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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2011 (12/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de mayo de 2011 442355 en procesos de selección y contratar con el Estado, por la comisión de la infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, en concordancia con el literal i) del numeral 1 del artículo 237 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo ʋ 184- 2008-EF, la cual entrará en vigencia a partir del sexto de día de notifi cada la presente Resolución 2. Poner la presente Resolución en conocimiento de la Subdirección del Registro Nacional de Proveedores del Organismo Superior de Contrataciones del Estado (OSCE), para las anotaciones de Ley. 3. Comunicar a la Presidencia del Organismo Superior de Contrataciones del Estado (OSCE) los hechos expuestos, a fi n que en uso de sus atribuciones adopte las medidas pertinentes. 4. Poner la presente Resolución en conocimiento del Ministerio Público, a efectos de que se formalice las acciones legales que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. NAVAS RONDÓN RAMÍREZ MAYNETTO BASULTO LIEWALD 638884-1 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Aprueban Actualización del Plan Maestro, período 2011 - 2016, del Parque Nacional Cordillera Azul RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL NO 064-2011-SERNANP Lima, 14 de abril de 2011 VISTO: El Informe N° 082-2011-SERNANP/DDE-DGANP de fecha 31 de marzo del 2011, mediante el cual la Dirección de Desarrollo Estratégico y la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, dan su conformidad a la propuesta de actualización Plan Maestro, período 2011 – 2016, del Parque Nacional Cordillera Azul. CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, el mismo que se constituye en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, y en su autoridad técnico-normativa; Que, de conformidad con el inciso g) del artículo 8º de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP, aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas; Que, el artículo 18° de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planifi cación de carácter general y específi co, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro del área; Que, el artículo 20º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que la Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de planifi cación de más alto nivel que cuenta cada Área Natural Protegida, y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos, y revisado cada cinco (5) años; Que, el numeral 1.3 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM, establece que el proceso de elaboración y revisión de los Planes Maestros se desarrolla mediante un proceso participativo, en el cual las personas naturales y jurídicas, individual o colectivamente, tienen el derecho y la oportunidad de manifestar sus intereses, demandas u opiniones, dentro del marco legal, no pudiendo ser excluido ningún actor que manifi este formalmente su interés en participar en el mencionado proceso. De igual forma, el numeral 1.5 señala que el proceso de elaboración de los Planes Maestros y en particular su zonifi cación, debe obligatoriamente considerar que el establecimiento de las Áreas Naturales Protegidas no tiene efectos retroactivos ni afecta los derechos adquiridos con anterioridad a la creación de las mismas; Que, asimismo, la Cuarta Disposición Transitoria, Complementaria y Final del Decreto Supremo N° 003- 2011-MINAM, señala que el ejercicio de los derechos de aquellos titulares que puedan acreditar su prelación a la aprobación del Plan Maestro, serán respetados y deberán ser ejercidos en armonía con los objetivos y fi nes para los cuales el Área Natural Protegida ha sido creada, la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 038- 2001-AG, el Decreto Legislativo N° 1079 y demás normas complementarias; Que, mediante Decreto Supremo N° 031-2001-AG, de fecha 22 de mayo del 2001, se establece el Parque Nacional Cordillera Azul, sobre una superfi cie de un millón trescientas cincuenta y tres mil ciento noventa y 85/100 hectáreas ( 1 353 190,85 ha), ubicado en las provincias de Bellavista, Picota y San Martín del departamento de San Martín; la provincia de Ucayali del departamento de Loreto; la provincia del Padre Abad, en el departamento de Ucayali y la provincia de Leoncio Prado en el departamento de Huánuco; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 024- 2008-INRENA-IANP, de fecha 21 de mayo de 2008, se aprueban los Términos de Referencia para el proceso de elaboración del Plan Maestro del Parque Nacional Cordillera Azul; Que, según se concluye en el documento del visto, la propuesta de Actualización del Plan Maestro, período 2011-2016, del Parque Nacional Cordillera Azul, ha sido elaborada de acuerdo a lo establecido en la Ley de Áreas Naturales Protegidas, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2001-AG, la Guía Metodológica para la elaboración de Planes Maestros de la Áreas Naturales Protegidas, aprobada mediante Resolución de Intendencia N° 029-2005-INRENA-IANP, y en los Términos de Referencia aprobados por Resolución de Intendencia Nº 024-2008-INRENA-IANP; Con las visaciones de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Dirección de Desarrollo Estratégico, y de la Secretaría General, y; De conformidad con las atribuciones conferidas en el inciso m) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Actualización del Plan Maestro, período 2011-2016, del Parque Nacional Cordillera Azul, como documento de planifi cación de más alto nivel del Parque Nacional Cordillera Azul, cuyo texto consta en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Establecer la nueva delimitación de la Zona de Amortiguamiento, contenida en la Actualización del Plan Maestro, en la memoria descriptiva y en el mapa base, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. La versión oficial digital de los límites de la Zona de Amortiguamiento se encuentra en el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, y constituye en lo sucesivo el documento oficial al que deberá recurrirse en materia de ordenamiento territorial.