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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2011 (09/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de marzo de 2011 438687 Alcalde proponer ante el Concejo Municipal la aprobación del Sistema Local de Gestión Ambiental y de sus instrumentos, dentro del marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; asimismo de acuerdo al inciso 34) del mismo artículo, el Alcalde puede proponer al Consejo Municipal, espacios de concertación y participación vecinal; En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972 La Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 9, el Concejo Municipal aprueba por unanimidad la siguiente Ordenanza; ORDENANZA: Artículo Primero.- APRUEBESE el Sistema Local de Gestión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, con la fi nalidad de establecer los mecanismos de coordinación necesarios que permitan defi nir las normas, lineamientos y disposiciones para articular las diversas organizaciones y acciones para el fortalecimiento de una gestión ambiental orientada hacia el desarrollo humano sostenible a fi n de mejorar la calidad de vida de la población del distrito de Santa Anita; el mismo que en Anexo 1 forma parte integrante de la presente Ordenanza, constando de 23 Artículos. Artículo Segundo.- CRÉASE la Comisión Ambiental Municipal - CAM como la instancia de gestión ambiental del distrito de Santa Anita, encargada de coordinar y concertar la política ambiental local, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los sectores público, privado y sociedad civil, cuya regulación está contenida en el Anexo 2 que forma parte integrante de la presente Ordenanza y consta de 07 artículos. Artículo Tercero.- Disponer la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano de la presente Ordenanza, de acuerdo a Ley, así como en la página web de la Municipalidad. Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia General, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Social y a la Subgerencia de Limpieza Pública, Áreas Verdes y Medio Ambiente. Regístrese, comuníquese, publíquese. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 611100-1 Crean el Sistema Municipal de Salud ORDENANZA Nº 00066 /MDSA Santa Anita, 21 de febrero de 2011 VISTO: el Informe Nº 093-2011-SGSSESRDPV- GSPDS/MDSA, por el cual se propone la creación del Sistema Municipal de Salud. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 191 de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, toda persona tiene derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad, a la salud y el bienestar; en especial en la asistencia médica, alimentación, vestido, vivienda; en tal sentido, la familia tiene el derecho a la protección de la sociedad y del Estado; derechos consagrados en los artículos 16 y 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; Que, las municipalidades, con su autonomía de decisión conferido por el Estado, representa la verdadera descentralización del país; y la política del gobierno central concuerda a través de la Ley Nº 27783 y Ley Nº 27813 Ley de Bases de la Descentralización del País y del Sistema Coordinado Descentralizado de Salud, respectivamente. Que, la Municipalidad de Santa Anita, conocedor cercano de la realidad y necesidades de su población, bosqueja los lineamientos para el desarrollo del Sistema Municipal de Salud, articulando las iniciativas privadas y públicas como agente fundamental en el cambio de hábitos y actitudes, a fi n de prevenir la salud, y no sólo esperar la curación; en tal sentido los objetivos del sistema se plantea de la siguiente manera: a) Disminuir la morbimortalidad materno-infantil; b) Aumentar la esperanza de vida de los pobladores; y, c) Procurar la participación de la comunidad en la gestión, para lograr efectos benéfi cos en salud sostenidos y sostenibles; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa de aprobación del Acta y por mayoría, aprueba la siguiente ORDENANZA: Artículo Primero.- CREAR EL SISTEMA MUNICIPAL DE SALUD en el distrito de Santa Anita. Artículo Segundo.- DISPONER que el Órgano Ejecutivo de la Municipalidad Distrital de Santa Anita proceda con la formulación de la normatividad correspondiente al Sistema Municipal de Salud. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 611106-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Establecen prórroga de diversos beneficios tributarios y regulación de disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 004-2011 y que amplía fechas de vencimiento del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2011 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006 Callao, 3 de marzo de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en sesión de fecha 3 de marzo de 2011, aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 74 y artículo 195 inciso 4 otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, señalando que pueden crear, modifi car, suprimir o exonerar arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, artículo 9 inciso 9 y artículo 40 que señalan que corresponde al Concejo Municipal, mediante Ordenanza Municipal, ejercer tal atribución; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004- EF, en el artículo 3 establece que las Municipalidades perciben ingresos tributarios por impuestos municipales, contribuciones y tasas y el artículo 15 establece que las formas de pago del Impuesto Predial son: al contado, hasta el último día hábil del mes de Febrero de cada año y, en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, en cuyo caso la primera cuota es equivalente a un cuarto del