Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2011 (09/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de marzo de 2011 438681 Presupuestal que sea necesaria, para cumplir con los requisitos que el convenio exige”; sometido a votación la presente propuesta, con el voto por UNANIMIDAD, con el trámite de dispensa y aprobación del Acta, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades -* Ley Nº 27972; ACUERDO: Artículo Primero: AUTORIZAR al Sr. Alcalde, la facultad de suscribir el Convenio Especifi co de Cooperación Financiera con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para la ejecución de Proyectos de Inversión Pública. Segundo: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Gestión Urbana y Sub Gerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico, para su oportuno cumplimiento, conforme la Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 610871-1 Incorporan Proyectos de Inversión Pública al Programa de Inversiones del año 2011 ACUERDO DE CONCEJO Nº 033-2011-MDI Independencia, 28 de febrero del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA; Visto; En Sesión de Concejo de la fecha, el Memorando Nº 185-2011-GM, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 015-2011-GPPRMDI de la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalizacion y Informe Nº 095-2011- GAL, de la Gerencia de Asesoria Legal mediante el cual solicita la Modifi cación del Programa de Inversiones 2011 y la Modifi cación del Presupuesto Institucional 2011, a fi n de otorgar el cofi nanciamiento de la suma de S/. 1,457,267.41 Nuevos Soles para la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública aprobados mediante la Resolución Ministerial Nº 049-2011-VIVIENDA; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú modifi cada por la Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización”, en su artículo 194º, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con lo establecido en los numerales 2 y 26 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, corresponde al Concejo Municipal, aprobar, monitorear y controlar el programa de inversiones, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y sus Presupuestos Participativos, y aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales; Que, por otro lado, conforme a lo señalado en el numeral 40.1 del Artículo 40º de la Ley Nº 28411 “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto”, son modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fi scal; y asimismo, el numeral siguiente prescribe que las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular; Que, en último párrafo del numeral 4.1 Formalización en el PIA de los Acuerdos y Compromisos del Ítem 4. Fase de Formalización del Capítulo II del Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 del “Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, se indica que si en la etapa de ejecución, alguno de los Proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo no puede ser ejecutado, el Presidente Regional o Alcalde dispondrá el reemplazo de dicho proyecto por otro, según la escala de prioridades establecida participativamente y el nivel de recursos disponibles para su atención, hecho que debe hacerse de conocimiento al Consejo de Coordinación correspondiente y al Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo; Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 872- 2010-MDI de fecha 22 de diciembre del 2010 se aprobó el Programa de Inversiones para el Año Fiscal 2011, el mismo que fue incorporado al Presupuesto Institucional de Apertura para el ejercicio fi scal 2011 y aprobado por Resolución de Alcaldía Nº 873-2010-MDI de fecha 22 de diciembre del 2010; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 049-2011- VIVIENDA publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 21 de febrero del 2011, se aprobó la selección de Proyectos de Inversión Pública para el año 2011 a favor de la población del distrito de Independencia, correspondiente a los componentes “La Calle de mi Barrio” y “Mejorando Mi Pueblo” del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos – (PIMBP), con código SNIP Nºs. 94344, 122208, 172912, 108229 y 131087; y que si bien es cierto se dispone que el 4% del fi nanciamiento de la inversión le corresponde a la comunidad y un 16% a la Municipalidad; hecha una evaluación social respecto a la carencia de recursos económicos de nuestros pobladores –benefi ciarios de las obras-, es que se ha realizado un Informe Técnico sobre la viabilidad de que la Municipalidad cubra ese 4% que le corresponde a la comunidad y se ejecute el Proyecto de Inversión Pública; Que, la Gerencia de Gestión Urbana, con el Informe Nº 015-2011-GGU/MDI manifi esta que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante la Resolución Ministerial Nº 049-2011-VIVIENDA aprobó a favor de la población de nuestro distrito la selección de 5 Proyectos de Inversión Pública, de los cuales 03 ellos pertenecen al Programa Mi Barrio (con códigos SNIP Nº 94344, 122208 y 172912) los que serán cofi nanciados por esta Entidad en un 20% del monto total de la inversión y 02 pertenecen al Programa Mejorando Mi Pueblo (con código SNIP Nº 131087) los que serán fi nanciados por la Entidad en un 10% del total de la Inversión, señalando que el monto del cofi nanciamiento asciende a la suma total de S/. 1´457267.41 Nuevos Soles (a nivel de perfi l); para cuyo efecto propone la modifi cación del Programa de Inversiones 2011 y que implica también de la asignación presupuestaria de los proyectos, advirtiéndose que muchos de ellos deberán postergarse su calendario de ejecución; Que, la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización en el Informe Nº 015-GPPR/MDI se pronuncia en el sentido que corresponde el Concejo Municipal aprobar: 1.) La Incorporación al Programa de Inversiones 2011, que no se encuentran consignados en la Resolución de Alcaldía Nº 872-2010-MDI, 2.) El cofi nanciamiento de parte de la Municipalidad por la suma de S/. 1´457,267.41 Nuevos Soles para la ejecución de los Proyectos con Código SNIP Nºs. 94344, 122208, 172912, 131087; 3.) Autorizar a la Alcaldía para que mediante Resolución de Alcaldía se efectúe la Modifi cación Presupuestaria correspondiente, que permita el cofi nanciamiento; 4.) Autorizar temporalmente la suspensión de la ejecución de los proyectos del Programa de Inversiones 2011 que serán afectados, asumiendo el compromiso de devolverles sus correspondientes