Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2011 (13/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

438927

MORDAZA del 2006, se comunico que el 06 de marzo del 2006 el Ministerio de Economia y Finanzas con el presidente del Gobierno Regional MORDAZA suscribieron el Acta de Entrega y Recepcion, por la cual se formalizo la transferencia de competencias para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la jurisdiccion de este gobierno regional, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal, en cumplimiento del inc. j) del Art. 35 de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion - Ley Nº 27783, arts. 10 y 62 de la Ley Nº 27687 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el MORDAZA parrafo del Art. 9 de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - Ley Nº 29151 establece que los Gobiernos Regionales, respecto de los bienes de propiedad del Estado bajo su administracion, en cumplimiento de la transferencia de competencias, ejecutaran los actos previstos en el Art. 35 Inc. j) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion y el Art. 62 de la Ley Nº 27687 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Art. 18 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA, que regula la competencia exclusiva de los gobiernos regionales, para incorporar, administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos; Que, segun el documento del visto, se ha observado la Resolucion de Sub Gerencia Nº 037-2010-GR.LAMB/ GRPP-SGAAT, de fecha 30 de diciembre del 2010, que dispone la inscripcion en primera de dominio de terrenos eriazos a nombre del Estado, representado por el Gobierno Regional MORDAZA, ubicados en los distritos de Lagunas, Tuman y Zana, asi como su posterior transferencia en propiedad a la Comunidad Campesina de Lagunas, bajo el regimen constitucional y legal que les corresponde a las Comunidades Campesinas y Nativas; por lo que con la finalidad de subsanar las observaciones mencionadas, se ha procedido a elaborar nueva documentacion tecnica consistente en la elaboracion de planos de ubicacionperimetricos en coordenadas UTM PSAD 56 de las Parcelas 1-A, 1-B, 02,03,04 y 05 y correspondientes memorias descriptivas, debidamente visados por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, responsable tecnico de la Sub Gerencia de Administracion y Adjudicacion de Terrenos del Gobierno Regional Lambayeque; Que, debe precisarse tambien que lo dispuesto por la Resolucion de Sub Gerencia Nº 037-2010-GR.LAMB/GRPPSGAAT, no es un procedimiento de deslinde y titulacion de Comunidades Campesinas, sino la implementacion del procedimiento de inscripcion en primera de dominio a nombre del Estado, representado por el Gobierno Regional Lambayeque; Que, con el proposito de no dilatar la inscripcion en primera de dominio de las mencionadas parcelas a nombre del Estado, representado por el Gobierno Regional MORDAZA, es necesario suspender los efectos del articulo MORDAZA de la Resolucion de Sub Gerencia Nº 037-2010-GR.LAMB/GRPP-SGAAT, que transfiere en propiedad las citadas parcelas a la Comunidad Campesina de Lagunas, en tanto previamente el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, mediante acuerdo regional, disponga la transferencia en propiedad a la Comunidad Campesina de Lagunas, en concordancia con lo previsto por el Art. 189.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Con las visaciones correspondientes y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 35º Inc. j) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion, los arts. 51 y 62 de la Ley N° 27687 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, Resolucion Ministerial Nº 429-2006-EF/10 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de MORDAZA del 2006, Resolucion de Gerencia General Regional N° 0942005-GR.LAMB/GGR, modificada por Resolucion Gerencial General Regional Nº 096-2005-GR.LAMB/GGR; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el articulo primero de la Resolucion de Sub Gerencia Nº 037-2010-GR.LAMB/ GRPP-SGAAT de fecha 30 de diciembre del 2010, que dispone la primera inscripcion de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional MORDAZA, de los terrenos o predios ubicados en MORDAZA eriaza de los distritos de LAGUNAS, ZANA y TUMAN, en el sentido, que el area total de los terrenos eriazos a inscribirse a nombre del Estado representado por el Gobierno Regional MORDAZA es 4,177.5149 Hectareas, conformado por las Parcelas 1A, 1B, 02, 03, 04 y 05, segun los planos de ubicacion perimetricos (02.FEB.2010) en coordenadas UTM PSAD 56 de las

Parcelas 1-A,1-B, 02,03,04 y 05 y memorias descriptivas debidamente visados por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, responsable tecnico de la Sub Gerencia de Administracion y Adjudicacion de Terrenos del Gobierno Regional MORDAZA, que se adjuntan a la presente resolucion manteniendo su vigencia en lo demas que contiene. Articulo Segundo.- Suspender los efectos del articulo MORDAZA de la Resolucion de Sub Gerencia Nº 037-2010GR.LAMB/GRPP-SGAAT, que transfiere en propiedad las citadas parcelas a la Comunidad Campesina de Lagunas, en concordancia con lo previsto por el Art. 189.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, en tanto previamente el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, mediante acuerdo regional, disponga la transferencia en propiedad a la referida comunidad. Articulo Tercero.- La MORDAZA Registral Nº II Sede CHICLAYO de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional MORDAZA, del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de Predios de CHICLAYO. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA COCI CALAMBROGIO Subgerente de Administracion y Adjudicaciones de Terrenos Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial

613376-1

Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el distrito de Olmos, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DE SUB GERENCIA N° 006 -2011-GR.LAMB/GRPP-SGAAT
Chiclayo, 11 de febrero del 2011 VISTO: La solicitud con SISGEDO N° 1386058 del administrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA CALLACNAC, sobre venta directa de 100.00 Has ubicadas en el predio denominado "RIO CANASTA ", Distrito de OLMOS, Provincia y Departamento de Lambayeque. CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Que, el Gobierno Regional MORDAZA es competente para inmatricular, administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion terrenos de propiedad municipal conforme lo establecen el inc. j) del art. 35° de la Ley 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion y el art. 62° de la Ley N° 27687 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, Que, mediante Resolucion Ministerial N° 429-2006EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA del 2006, se comunico que el 06 de marzo del 2006 el Ministerio de Economia y Finanzas con el Presidente del Gobierno Regional MORDAZA suscribieron el Acta de Entrega y Recepcion, por la cual se formalizo la transferencia de competencias para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la jurisdiccion de este gobierno regional, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal, en cumplimiento del inc), j del art. 35 de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion - Ley N° 27783, arts. 10º y 62º de la Ley N° 27687 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el MORDAZA parrafo del art. 9 de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - Ley N°

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