Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2011 (12/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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concluido que no existe referencia o indicacion alguna de haberse detectado o recibido denuncias por falsificacion de firmas en las actas electorales. 21. En consecuencia, por los fundamentos expuestos el recurso de apelacion debe ser desestimado. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico Gana Peru, y CONFIRMAR la Resolucion Nº 00001-2011-JEE-BAGUA/JNE, de fecha 20 de MORDAZA de 2011, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Bagua, que declaro improcedente la solicitud de nulidad de las elecciones realizadas en la provincia de Condorcanqui y en el distrito de Imaza (provincia de Bagua), en el departamento de Amazonas, en el MORDAZA de las Elecciones Generales del ano 2011. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito judicial de Amazonas, a efectos de que deriven los mismos al fiscal penal de turno que corresponda, para que se pronuncie de acuerdo con sus atribuciones respecto a lo senalado en el fundamento 19. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

determinar las fechas limites a tener en cuenta en el MORDAZA de Elecciones Municipales de este ano, para conocimiento de las organizaciones politicas, organismos del Estado y ciudadania en general. 4. Asimismo, es necesario regular otros aspectos, como el abordado en el articulo 18 de la Ley Nº 28094 que dispone que la renuncia de un afiliado, para postular por otra organizacion politica, debe ser presentada al partido politico, como MORDAZA, con cinco meses de anticipacion a la fecha del cierre de las inscripciones de candidatos, e indica los medios por los que puede ser remitida; asi, dispone tambien que una MORDAZA de la carta de renuncia debe ser presentada al Registro de Organizaciones Politicas (en adelante, ROP); temas sobre los cuales corresponde hacer precisiones oportunas para su aplicacion en el MORDAZA electoral. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR el cronograma electoral para el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2011 a desarrollarse en los distritos de MORDAZA (Churcampa, Huancavelica), Yacus (Huanuco, Huanuco), Constitucion (Oxapampa, Pasco) y Samugari (La Mar, Ayacucho), cuyo acto eleccionario sera el MORDAZA 20 de noviembre de 2011:

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Aprueban cronograma electoral para el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2011 a desarrollarse en diversos distritos de Huancavelica, MORDAZA, Pasco y MORDAZA
RESOLUCION Nº 0371-2011-JNE
MORDAZA, once de MORDAZA de dos mil once CONSIDERANDOS 1. Mediante Decreto Supremo Nº 024-2011-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el sabado 19 de marzo de 2011, se convoco a Elecciones Municipales para el MORDAZA 20 de noviembre de 2011, en los distritos de MORDAZA (Churcampa, Huancavelica), Yacus (Huanuco, Huanuco), Constitucion (Oxapampa, Pasco) y Samugari (La Mar, Ayacucho), que por su reciente creacion no participaron en las Elecciones Municipales del ano 2010. 2. Los organismos que integran el Sistema Electoral tienen por funciones basicas el planeamiento, la organizacion y la ejecucion de los procesos electorales, asi como la elaboracion y custodia de los elementos necesarios para ese fin, como son el padron electoral y el registro de organizaciones politicas. Asi tambien, entre las funciones del MORDAZA Nacional de Elecciones esta la de velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral, segun los articulos 176 y 178 de la Constitucion Politica del Peru. 3. En ese sentido, en atencion a que los plazos contenidos en el cronograma electoral se encuentran establecidos por las Leyes 26859, Ley Organica de Elecciones; 26864, Ley de Elecciones Municipales; 28094, Ley de Partidos Politicos, y demas normas complementarias; es preciso

Del 24 de MORDAZA al 1 de agosto de 2011 Fecha limite para la renuncia de afili- 20 de junio de 2011 ados a organizaciones politicas para poder ser candidatos por otra organizacion politica. Fecha limite para la MORDAZA al 30 de junio de 2011 ROP de MORDAZA de la carta de renuncia de afiliados con el sello de recepcion de la organizacion politica, o el medio que permita comprobar su acuse de recibo de manera indubitable. Cierre del padron electoral. 23 de MORDAZA de 2011 Fecha limite para la MORDAZA de 22 de agosto de 2011 solicitudes de inscripcion de listas de candidatos. Cierre del ROP. 22 de agosto de 2011 Fecha limite para la aprobacion del pa- 1 de septiembre de 2011 dron electoral. Fecha limite para renuncia de funciona- 21 de septiembre de 2011 MORDAZA que integren listas de candidatos. Fecha limite para conceder licencia a 21 de octubre de 2011 trabajadores y funcionarios de los Poderes Publicos que integren listas de candidatos.
Articulo Segundo.- ESTABLECER las siguientes reglas sobre la MORDAZA de renuncias de afiliados de organizaciones politicas que pretendan participar como candidatos en las Elecciones Municipales del ano 2011: 1. La renuncia, conforme al articulo 18 de la Ley de Partidos Politicos, debe reunir las siguientes condiciones: i. Se presenta ante la organizacion politica en forma personal u otro medio. ii. Debe contar con el sello de la organizacion politica o cualquier elemento que permita comprobar su acuse de recibo y la fecha de este. iii. Debe consignarse el nombre de la persona que recibe la carta de renuncia. 2. La renuncia surtira efecto desde el momento de su MORDAZA ante la organizacion politica y no requiere su aceptacion. 3. A efectos de la inscripcion de candidatos en el MORDAZA electoral, es necesario que la MORDAZA de la carta de renuncia, que reuna las condiciones senaladas en el punto 1 del presente articulo se remita al ROP para su registro. La MORDAZA de dicha MORDAZA puede ser en forma personal en la mesa de partes del MORDAZA Nacional de Elecciones, Jurados Electorales Especiales o unidades regionales de

Elecciones internas de candidatos.

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