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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de marzo de 2011 438587 Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal del Corredor Mantaro”; integrada por las Municipalidades Provinciales de Chupaca, Concepción, Huancayo y Jauja, en el Departamento de Junín, y Tayacaja, en el Departamento de Huancavelica; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal del Corredor Mantaro”, como sigue: - Presidente: Máximo Jesús Chipana Hurtado, alcalde de la Municipalidad Provincial de Concepción. - Director: Luis Alberto Bastidas Vásquez, alcalde de la Municipalidad Provincial de Chupaca. - Director: Dimas Rudy Aliaga Castro, alcalde de la Municipalidad Provincial de Huancayo. - Director: Sabino Marcelo Mayor Morales, alcalde de la Municipalidad Provincial de Jauja. - Director: Juan Carlos Común Gavilán, alcalde de la Municipalidad Provincial de Tayacaja. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal del Corredor Mantaro”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 610558-3 AGRICULTURA Renuevan reserva de agua otorgada a favor del Proyecto Irrigación Shumba del Gobierno Regional de Cajamarca RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 116-2011-ANA Lima, 3 de marzo de 2011 VISTO: El Ofi cio Nº 002-2011-GR-CAJ/P, mediante el cual el Presidente del Gobierno Regional de Cajamarca, solicita la prórroga de la reserva de agua para el Proyecto de Irrigación Shumba; y CONSIDERANDO: Que, según el artículo 103º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, mediante Resolución de la Autoridad Nacional se puede reservar un volumen de agua para el desarrollo de proyectos, asimismo, el numeral 5) del artículo 15º de la misma Ley, señala que es función de la Autoridad Nacional, aprobar, previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiere el interés de la Nación; Que, el numeral 208.1 del artículo 208º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, señala que la reserva de agua se otorga por un periodo máximo de dos años prorrogables mientras subsistan las causas que la motivan. Esta reserva no faculta el uso de los recursos hídricos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-AG, se reservaron a favor del Proyecto Irrigación Shumba del Gobierno Regional del Cajamarca las aguas del río Tabaconas y de las quebradas Huahuaya y Cochalán por un volumen anual de 372.90 MMC, por el plazo de dos años; Que, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, mediante Informe Técnico Nº 0004-2011-ANA-DCPRH-ASUP/FCC, concluye que es procedente disponer la prórroga de la reserva de agua en las mismas condiciones en que fue otorgada; Que, la reserva de aguas dispuesta mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-AG venció el 07.10.2010 y la solicitud de prórroga fue formalizada por el Gobierno Regional de Cajamarca con fecha 05.01.2011; por lo que, de acuerdo con el considerando anterior, en forma previa a disponer la prórroga de la reserva de agua, deberá disponerse su renovación en vías de regularización desde la fecha de su vencimiento hasta la fecha de la presente Resolución; y Estando a lo opinado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, con los vistos de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos y de la Secretaría General, de conformidad con lo establecido por la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, y el artículo 206º del Reglamento de la precitada Ley , aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovación de la Reserva de Agua Renovar, en vía de regularización, hasta la fecha de dación de la presente Resolución Jefatural, la reserva de agua otorgada a favor del Proyecto Irrigación Shumba del Gobierno Regional de Cajamarca mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-AG. Artículo 2º.- Prórroga de la Reserva de Agua Prorrogar, por el plazo de dos años, la reserva de agua otorgada mediante Decreto Supremo Nº 025-2008- AG a favor del Proyecto Irrigación Shumba del Gobierno Regional de Cajamarca de las aguas procedentes del río Tabaconas y de las quebradas Huahuaya y Cochalán hasta un volumen anual de 372.90 MMC, para fi nes poblacionales, agrícolas y otros usos del citado proyecto; de acuerdo al siguiente cuadro: Disponibilidad (MMC) Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic Total Río Tabaconas Volumen Quebrada Huahuaya Quebrada Cochalán 23.12 2.81 5.66 21.78 2.54 5.11 23.73 2.81 5.66 22.52 2.72 5.48 23.03 2.81 5.65 22.29 2.72 5.48 23.03 2.81 5.66 23.03 2.81 5.66 22.29 2.72 5.48 23.03 2.81 5.66 22.29 2.72 5.48 23.03 2.81 5.66 273.17 33.09 66.64 TOTAL 31.59 29.43 32.20 30.72 31.49 30.49 31.50 31.50 30.49 31.50 30.49 31.50 372.90