporte de Inspección y Segundo Reporte de Verifi cación (Revisa 2), los mismos que constituyen requisitos para la nacionalización de vehículos usados por el régimen regular y por el régimen de CETICOS y/o ZOFRATACNA, respectivamente, para garantizar que éstos cumplan con las exigencias técnicas establecidas en el citado Reglamento y con la normativa vigente en materia de límites máximos permisibles de emisiones contaminantes, es emitido por la Entidad Verifi cadora; Que, mediante Ley N° 29303 de fecha 18 de diciembre del 2008, en su artículo 1º, establece como plazo límite para la culminación de las actividades de reparación y reacondicionamiento de vehículos usados a que se refi ere la tercera disposición transitoria y complementaria de la Ley N° 27688, Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, modifi cada por la Ley Nº 28629, el 31 de diciembre de 2010, siendo dicho plazo improrrogable; Que, mediante Resolución Directoral Nº 12489-2007- MTC/15, se aprobó la Directiva Nº 003-2007-MTC/15, elevada a rango de Decreto Supremo mediante el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 022-2007-MTC, la misma que regula el régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Verifi cadoras; Que, mediante Parte Diario Nº 137212 de fecha 21 de octubre de 2010, la empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A., solicita la renovación de su autorización como Entidad Verifi cadora; la misma que con Resolución Directoral Nº 3242-2010-MTC/15 de fecha 18 de noviembre de 2010, declaró procedente la solicitud de la Empresa; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 005-2011- MTC/02, de fecha 05 de enero de 2011, se declara la Nulidad de ofi cio de la Resolución Directoral Nº 3242-2010-MTC/15, que resolvió renovar la autorización como entidad verifi cadora a La Empresa, por encontrase incursa en causal de nulidad de acuerdo a lo señalado en el numeral 1 del artículo 10º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo, retrotrayendo el procedimiento hasta el estado que la Dirección General de Transporte Terrestre cumpla con lo dispuesto en el artículo 125º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Viceministerial Nº 005-2011-MTC/02, mediante Ofi cio Nº 716-2011-MTC/15.03, notifi cado el 24 de enero de 2011, se procedió a comunicar a La Empresa, las observaciones encontradas en su solicitud, quien mediante Parte Diario Nº 010507, responde al mencionado ofi cio adjuntando diversa documentación; Que, en el informe Nº 158-2011-MTC/15.03, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, concluye, que La Empresa, ha cumplido con presentar toda la documentación requerida en el numeral Nº 5.2 de la Directiva Nº 003-2007-MTC/15, Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Verifi cadoras, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 12489-2007/MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo mediante el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 022-2007-MTC, para renovar su autorización como Entidad Verifi cadora, en ese sentido es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Directiva N° 003- 2007-MTC/15 “Régimen de autorización y funcionamiento de las entidades verifi cadoras”, aprobadas mediante Resolución Directoral N° 12489-2007-MTC, elevada a rango de Decreto Supremo mediante el artículo 3º del Decreto Supremo N° 022-2009-MTC. SE RESUELVE: Artículo 1º.- RENOVAR la autorización como Entidad Verifi cadora a la empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A., otorgada mediante Resolución Directoral Nº 11155-2008- MTC/15, por el plazo de un (01) año contado a partir del 19 de noviembre de 2010, quien se encargará de realizar la inspección física y documentaria de los vehículos usados dentro del procedimiento de su nacionalización, para operar por el régimen regular y por el régimen de CETICOS en las Zonas de Reconocimiento Físico de Matarani, Ilo y Paita. Artículo 2º.- La empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A., deberá aplicar los dispositivos mencionados en el marco jurídico y sujetar su actuación a la Directiva Nº 003-2007-MTC/15 publicada en 1º de octubre del 2007 en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 3º.- Remitir a la Superintendencia Nacional de Transportes de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 4°.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A., los gastos que origine su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. GENARO HUMBERTO SOTO ARDILES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 608031-1 VIVIENDA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 062-2011-VIVIENDA-SG Mediante Ofi cio Nº 080-2011-VIVIENDA-SG/T el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 062-2011-VIVIENDA-SG, publicada en la edición del 28 de febrero de 2011. DICE: RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 062-2011-VIVIENDA-SG (...) DEBE DECIR: RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 062-2011-VIVIENDA (...) 608069-1