Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2011 (08/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 8 de marzo de 2011

Sexto.- Que, mediante Resolucion Jefatural N°1292010-SUNARP-Z.R. N° IX/JEF de fecha 16 de febrero del 2010 publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de febrero del 2010 se dispone la habilitacion de 176 Martilleros Publicos para continuar ejerciendo sus funciones a nivel nacional; Setimo.- Que, resultaba necesario asegurar la continuidad del servicio del Registro de Martilleros Publicos como registro unico a nivel nacional a cargo de la MORDAZA Registral N°IX - Sede MORDAZA, debiendo autorizarse el ejercicio de sus funciones de acuerdo a las formalidades establecidas en la Ley N°27728, Ley del Martillero Publico y su Reglamento; Octavo.- Que, en este sentido, mediante Resolucion Jefatural N°499-2010-SUNARP-Z.R.Nº IX/JEF de fecha 15 de MORDAZA del 2010, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 09 de agosto del 2010, se dispuso el nombramiento de 05 Martilleros Publicos conforme al procedimiento establecido en la Resolucion N°1364-2006SUNARP-Z.R. N°IX-JEF, que aprueba el Reglamento para la Evaluacion de Postulantes a Martilleros Publicos; Noveno.- Que, el articulo 11° del Reglamento de la Ley del Martillero Publico establece que para la habilitacion anual se debera presentar dentro de los quince (15) primeros dias habiles de cada ano (plazo que vencio el 21 de enero del 2011), la actualizacion de la garantia otorgada (1.5 de una UIT) y la relacion de los remates realizados durante el ano anterior, estableciendose que no podra ser habilitado para ejercer el cargo durante el ano en curso, el Martillero Publico que no cumpla con presentar dichos requisitos; Decimo.- Que, mediante Decreto Supremo N°2522010-EF de fecha 11 de diciembre del 2010 se aprobo el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como indice de referencia en normas tributarias, ascendiendo dicho monto en Tres Mil Seiscientos y 00/100 Nuevos Soles (S/.3,600.00), por tanto de acuerdo al requisito establecido en el considerando que antecede, la actualizacion de la garantia del Martillero Publico debe ser equivalente al monto de Cinco Mil Cuatrocientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 5,400.00); Undecimo.- Que, de los ciento setenta y seis (176) Martilleros Publicos habilitados para continuar ejerciendo sus funciones en el ambito nacional durante el periodo 2010, nueve (09) no han solicitado su habilitacion para el presente ano, siendo estos los Martilleros Publicos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro Nº44, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Orejuela con Registro Nº99, Jouliano MORDAZA MORDAZA con Registro Nº219, MORDAZA MORDAZA Vizarraga con Registro Nº222, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Eyzaguirre con Registro Nº227, Milagrito MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro Nº259, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro Nº273, Jessy Gertrudes MORDAZA MORDAZA con Registro Nº288 y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro Nº292, asimismo, tres (03) Martilleros Publicos solicitaron de forma extemporanea su habilitacion, siendo ellos, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro Nº176 solicitud presentada mediante Hoja de Tramite 2011-3731-SUNARP-Z.R.N°IX/ GBM del 24 de enero de 2011, MORDAZA Lissette MORDAZA Alcazar con Registro Nº248 quien efectuo su requerimiento con Hoja de Tramite 2011-3755-SUNARP-Z.R.N°IX/GBM de fecha 24 de enero del 2011; y MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA con Registro Nº223, quien presento su requerimiento mediante Hoja de Tramite 2011-4837-SUNARP-Z.R.N°IX/GBM el 28 de enero del 2011, los demas Martilleros Publicos solicitaron su habilitacion para el ano 2011 dentro del plazo establecido en el articulo 11° del Reglamento de la Ley del Martillero Publico; Duodecimo.- Que, es necesario precisar que el Martillero Publico MORDAZA Ugaz MORDAZA con Registro Nº173, habilitado para el ejercicio de sus funciones durante el ano 2010, solicito, mediante Hoja de Tramite 2660-2011-SUNARP-Z.R.N°IX/GBM de fecha 18 de enero del 2011, la suspension de su habilitacion anual para el periodo 2011, no obstante ello, el Reglamento de la Ley del Martillero Publico no contempla dicho supuesto, por tanto corresponderia tener por no presentada la solicitud de habilitacion para el presente ano, por parte del citado Martillero Publico; Decimo Tercero.- Asimismo, de los doce (12) Martilleros Publicos mencionados en el Vigesimo MORDAZA Considerando de la Resolucion Jefatural N°129-2010SUNARP-Z.R.N°IX/JEF, que no fueron habilitados para el ejercicio de sus funciones durante el ano 2010, al no haberlo solicitado; solo siete (07) de ellos; MORDAZA Sardon

