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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2011 (19/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 97

NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, jueves 19 de mayo de 2011 442817 AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA R. Leg. N° 29686.- Resolución Legislativa que aprueba el Acuerdo por Intercambio de notas de contenido idéntico entre la República del Perú y la República del Ecuador sobre Límites Marítimos, de 2 de mayo de 2011 442818 Ley N° 29687.- Ley que adecua la Ley 28621, Ley de Líneas de Base del Dominio Marítimo del Perú 442818 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. N° 129-2011-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Transportes y Comunicaciones a Ecuador y encargan los Despachos de Comercio Exterior y Turismo y de Transportes y Comunicaciones a la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 442823 R.S. N° 130-2011-PCM.- Autorizan viaje de Redactor y Reportero Gráfi co de Editora Perú S.A. a Ecuador para cubrir incidencias informativas de la visita ofi cial que efectuará el Presidente de la República a la ciudad de Quito 442823 Sumario Año XXVIII - Nº 11405 EDICIÓN EXTRAORDINARIA FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL