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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2011 (19/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 95

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de mayo de 2011 442815 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS Y DEROGATORIAS Primera.- Deróguese la Ordenanza Nº 270-MM, así como cualquier otra norma municipal que se oponga a lo establecido en la presente Ordenanza. segunda.- Modifíquese el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Mirafl ores aprobado por la Ordenanza Nº 148-MM, modifi cado por la Ordenanza Nº 238-MM y la Ordenanza Nº 258-MM; y adiciónese las infracciones codifi cadas del 02-136 al 02- 155 conforme se detalla en el artículo 16 de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 641593-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS FE DE ERRATAS ANEXO - DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2011-MDSL Fe de Erratas del Anexo Nº 01 del Decreto de Alcaldía Nº 005-2011-MDSL, publicado en nuestra edición del día 12 de mayo de 2011. En la página 442382, en el Cuadro del Cronograma de Actividades, en la columna FECHA, correspondiente al 1º Taller Distrital: Diagnóstico e Identifi cación de Problemas; DICE: 5 mayo DEBE DECIR: 25 mayo 642188-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS Aprueban Reglamento que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados - Año Fiscal 2012 y su Cronograma ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2011-MPY Yauyos, 13 de mayo de 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal del 12 de Mayo del presente, con aprobación de dispensa del trámite de comisiones; y, CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680 y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, las municipalidades provinciales y distritales, son órganos de gobierno local que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su Artículo 20º sobre los Presupuestos Institucionales, dispone que los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales se sustentan y rigen por Presupuestos Participativos Anuales como instrumentos de administración y gestión; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su Artículo 9º, señala como atribución del Concejo Municipal, aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertado y el Presupuesto Participativo; Que, de conformidad con los Artículos 98º y 100º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo de Coordinación Local Provincial, es un órgano que tiene como principal función la de coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Provincial y el Presupuesto Participativo; Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo Nº 53º de la Ley Nº 27972, las Municipalidades se rigen por sus Presupuestos Participativos Anuales como instrumento de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de Presupuesto Público y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertado de su jurisdicción; Que, mediante la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, y sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, el Decreto Supremo Nº 142- 2009- EF, se establecen las disposiciones y lineamientos que permiten asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso del Presupuesto Participativo, el cual se desarrolla en armonía con el Plan de Desarrollo Concertado; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados“, como instrumento orientador a fi n de que los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales desarrollen articuladamente los Procesos de Planeamiento del Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo con un horizonte de mediano plazo; Que, es facultad del Gobierno Local, conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades 27972, Título V, Capítulo I, artículo 73, Inciso 5 en materia de participación vecinal y 6, en materia de servicios sociales locales difundir y promover los derechos de la mujer propiciando espacios para su participación e incorporando la equidad de género; Que, estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas en el Artículo 9º numeral 8 y los Artículos 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el pleno del Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprobó lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO Y CRONOGRAMA PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2012 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados - Año Fiscal 2012, que consta de 56 artículos y el Anexo 01 (cuadro que establece el cronograma de actividades a desarrollar para el proceso del Presupuesto participativo 2012) que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- CONVOCAR Y DAR INICIO al Proceso del Presupuesto Participativo del Distrito y Provincia de Yauyos para el Año Fiscal 2012. Artículo Tercero.- FACULTESE, al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Yauyos, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para la aplicación de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPÓNGASE, que los asuntos no contemplados en la presente Ordenanza sean resueltos por el Alcalde Municipal, en coordinación con la Gerencia Municipal.