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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de marzo de 2011 438646 JUSTICIA Designan Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de Junín RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 048-2011-JUS Lima, 8 de marzo de 2011 VISTO, el Acta de Sesión Extraordinaria del Consejo de Defensa Jurídica del Estado de fecha 10 de enero de 2011; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1068 del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS, establece en su Tercera Disposición Complementaria Final que las Procuradurías Públicas Anticorrupción Descentralizadas continuarán ejerciendo sus funciones, pasando a formar parte de la Procuraduría Especializada en Delitos de Corrupción, teniendo los Procuradores Públicos Anticorrupción nivel de Procuradores Públicos Adjuntos; Que, mediante Resolución Suprema Nº 156-2008- JUS se designó al señor abogado Sebastián Andrés Córdova Flores como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de Junín; Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068 establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, conforme al documento de visto, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado propuso dar por concluida la designación del señor abogado Sebastián Andrés Córdova Flores como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de Junín y que se designe en su reemplazo al señor abogado Félix Antonio Cerrón Porras; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor abogado Sebastián Andrés Córdova Flores como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de Junín, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor abogado Félix Antonio Cerrón Porras como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de Junín. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 611667-7 PRODUCE Aprueban desagregación de recursos aprobados mediante D.S. Nº 031-2011- EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 077-2011-PRODUCE Lima, 2 de marzo de 2011 VISTOS: El Informe Nº 065-2011-PRODUCE/OGPP- Op de fecha 01 de marzo de 2011, del Director de la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto y el Informe Nº 030-2011-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 28449 se establecieron las nuevas reglas del Régimen de Pensiones del Decreto Ley N° 20530; Que, el literal a) del artículo 4º de la citada Ley, dispone que las pensiones percibidas por beneficiarios que hayan cumplido sesenta y cinco (65) años o más de edad y cuyo valor no exceda el importe de dos (2) Unidades Impositivas Tributarias vigentes en cada oportunidad, serán reajustadas al inicio de cada año mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y a propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, conforme a lo establecido en la Ley N° 28789, el valor anualizado de las pensiones para efecto de determinar el monto máximo mensual y del reajuste de pensiones de cesantía, invalidez y sobrevivencia del régimen de pensiones regulado por el Decreto Ley N° 20530 es de veintiocho (28) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha en que corresponda el pago de la pensión; Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2011-EF, se dispuso reajustar, a partir de enero de 2011, las pensiones percibidas por los benefi ciarios del régimen del Decreto Ley Nº 20530, que hayan cumplido sesenta y cinco (65) años o más de edad al 31 de diciembre de 2010, cuyo valor anualizado no exceda el importe de veintiocho (28) Unidades Impositivas Tributarias; establece además que el monto de reajuste ascenderá a S/. 25,00 para los pensionistas que cumplan con los referidos requisitos; precisa fi nalmente que, en ningún caso el valor anualizado de las pensiones después de efectuado el reajuste, el cual lo defi ne como la suma de las pensiones reajustadas, pensiones adicionales, gratifi caciones o aguinaldos, bonifi cación por escolaridad y cualquier otro concepto que sea puesto a disposición del pensionista en el año, podrá superar el tope de veintiocho (28) Unidades Impositivas Tributarias anuales; Que, el articulo 2° del Decreto Supremo antes citado, autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, correspondiendo al Ministerio de la Producción, la suma de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 175 800,00) en la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, conforme al anexo que forma parte del acotado dispositivo; Que, el artículo 3º de la citada norma dispuso que los Titulares de los Pliegos habilitados en la referida Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del referido dispositivo legal; Que, mediante Informe N° 065-2011-PRODUCE/ OGPP-Op de fecha 01 de marzo de 2011, el Director de la Ofi cina de Presupuesto, señala que es necesaria la incorporación de los recursos transferidos mediante Decreto Supremo N° 031-2011-EF hasta por el importe de S/. 175,800.00, el mismo que se encuentra regulado por el literal b) del numeral 39.1 del artículo 39° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;