Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2011 (08/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 8 de marzo de 2011

Disponen inscripcion de la "Mancomunidad Municipal del Corredor Mantaro" en el Registro de Mancomunidades Municipales
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 115-2011-PCM/SD
MORDAZA, 4 de marzo de 2011 VISTOS: El Oficio N° 002-2011-MMM; el Informe Tecnico de Viabilidad S/N; la Ordenanza Municipal Nº 004-2011-MPCH de la Municipalidad Provincial Chupaca; la Ordenanza Municipal Nº 012-2010-CM/MPC de la Municipalidad Provincial Concepcion; la Ordenanza Municipal Nº 4252010-MPH/CM de la Municipalidad Provincial Huancayo; la Ordenanza Municipal Nº 013-2010-CM/MPJ de la Municipalidad Provincial Jauja; la Ordenanza Municipal Nº 024-2010-MPT/CM de la Municipalidad Provincial Tayacaja; el Acta de Constitucion de fecha 26 de MORDAZA de 2010; el Acta de Sesion de fecha 27 de enero de 2011 y el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal del Corredor Mantaro"; y el Informe Nº 023-2011­PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o mas municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras; promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el articulo 5°, senala que la inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad municipal; Que, el articulo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitucion de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobandose el MORDAZA Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Oficio de Vistos, el Senor MORDAZA y Presidente de la "Mancomunidad Municipal del Corredor Mantaro" solicita la inscripcion de esta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Provinciales de Chupaca, MORDAZA, Huancayo y Jauja, en el Departamento de MORDAZA, y Tayacaja, en el Departamento de Huancavelica; Que, el Informe Tecnico de Viabilidad de Vistos contiene informacion sobre: Diagnostico institucional: Presupuesto institucional, gestion de personas, inversiones priorizadas, servicios publicos locales prestados, servicios sociales locales, participacion ciudadana, y proteccion y conservacion del ambiente; Diagnostico social y demografico: poblacion, educacion, salud, necesidades basicas insatisfechas, y territorio y vivienda; Gestion estrategica: vision, mision, ambito territorial, objetivos, objeto, horizonte de planeamiento, y desarrollo economico local; Gestion descentralizada: estructura organica, competencias y funciones, relaciones coordinacion y cooperacion, provision de personal y desarrollo de capacidades, y recursos; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidacion institucional, desarrollo economico local y capacidad de gestion; Que, el Estatuto senala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Contribuir al diseno de politicas publicas en las diferentes esferas del desarrollo, b) Promocion y fomento de planes, programas y proyectos sociales, culturales, turisticos, de empleo y competitividad productiva, de alcance interprovincial, c) Proteccion y conservacion del ambiente, y d) Desarrollar capacidades tecnicas en la sociedad civil, servidores, funcionarios y autoridades politicas; Que, asimismo, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal del Corredor Mantaro" describe los siguientes

objetivos: a) Gestionar recursos financieros para la ejecucion de proyectos de conservacion del ambiente, desarrollo economico, productivo, turistico, cultural y social, b) Promover y contribuir en la prestacion de servicios ambientales de calidad en agua, alcantarillado, limpieza publica y otros, asi como el tratamiento saludable de los mismos, y c) Implementar las normas de transparencia, rendicion de cuentas y acceso a la informacion; Que, en el ambito de las funciones, el Estatuto establece como delegacion de funciones especificas exclusivas: a) Proponer el rediseno y planeamiento territorial y de MORDAZA, para la gestion del desarrollo, b) Articular servicios de capacitacion en gestion del agua, tratamiento de aguas residuales y desechos solidos, urbanos y rurales, c) Concertar con los sectores publico y privado, la elaboracion y ejecucion de programas de apoyo al desarrollo economico local sostenible, en su espacio territorial, d) Facilitacion de la articulacion economica y social, en base a potencialidades, e) Fortalecer y desarrollar MORDAZA productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 28846, y f) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo senalado en la Ley N° 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 192-2009-EF. Adicionalmente, como delegacion de funciones especificas compartidas: a) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinacion con las municipalidades distritales, y los organismos regionales y nacionales pertinentes, b) Promover la cultura de la prevencion mediante la educacion para la preservacion del ambiente, c) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperacion con las entidades competentes, d) Realizar programas de apoyo a los productores y pequenos empresarios, a nivel de la provincia, en coordinacion con las municipalidades distritales y las entidades publicas y privadas, de nivel regional y nacional, e) Organizar, en coordinacion con el respectivo gobierno regional y las municipalidades distritales de su jurisdiccion, instancias de coordinacion para promover el desarrollo economico local; aprovechando las ventajas comparativas de los corredores productivos, eco turisticos y de biodiversidad, y f) Promover, en coordinacion con el gobierno regional, agresivas politicas orientadas a generar productividad y competitividad en las zonas urbanas y rurales, asi como la elaboracion de mapas provinciales sobre potenciales riquezas, con el proposito de generar puestos de trabajo y desanimar la migracion; Que, finalmente, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal del Corredor Mantaro", contiene informacion sobre domicilio, ambito territorial, organos directivos, recursos, plazo de duracion indefinida, disposiciones para garantizar la participacion ciudadana, condiciones para la adhesion y separacion de municipalidades, requisitos para su modificacion, y las reglas para la disposicion de bienes en caso de disolucion; Que, mediante el Acta de Sesion de fecha 26 de MORDAZA de 2010, se acordo la constitucion de la "Mancomunidad Municipal del Corredor Mantaro", la aprobacion de su Estatuto y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Provinciales de Chupaca, MORDAZA, Huancayo, Jauja y Tayacaja, aprueban la constitucion de la "Mancomunidad Municipal del Corredor Mantaro"; ratificando el contenido del Acta de Constitucion y el Estatuto, y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, mediante el Acta de Sesion de fecha 27 de enero de 2011, se acordo la designacion del Presidente del Consejo Directivo y la ratificacion de la designacion del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 023-2011­PCM/SD-OGIMIRA, en la elaboracion de los documentos presentados para la inscripcion del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el articulo 11º del Reglamento de la Ley y en el articulo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emision de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion, que dispone la inscripcion de la constitucion de la "Mancomunidad Municipal del Corredor Mantaro", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del

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