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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2011 (13/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de marzo de 2011 438911 Aprueban el Plan Operativo Institucional - POI 2011 del Sector Agricultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0088-2011-AG Lima, 10 de marzo de 2011 VISTO: El Ofi cio Nº 304-2011-AG-OPP/UPS de fecha 11 de febrero de 2011, del Director General de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la propuesta de Plan Operativo Institucional – POI 2011 del Sector 13: Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 71.3 del artículo 71º de la Ley Nº 28411, establece que los Planes Operativos Institucionales son un medio de articulación entre el Plan Estratégico de la Entidad y el Presupuesto Institucional, y por lo tanto constituyen instrumentos de gestión que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las metas establecidas, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica, por lo que es necesaria su aprobación; Que, mediante la Directiva Nº 006-2010-AG-DM, Directiva para la Formulación y Seguimiento del Plan Operativo Institucional en el Ministerio de Agricultura, se determina que el Plan Operativo refl eja las metas físicas y presupuestarias anuales a alcanzar y considera en su formulación los lineamientos de política agraria y los objetivos estratégicos contenidos en el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM), el Plan Multianual de Inversión Pública (PMIP), entre otros documentos de gestión concordante con el artículo 71º de la Ley Nº 28411; Que, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus funciones, propone un Plan Operativo Institucional – POI 2011 a nivel del Sector 13: Agricultura, compuesto por el Ministerio de Agricultura, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, la Autoridad Nacional del Agua - ANA, el Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, sus Órganos, Programas y Proyectos, como instrumento de gestión que contempla los objetivos de la institución y se programan las metas operativas anuales de acuerdo a los recursos fi nancieros asignados, según las prioridades institucionales que se haya establecido para el período de acuerdo a la Ley Nº 28411 Ley del Sistema Nacional de Presupuesto y Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, dada la relevancia que implica el Plan Operativo Institucional – POI 2011 como instrumento de gestión, se ha visto por conveniente proceder a su aprobación, contando con el visado del Director General de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 que aprueba la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, y el Decreto Supremo Nº 031- 2008-AG, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación del Plan Operativo Institucional – POI 2011. Aprobar el Plan Operativo Institucional – POI 2011 del Sector 13: Agricultura, compuesto por el Ministerio de Agricultura, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, la Autoridad Nacional del Agua - ANA, el Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, además de sus Órganos, Programas y Proyectos. Artículo 2º.- Publicación del POI 2011. Disponer la publicación del Plan Operativo Institucional – POI 2011 del Sector 13: Agricultura a que se refi ere el artículo anterior en el portal del Estado Peruano, http://www. peru.gob.pe/, Ministerio de Agricultura, http://www.minag. gob.pe/, Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, http://www.senasa.gob.pe/, Autoridad Nacional del Agua - ANA, http://www.ana.gob.pe/, y el Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA http://www.inia.gob.pe/. Artículo 3º.- Ejecución y seguimiento del POI 2011. Los Pliegos, Órganos, Programas y Proyectos del Sector 13: Agricultura tienen la responsabilidad de su ejecución, seguimiento y evaluación en el ámbito de su competencia con la fi nalidad de alcanzar los objetivos sectoriales. La Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura se encargará de elaborar un informe de seguimiento de los avances de la implementación del Plan Operativo Institucional del Sector 13: Agricultura, el cual será remitido a la Alta Dirección para su evaluación respectiva. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL QUEVEDO FLORES Ministro de Agricultura 613307-2 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de Viceministro de Comercio Exterior a Corea para participar en ceremonia de firma del Tratado de Libre Comercio Perú - Corea RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 060-2011-MINCETUR/DM Lima, 4 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, el 21 de marzo de 2011, se realizará la ceremonia de la fi rma del Tratado de Libre Comercio Perú – Corea, en la ciudad de Seúl, República de Corea, Acuerdo que permitirá profundizar nuestras relaciones comerciales y crear un marco legal transparente y previsible que promueva el comercio bilateral entre ambos países; Que, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo asistirá a dicho evento y llevará a cabo diversas reuniones de trabajo con autoridades coreanas, por cuya razón es necesario autorizar el viaje del señor Carlos Esteban Posada Ugaz, Viceministro de Comercio Exterior a la ciudad de Seúl, para que en representación del MINCETUR, participe en las reuniones antes mencionadas y preste apoyo técnico al Titular del Sector; Que, es conveniente encargar las funciones del Despacho Viceministerial en tanto dure la ausencia del titular; Que, la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del titular de la entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Carlos Esteban Posada Ugaz, Viceministro de Comercio Exterior, a la ciudad de Seúl, República de Corea, del 19 al 22 de marzo de 2011, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en la Ceremonia de firma del Tratado de Libre Comercio Perú – Corea, así como en las reuniones de trabajo a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.