Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2011 (24/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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Aprueban nuevas versiones de los Programas de Declaracion Telematica IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621 y Otras Retenciones, Formulario Virtual N° 617, asi como modifican la Res. N° 120-2009/SUNAT que aprobo el Formulario Virtual N° 621 Simplificado IGV - Renta Mensual
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 076-2011/SUNAT MORDAZA, 23 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que el articulo 88° del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 13599-EF y normas modificatorias, faculta a la Administracion Tributaria a establecer para determinados deudores tributarios la obligacion de presentar la declaracion tributaria por medios magneticos y en las condiciones que se indique para ello; Que mediante la Resolucion de Superintendencia N° 002-2000/SUNAT y normas modificatorias, asi como la Resolucion de Superintendencia N° 143-2000/SUNAT, se aprobaron disposiciones sobre la forma y condiciones generales para la MORDAZA de declaraciones tributarias determinativas e informativas a traves de los formularios virtuales generados por los Programas de Declaracion Telematica (PDT); Que asimismo, la Resolucion de Superintendencia N° 129-2002/SUNAT y normas modificatorias, precisada por la Resolucion de Superintendencia N° 133-2002/ SUNAT, senala los sujetos obligados a presentar declaraciones determinativas utilizando los formularios virtuales generados por los PDT; Que ademas, la Resolucion de Superintendencia N° 260-2004/SUNAT y normas modificatorias aprueba normas para que los deudores tributarios presenten sus declaraciones determinativas y efectuen el pago de los tributos internos a traves de SUNAT Virtual; Que a traves de la Resolucion de Superintendencia N° 186-2008/SUNAT se aprobo la version 4.8 del PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621; Que por la Resolucion de Superintendencia N° 1202009/SUNAT y MORDAZA modificatoria se dictaron medidas para facilitar la declaracion y pago de tributos, habiendose aprobado el Formulario Virtual N° 621 Simplificado IGV - Renta Mensual, que puede ser utilizado por los sujetos senalados en dicha MORDAZA, de manera opcional, para efectuar la declaracion y pago del Impuesto General a las Ventas (IGV), entre otros conceptos; Que posteriormente, el articulo 1° de la Ley N° 29666 dispone la restitucion de la tasa de 16% del IGV a partir del 1 de marzo del 2011, siendo necesario aprobar una nueva version del PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621 que considere la indicada tasa; Que adicionalmente, teniendo en cuenta que el Formulario Virtual N° 621 Simplificado IGV - Renta Mensual se desarrollo con el objetivo de proporcionar una herramienta sencilla que facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, se ha estimado conveniente que dicho formulario mantenga como unica referencia la tasa del IGV vigente, no pudiendo ser utilizado por contribuyentes que -por el periodo a declarar- necesiten consignar informacion sobre adquisiciones efectuadas bajo la tasa anterior; Que mediante la Resolucion de Superintendencia N° 012-2011/SUNAT se aprobo la version 1.9 del PDT Otras Retenciones, Formulario Virtual N° 617, respectivamente; Que de otro lado, la Ley N° 29645 modifica el TUO de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR), aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF y normas modificatorias; Que entre las modificaciones dispuestas por la ley citada en el considerando anterior se encuentra la variacion para determinados supuestos, de las tasas a

aplicar a los intereses que reciben las personas naturales o juridicas no domiciliadas, a 4.99%; Que no obstante que la version 1.9 del PDT Otras Retenciones, Formulario Virtual N° 617, permite efectuar la declaracion y pago correspondiente al Impuesto a la Renta considerando la variacion de tasa MORDAZA descrita, se ha desarrollado una nueva version para efecto de optimizar el mismo; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y MORDAZA modificatoria, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello seria innecesario, en la medida que su finalidad es adecuar el PDT IGV - Renta mensual, Formulario Virtual N° 621 a lo dispuesto en la Ley N° 29666, senalar un supuesto en el que no se podra emplear el Formulario Virtual N° 621 Simplificado IGV - Renta Mensual cuyo uso es opcional y optimizar un PDT ya vigente en el caso del PDT Otras Retenciones, Formulario Virtual N° 617; De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 88° del TUO del Codigo Tributario y en uso de las facultades conferidas por el articulo 11° del Decreto Legislativo N° 501 y normas modificatorias, y el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.APROBACION VERSIONES DE LOS PDT DE NUEVAS

1.1 Apruebase el PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621 - version 4.9. 1.2 Apruebase el PDT Otras Retenciones, Formulario Virtual N° 617 - version 2.0. Articulo 2°.- OBTENCION DE LAS NUEVAS VERSIONES DE LOS PDT Las nuevas versiones de los PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621 y Otras Retenciones, Formulario Virtual N° 617 aprobadas por la presente resolucion, estaran a disposicion de los interesados a partir del 25 de marzo de 2011 en el MORDAZA de la SUNAT en la Internet, cuya direccion es http://www.sunat.gob.pe. La SUNAT, a traves de sus dependencias, facilitara la obtencion de las nuevas versiones de los mencionados PDT a los deudores tributarios que no tuvieran acceso a Internet. Articulo 3°.- USO DE LAS NUEVAS VERSIONES DE LOS PDT 3.1 El PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621 - version 4.9 podra ser utilizado a partir del 30 de marzo de 2011 independientemente del periodo al que correspondan las declaraciones, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias. Por periodos tributarios anteriores a marzo de 2011 se podra hacer uso del PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621 - version 4.8 hasta el 31 de marzo de 2011, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias. A partir del 1 de MORDAZA de 2011 el uso de la nueva version del PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621 es obligatorio en todos los casos. 3.2 El PDT Otras Retenciones, Formulario Virtual N° 617 - version 2.0. podra ser empleado a partir del 30 de marzo de 2011, para: a) Declarar las obligaciones que se hubieren generado o se generen por conceptos distintos a los senalados en el articulo 3° de la Resolucion de Superintendencia N° 012-2011/SUNAT correspondientes a los periodos enero 2011 y siguientes, asi como, para rectificar dichas declaraciones. b) En el caso de quienes se encuentren omisos por periodos anteriores a enero de 2011, declarar las obligaciones que se hubieren generado por todos los

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