Parnes con Registro N°101, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro N°275, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro N°277, MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro N°282, MORDAZA Yovana MORDAZA MORDAZA con Registro N°283, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro N°285 y MORDAZA Cabero MORDAZA con Registro N°291, han solicitado su habilitacion para el ano 2011 dentro del plazo establecido en el articulo 11° del Reglamento de la Ley del Martillero Publico, habiendo actualizado el valor de la garantia para el presente ano, acreditando ello con el respectivo Certificado de Deposito en el Banco de la Nacion, a excepcion del Martillero Publico MORDAZA Sardon Parnes con Registro N°101, quien mantiene la garantia hipotecaria otorgada; cinco (05) no solicitaron su habilitacion para el presente ano; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro N°55, MORDAZA MORDAZA Delzo MORDAZA con Registro N°143, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro N°149, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro N°229 y MORDAZA Ladron de MORDAZA Olarte con registro N°268; Decimo Cuarto.- Que, de los cinco (05) Martilleros Publicos nombrados a traves de la Resolucion Jefatural N°499-2010-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF de fecha 15 de MORDAZA del 2010, uno (01) no solicito su habilitacion para el presente ano, siendo el Martillero Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro N°295, mientras que los demas Martilleros Publicos solicitaron su habilitacion para el ano 2011, en el plazo senalado en el Noveno Considerando de la presente Resolucion, presentando la relacion de remates de parte de aquellos que realizaron dicha actividad durante el ano 2010, no habiendo sido necesaria la actualizacion de la garantia de S/. 5,400.00, pues la misma se mantiene desde el ano 2010; Decimo Quinto.- Que, el numeral 1 del articulo 131° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que los plazos y terminos son entendidos como maximos, se computan independiente de cualquier formalidad, y obligan por igual a la administracion y a los administrados, sin necesidad de apremio, en aquello que respectivamente les concierna, indicando ademas en el numeral 136.1 que los plazos fijados por MORDAZA expresa son improrrogables, salvo disposicion en contrario; Decimo Sexto.- Que, al articulo 11° del Reglamento de la Ley del Martillero Publico, establece como plazo para la MORDAZA de la solicitud de habilitacion, dentro de los primeros 15 dias habiles de cada ano (plazo que vencio el 21 de enero del 2011); y al ser esta una MORDAZA expresa, sin disposicion posterior que la modifique, no resultaria posible habilitar para el ejercicio de sus funciones para el presente ano a los Martilleros Publicos con registros Nº44, 99, 173, 219, 222, 227, 259, 273, 288, 292 y 295 toda vez que no solicitaron su habilitacion para el ano 2011; De conformidad con las atribuciones conferidas por el articulo 86º inciso r) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema N°139-2002-JUS, el articulo 32° inciso p) del Estatuto de la SUNARP aprobado por la Resolucion Suprema N°135-2002-JUS, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Sistema Nacional de los Registros Publicos y la Resolucion N°083-2007SUNARP/SN del 07 de marzo del 2007; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE las solicitudes de habilitacion presentadas por los Martilleros Publicos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro Nº176, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA con Registro Nº223 y MORDAZA Lissette MORDAZA Alcazar con Registro Nº248 por los fundamentos expuestos en el Noveno y Decimo MORDAZA Considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.-.Disponer la HABILITACION ANUAL para ejercer el cargo de Martillero Publico durante el ano 2011, segun se detalla a continuacion, de conformidad con los considerandos expuestos en la presente Resolucion:
Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 Reg. 07 11 14 17 23 34 43 47 Martillero Publico MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA WEINBERGER MOLLRICH, MORDAZA BALBI MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Afranio MORDAZA PITMAN, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA B. SANEZ MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

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