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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2011 (13/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de marzo de 2011 438917 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Rectifican numeración de la R.D. Nº 023-2011-INGEMMET/DC por la de R.D. Nº 002-2011-INGEMMET/DC RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 03-2011-INGEMMET/DC Lima, 10 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 171-2010- INGEMMET/PCD de fecha 10 de diciembre de 2010, el Presidente del Consejo Directivo del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, resuelve delegar en el Director de la Dirección de Catastro Minero la facultad de autorizar la publicación en el diario ofi cial El Peruano la relación de concesiones mineras cuyos títulos se encuentren aprobados, según lo dispuesto en los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; Que, por Resolución Directoral Nº 023-2011-INGEMMET/DC de fecha 11/02/2011 publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” en la sección Normas Legales página 436166 con fecha 15 de febrero de 2011, se dispuso la publicación de los títulos de concesión minera otorgados en el mes de enero de 2011; Que, en la resolución acotada en el párrafo anterior se incurrió en error material subsanable al consignar su numeración; dice: Resolución Directoral Nº 023-2011- INGEMMET/DC, y debe decir: Resolución Directoral Nº 002- 2011-INGEMMET/DC; Que, el inciso 1) del artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que los errores materiales o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECTIFÍQUESE la numeración de la Resolución Directoral Nº 023-2011-INGEMMET/DC de fecha 11/02/2011 publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” en la sección Normas Legales página 436166 con fecha 15 de febrero de 2011, siendo lo correcto es: Resolución Directoral Nº 002-2011-INGEMMET/DC, dejando subsistente lo demás que la contiene. Regístrese y publíquese. ELOY CÉSAR SALAZAR LOAYZA Director (e) de Catastro Minero INGEMMET 612863-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre servicios en sistemas de abastecimiento de agua potable y aguas residuales, joyería y orfebrería y acústica RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 003-2011/CNB-INDECOPI Lima, 16 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081- 2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización: a) Servicios en sistemas de abastecimiento de agua potable y aguas residuales. Criterios de calidad de servicio e indicadores de desempeño, b) Joyería y orfebrería de metales preciosos y c) Acústica y medición de ruido ambiental de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Servicios en sistemas de abastecimiento de agua potable y aguas residuales. Criterios de calidad de servicio e indicadores de desempeño, 1 PNTP, el 3 de diciembre de 2010 b) Joyería y orfebrería de metales preciosos, 1 PNTP, el 17 de noviembre de 2010 c) Acústica y medición de ruido ambiental, 1 PNTP, el 24 de noviembre de 2010. Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistema 1 o de Adopción y sometidos a Discusión Pública por un período de 30 días contados a partir del 16 de enero de 2011; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081- 2008-PCM y la Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 16 de febrero de 2011. RESUELVE Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP-ISO 24510:2011 ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LOS SERVICIOS DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO Y DE AGUA RESIDUAL. Directrices para la evaluación y la mejora del servicio a los usuarios. 1ª Edición NTP-ISO 9202:2011 JOYERÍA Y ORFEBRERÍA. Ley de las aleaciones de metales preciosos. 2ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 9202:2002