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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2011 (19/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 83

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de mayo de 2011 442803 ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN EL DISTRITO DE COMAS: Artículo Primero.- APROBAR, el “REGLAMENTO QUE REGULA EL PROCESO PARA EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN EL DISTRITO DE COMAS, el mismo que consta de Treinta y Cinco (35) Artículos y Cuatro (04) Disposiciones Complementarias y Transitorias, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DECLARAR, como atención prioritaria los requerimientos materiales, logísticos y humanos necesarios para la implementación de los Procesos de Programación Participativa del Presupuesto en el distrito de Comas. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas, y Gerencia de Participación Vecinal el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPENSAR, trámite de lectura y aprobación del Acta, para que la presente Ordenanza se publique de inmediato. Artículo Quinto.- DISPONER, que la Sub Gerencia de Informática y Estadística, publique en la página web de la Municipalidad Distrital de Comas, la Ordenanza y el Reglamento que regula el Proceso para el Presupuesto Participativo en el Distrito de Comas. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los trece días del mes de mayo del año dos mil once. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde REGLAMENTO PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN EL DISTRITO DE COMAS TÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- OBJETO El presente Reglamento constituye el Marco Normativo que regula el proceso de programación, participación, concertación, formulación, aprobación y vigilancia de los Presupuestos Participativos en el distrito de Comas, en el marco de la implementación del Sistema de Gestión Descentralizada y Participativa, al amparo de las normas legales vigentes. Artículo 2º.- FINALIDAD El proceso de programación, participación, concertación, formulación, aprobación y vigilancia del Presupuesto Participativo del distrito de Comas, tiene por fi nalidad lo siguiente: a) Identifi car las aspiraciones, necesidades e iniciativas de proyectos de la sociedad civil, para considerarlos en los presupuestos participativos; asimismo, mejorar la calidad del gasto público y garantizar un adecuado Control Social de la Gestión Pública. b) Orientar el proceso del Presupuesto Participativo por resultados, a fi n de que los Proyectos de Inversión estén articulados a productos y resultados específi cos que la población necesite. c) Establecer un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos; fortaleciendo las relaciones Estado – Sociedad Civil. d) Emitir normas que permitan la efectiva participación de la Sociedad Civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el cual se desarrollará en armonía con el Plan de Desarrollo Concertado del Distrito. e) Promover la participación democrática de hombres y mujeres en la formulación, implementación y evaluación del Presupuesto Municipal, priorizando la implementación de iniciativas concertadas por cada una de las líneas estratégicas del Plan de Desarrollo Concertado del Distrito (PDC). f) Fortalecer la gobernabilidad, a través del involucramiento de la población en la gestión, asumiendo compromisos y responsabilidades compartidas entre el Estado y sociedad civil. Artículo 3º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN La aplicación del presente Reglamento comprende el ámbito geográfi co distrital del Municipio de Comas. Artículo 4º.- PRINCIPIOS Los principios, rectores del Presupuesto Participativo, establecidos en la Ley Nº 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modifi catoria son: 1. Participación.- El Gobierno Local promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su Presupuesto, en concordancia con sus Planes de Desarrollo Concertados; así, como, en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos. 2. Transparencia.- El Presupuesto del Gobierno Local es objeto de difusión por los medios posibles de información, a fi n de que la población pueda tener conocimiento de ello. 3. Igualdad.- Las organizaciones de la sociedad tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, género, generacional o de otra naturaleza, en los procesos de Planifi cación y Presupuesto Participativo. 4. Tolerancia.- Es la garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la sociedad como un elemento esencial para la construcción de consensos. 5. Efi cacia y Efi ciencia.- El gobierno local organiza su gestión en torno a objetivos y metas establecidas en los Planes Concertados y Presupuestos Participativos, desarrollando estrategias para la consecución de los objetivos trazados y con una optima utilización de los recursos. La medición de los logros se basa en indicadores de impacto, de resultados y de productos, normados por las instancias correspondientes. 6. Equidad.- Las consideraciones de equidad social, equidad de genero y generacional son un componente consecutivo y orientador de la gestión local, sin discriminación, igual acceso a las oportunidades e inclusión de grupos vulnerables y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial. 7. Competitividad.- El gobierno local tiene como objetivo la gestión estratégica de la competitividad. Para ello promueven la producción y su articulación a los ejes de desarrollo o corredores económicos, así como la ampliación de mercados internos y externos, en un entorno de innovación, de calidad, de alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado. 8. Corresponsabilidad.- Entre el gobierno local y la sociedad civil, en la identificación de oportunidades, solución de los problemas de la comunidad; ambos relacionados a la priorización de proyectos de desarrollo, respetando los contenidos y alcances de los PDC y demás planes existentes. 9. Solidaridad.- La disposición de todo agente participante para asumir los problemas de otros como propios, sin intereses particulares. 10. Respeto de los Acuerdos.- La participación de la sociedad civil en los Presupuestos de los gobiernos locales se fundamenta en el compromiso de cumplimiento de los acuerdos o compromisos concertados. 11. Sostenibilidad y Multianualidad.- La priorización de los proyectos de inversión debe tomar en cuenta la efectiva disponibilidad de recursos y la sostenibilidad de la inversión y su mantenimiento al servicio de la comunidad. 12. Flexibilidad.- El proceso debe tener la capacidad de adaptarse a las situaciones coyunturales a fi n de atenderlas de manera oportuna, en función de los servicios hacia la comunidad. 13. Territorio.- En la realización del proceso participativo debemos considerar las capacidades y características del territorio, entendiendo éste como un espacio donde confl uyen diferentes dinámicas económicas y sociales, a través de la coordinación intersectorial.