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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de marzo de 2011 439549 Aprueban nuevas versiones de los Programas de Declaración Telemática IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621 y Otras Retenciones, Formulario Virtual N° 617, así como modifican la Res. N° 120-2009/SUNAT que aprobó el Formulario Virtual N° 621 Simplificado IGV - Renta Mensual RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 076-2011/SUNAT Lima, 23 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que el artículo 88° del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135- 99-EF y normas modifi catorias, faculta a la Administración Tributaria a establecer para determinados deudores tributarios la obligación de presentar la declaración tributaria por medios magnéticos y en las condiciones que se indique para ello; Que mediante la Resolución de Superintendencia N° 002-2000/SUNAT y normas modifi catorias, así como la Resolución de Superintendencia N° 143-2000/SUNAT, se aprobaron disposiciones sobre la forma y condiciones generales para la presentación de declaraciones tributarias determinativas e informativas a través de los formularios virtuales generados por los Programas de Declaración Telemática (PDT); Que asimismo, la Resolución de Superintendencia N° 129-2002/SUNAT y normas modifi catorias, precisada por la Resolución de Superintendencia N° 133-2002/ SUNAT, señala los sujetos obligados a presentar declaraciones determinativas utilizando los formularios virtuales generados por los PDT; Que además, la Resolución de Superintendencia N° 260-2004/SUNAT y normas modifi catorias aprueba normas para que los deudores tributarios presenten sus declaraciones determinativas y efectúen el pago de los tributos internos a través de SUNAT Virtual; Que a través de la Resolución de Superintendencia N° 186-2008/SUNAT se aprobó la versión 4.8 del PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621; Que por la Resolución de Superintendencia N° 120- 2009/SUNAT y norma modifi catoria se dictaron medidas para facilitar la declaración y pago de tributos, habiéndose aprobado el Formulario Virtual N° 621 Simplifi cado IGV - Renta Mensual, que puede ser utilizado por los sujetos señalados en dicha norma, de manera opcional, para efectuar la declaración y pago del Impuesto General a las Ventas (IGV), entre otros conceptos; Que posteriormente, el artículo 1° de la Ley N° 29666 dispone la restitución de la tasa de 16% del IGV a partir del 1 de marzo del 2011, siendo necesario aprobar una nueva versión del PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621 que considere la indicada tasa; Que adicionalmente, teniendo en cuenta que el Formulario Virtual N° 621 Simplifi cado IGV - Renta Mensual se desarrolló con el objetivo de proporcionar una herramienta sencilla que facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, se ha estimado conveniente que dicho formulario mantenga como única referencia la tasa del IGV vigente, no pudiendo ser utilizado por contribuyentes que -por el periodo a declarar- necesiten consignar información sobre adquisiciones efectuadas bajo la tasa anterior; Que mediante la Resolución de Superintendencia N° 012-2011/SUNAT se aprobó la versión 1.9 del PDT Otras Retenciones, Formulario Virtual N° 617, respectivamente; Que de otro lado, la Ley N° 29645 modifi ca el TUO de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR), aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF y normas modifi catorias; Que entre las modifi caciones dispuestas por la ley citada en el considerando anterior se encuentra la variación para determinados supuestos, de las tasas a aplicar a los intereses que reciben las personas naturales o jurídicas no domiciliadas, a 4.99%; Que no obstante que la versión 1.9 del PDT Otras Retenciones, Formulario Virtual N° 617, permite efectuar la declaración y pago correspondiente al Impuesto a la Renta considerando la variación de tasa antes descrita, se ha desarrollado una nueva versión para efecto de optimizar el mismo; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y norma modifi catoria, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello sería innecesario, en la medida que su fi nalidad es adecuar el PDT IGV - Renta mensual, Formulario Virtual N° 621 a lo dispuesto en la Ley N° 29666, señalar un supuesto en el que no se podrá emplear el Formulario Virtual N° 621 Simplifi cado IGV - Renta Mensual cuyo uso es opcional y optimizar un PDT ya vigente en el caso del PDT Otras Retenciones, Formulario Virtual N° 617; De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 88° del TUO del Código Tributario y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11° del Decreto Legislativo N° 501 y normas modifi catorias, y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- APROBACIÓN DE NUEVAS VERSIONES DE LOS PDT 1.1 Apruébase el PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621 - versión 4.9. 1.2 Apruébase el PDT Otras Retenciones, Formulario Virtual N° 617 - versión 2.0. Artículo 2°.- OBTENCIÓN DE LAS NUEVAS VERSIONES DE LOS PDT Las nuevas versiones de los PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621 y Otras Retenciones, Formulario Virtual N° 617 aprobadas por la presente resolución, estarán a disposición de los interesados a partir del 25 de marzo de 2011 en el portal de la SUNAT en la Internet, cuya dirección es http://www.sunat.gob.pe. La SUNAT, a través de sus dependencias, facilitará la obtención de las nuevas versiones de los mencionados PDT a los deudores tributarios que no tuvieran acceso a Internet. Artículo 3°.- USO DE LAS NUEVAS VERSIONES DE LOS PDT 3.1 El PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621 - versión 4.9 podrá ser utilizado a partir del 30 de marzo de 2011 independientemente del periodo al que correspondan las declaraciones, incluso si se trata de declaraciones rectifi catorias. Por periodos tributarios anteriores a marzo de 2011 se podrá hacer uso del PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621 - versión 4.8 hasta el 31 de marzo de 2011, incluso si se trata de declaraciones rectifi catorias. A partir del 1 de abril de 2011 el uso de la nueva versión del PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621 es obligatorio en todos los casos. 3.2 El PDT Otras Retenciones, Formulario Virtual N° 617 - versión 2.0. podrá ser empleado a partir del 30 de marzo de 2011, para: a) Declarar las obligaciones que se hubieren generado o se generen por conceptos distintos a los señalados en el artículo 3° de la Resolución de Superintendencia N° 012-2011/SUNAT correspondientes a los períodos enero 2011 y siguientes, así como, para rectifi car dichas declaraciones. b) En el caso de quienes se encuentren omisos por periodos anteriores a enero de 2011, declarar las obligaciones que se hubieren generado por todos los