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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2011 (13/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de marzo de 2011 438928 29151, establece que los Gobiernos Regionales, respecto de los bienes de propiedad del Estado bajo su administración, en cumplimiento de la transferencia de competencias, ejecutarán los actos previstos en el art. 35 inc. j) de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización y el art. 62 de la Ley N° 27687 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el art. 18 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S. N° 007-2008-VIVIENDA, que regula la competencia exclusiva de los gobiernos regionales, para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado dentro de su jurisdicción, incluyendo aquellos que cuenten con edificaciones, Que, según el documento del visto, el administrado JOSÉ MERCEDES SANTAMARÍA CALLACNAC, solicita la venta directa del terreno de 100.00 Has ubicado en el predio denominado ‘”RIO CANASTA”, Distrito de Olmos, Provincia y Departamento de Lambayeque, predio no inscrito en el Registro de Propiedad Inmueble, por lo que sin perjuicio de merituar en su oportunidad esta petición, es necesario iniciar el procedimiento de la inscripción de primera de dominio a nombre del Estado; Que, realizada la inspección técnica en enero del 2011, se verifi có que es un terreno eriazo con estructura de arena y arcilla, que se encuentra compactada por efecto del fenómeno y de las fuertes precipitaciones pluviales, con escasa vegetación; asimismo, en esta diligencia que el área es de 100.00 Has indicadas en los planos de ubicación- perimétrico en UTM y la memoria descriptiva presentados por el administrado, para cuyo efecto esta Sub Gerencia de Administración y Adjudicación de Terrenos del Gobierno Regional Lambayeque ha elaborado la correspondiente memoria descriptiva concordando con el Informe Catastral N° 3537-2010/Z.R. N° II -OC-CHI de la Zona Registral N° II Sede Chiclayo, ha emitida el Certifi cado de Búsqueda Catastral N° 2010-65446 de fecha 19 de julio del 2010, certifi cando que el área en consulta se visualiza en zona del distrito de Olmos y que a la fecha no se han identifi cado sobre la base Gráfi ca del Área de Catastro, antecedentes de inscripción registral, Que, el artículo 23 de la Ley N° 29151 establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y en esta jurisdicción regional al Gobierno Regional Lambayeque, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado del terreno de 100.00 hectáreas, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 38 y siguientes del Reglamento de la Ley n° 29151, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001- 2002-SBN, aprobada por resolución N° 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva N° 003-2004/ SBN, que regulan el trámite de inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Estando al Informe N° 008-2011-GR.LAMB/GRPP/ SGAAT-JLL, con las visaciones correspondientes y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 35° inc. j) de la Ley N° 27783 -Ley de Bases de Descentralización, el art. 62° de la Ley N° 27687 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Resolución Ministerial N° 429-2006-EF/10 publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 26 de julio del 2006, Resolución de Gerencia General Regional N° 094-2005-GR.LAMB/GGR, modifi cada por Resolución Gerencíal General Regional N° 096-2005-GR.LAMB/GGR y Resolución Presidencia] N° 255-2008-GR.LAMB/PR de fecha 08 de julio del 2008, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional Lambayeque del terreno eriazo “RIO CANASTA”, ubicado en la Carretera Panamericana entre los kilómetros 849 y 850, con rumbo Norte, al lado izquierdo, zona eriaza del Distrito de Olmos, Provincia y Departamento de Lambayeque, con un área de 100.00 Has, según el plano de ubicación-perimétrico de fecha 31 de enero del 2011 y memoria descriptiva de fecha 31 de enero del 2011, que sustentan la presente Resolución, y que se anexan a la presente. Artículo Segundo.- La Zona Registral N° II Sede CHICLAYO de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional Lambayeque, del terreno mencionado en el artículo precedente en el Registro de Predios de CHICLAYO. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARMELO COCI CALAMBROGIO Subgerente de Administración y Adjudicaciones de Terrenos Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial 613429-1 Disponen primera inscripción de dominio a favor del estado de terreno ubicado en el distrito de Eten, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 038-2010-GR.LAMB/GRPP-SGAAT Chiclayo, 30 de diciembre del 2010 VISTO: La solicitud de fecha 19 de noviembre del 2010 (SISGEDO Nº 1486202) formulada por el administrado Julio Manuel García Peña, solicita la venta directa del terreno de 40.7774 Has ubicado en el predio denominado “MERCEDES”, Distrito de Ciudad Eten, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; CONSIDERANDO: Que la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Que, el Gobierno Regional Lambayeque es competente para inmatricular, administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal conforme lo establecen el inc. j) del art. 35º de la Ley 27783 - Ley de Bases de Descentralización y el art. 62º de la Ley Nº 27687 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 429-2006- EF/10 publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 26 de julio del 2006, se comunicó que el 06 de marzo del 2006 el Ministerio de Economía y Finanzas con el Presidente del Gobierno Regional Lambayeque suscribieron el Acta de Entrega y Recepción, por la cual se formalizó la transferencia de competencias para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la jurisdicción de este gobierno regional, con excepción de los terrenos de propiedad municipal, en cumplimiento del inc. j) del art. 35 de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de Descentralización – Ley Nº 27783, arts. 10 y 62 de la Ley Nº 27687 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el segundo párrafo del art. 9 de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales – Ley Nº 29151, establece que los Gobiernos Regionales, respecto de los bienes de propiedad del Estado bajo su administración, en cumplimiento de la transferencia de competencias, ejecutarán los actos previstos en el art. 35 inc. j) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralización y el art. 62 de la Ley Nº 27687 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el art. 18 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA, que regula la competencia exclusiva de los gobiernos regionales, para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado dentro de su jurisdicción, incluyendo aquellos que cuenten con edifi caciones; Que, según el documento del visto, el administrado Julio Manuel García Peña, identificado con DNI Nº 16528157, solicita la venta directa del terreno de 40.7774 Has ubicado en el predio denominado