Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2011 (13/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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actuales y futuras de peruanos, perennizando su memoria disponiendose que el presente ano, dentro de la jurisdiccion regional, lleve la denominacion de "Ano del Centenario del Nacimiento de MORDAZA MORDAZA Arguedas Altamirano". Que, gobiernos regionales comoAyacucho, Huancavelica, La MORDAZA, Cuzco, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, han adoptado en sus respectivos ambitos igual denominacion para el presente ano, apelando a su autonomia y recogiendo, en un acto de justicia, el clamor de intelectuales peruanos y la sociedad civil. Que, MORDAZA, cuya poblacion constituye un MORDAZA de "todas las sangres", conformando una especial mixtura cultural donde se funde lo MORDAZA, costeno y selvatico, no puede ser ajeno a este merecido reconocimiento y acto simbolico cultural de MORDAZA trascendencia nacional. Que, en la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales ­ ANGR, realizada en la MORDAZA de MORDAZA el 26 de enero del presente ano, el planteamiento del Gobierno Regional de MORDAZA para que todas las regiones del MORDAZA tengan durante el ano 2011 como MORDAZA denominacion el nombre de "Ano del Centenario del Nacimiento de MORDAZA MORDAZA Arguedas Altamirano", fue recogido por los presidentes regionales participantes; en acuerdo que implica que los documentos oficiales que emiten los gobiernos regionales en el ano 2011, deberan colocar debajo de la denominacion para el ano en curso dispuesta por el Gobierno Nacional, la denominacion MORDAZA referida. Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA ha emitido la siguiente; SE ACUERDA: Articulo Unico.- DENOMINESE el ano 2011 en el ambito jurisdiccional del Gobierno Regional de MORDAZA, como el "Ano del Centenario del Nacimiento de MORDAZA MORDAZA Arguedas Altamirano", disponiendose que todo documento oficial emitido por las diferentes reparticiones publicas de la region MORDAZA, debera consignar debajo de la denominacion para el ano en curso dispuesta por el Gobierno Nacional, la denominacion MORDAZA referida. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

Bases de Descentralizacion y el art. 62º de la Ley Nº 27687 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 429-2006EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA del 2006, se comunico que el 06 de marzo del 2006 el Ministerio de Economia y Finanzas con el Presidente del Gobierno Regional MORDAZA suscribieron el Acta de Entrega y Recepcion, por la cual se formalizo la transferencia de competencias para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la jurisdiccion de este gobierno regional, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal, en cumplimiento del inc. j) del art. 35 de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, arts. 10 y 62 de la Ley Nº 27687 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolucion de Sub Gerencia Nº 0222010-GR.LAMB.GR.LAMB/GRPP-SGAAT de fecha 15 de setiembre del 2010, se dispuso la primera inscripcion de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional MORDAZA del terreno ubicado en MORDAZA eriaza del Distrito de Zana, Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, denominado "La Punta -Saltur", con un area de 700.070 Hectareas, segun el plano y memoria descriptiva, adjuntados de la presente resolucion; Que, segun el documento del visto, la MORDAZA Registral Nº II Sede Chiclayo, ha observado el Titulo Nº 2010-58751, referente a la inscripcion en primera de dominio del predio mencionado en el considerando precedente, por existir aspectos subsanables en el plano, memoria descriptiva y Resolucion de Sub Gerencia Nº 022-2010-GR.LAMB. GR.LAMB/GRPP-SGAAT, para tal efecto a fin de subsanar estas observaciones y lograr la inscripcion pertinente, se ha elaborado el plano de ubicacion-perimetrico de fecha 04 de enero del 2011, memoria descriptiva de fecha 04 de enero del 2011; Con las visaciones correspondientes y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 35º inc. j) de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion, el art. 62º de la Ley Nº 27687 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, Resolucion Ministerial Nº 429-2006-EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA del 2006, Resolucion de Gerencia General Regional Nº 094-2005-GR.LAMB/GGR, modificada por Resolucion Gerencial General Regional Nº 096-2005-GR.LAMB/GGR y Resolucion Presidencial Nº 255-2008-GR.LAMB/PR de fecha 08 de MORDAZA del 2008; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aclarar el articulo primero de la Resolucion de Sub Gerencia Nº 022-2010-GR.LAMB. GR.LAMB/GRPP-SGAAT de fecha 15 de setiembre del 2010, que dispone la primera inscripcion de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional MORDAZA del terreno ubicado en MORDAZA eriaza del Distrito de Zana, Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, denominado "La Punta -Saltur", con un area de 700.070 Hectareas, en el sentido que el area a inscribirse es de 651.789.391 Has , segun el plano de ubicacion-perimetrico y memoria descriptiva de fecha 04 de enero del 2011, que sustentan la presente Resolucion, teniendo las siguientes medidas perimetricas y colindancias que se detallan a continuacion: Por el lado Norte : Colinda con predio eriazo (Unidad Catastral Nº 58990, 61804, 61805, 61806, 61807, 61808,61809,61810,61811 ,61812,61813) con seis lineas quebradas, conformadas por los vertices 16 al 22, con 3,540.72 metros lineales. Colinda con predio eriazo, con cinco lineas quebradas conformada por los vertices 6, 5, 4, 3, 2 y 1 con 3,919.56 metros lineales Colinda con terreno eriazo, conformado con una linea recta, conformado por los vertices 1 ­ 22 con 981.69 metros lineales Colinda en parte con terreno eriazo de propiedad del Estado representado por el Gobierno Regional MORDAZA (Partida Registral Nº 11109256): del vertice 06 al 16 con 3,746.35 metros lineales.

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Aclaran articulo de resolucion que dispuso primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en MORDAZA eriaza del distrito de Zana, provincia de Chiclayo
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 001-2011-GR.LAMB/GRPP-SGAAT
Chiclayo, 17 de enero del 2011 VISTO: La Esquela de Observacion de fecha 13 de octubre del 2010 al Titulo Nº 58751-2010 efectuada de la MORDAZA Registral Nº II Sede Chiclayo; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Que, el Gobierno Regional MORDAZA es competente para inmatricular, administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal conforme lo establecen el inc. j) del art. 35º de la Ley 27783 - Ley de

Por el Sur

:

Por el Este

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Por el Oeste

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Articulo Segundo.- Mantener la vigencia en lo demas que contiene de la Resolucion de Sub Gerencia Nº 0222010-GR.LAMB.GR.LAMB/GRPP-SGAAT de fecha 15 de setiembre del 2010.

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